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El comercio y su relación con el derecho mercantil

Enviado por   •  24 de Octubre de 2018  •  2.125 Palabras (9 Páginas)  •  484 Visitas

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Dicho de otro modo, un contrato es pura y simplemente un acuerdo de voluntades entre dos partes sobre una materia determinada, como cuando dos niños juegan y acuerdan reglas, cierran las mismas con un apretón de manos y la frase trato hecho.

Un contrato genera obligaciones para quien lo contrae. Esta naturaleza del contrato es fundamental, ya que, si no pudiera exigirse lo pactado, perdería toda validez.

SI no hay acuerdo, no hay contrato

¿Cuál es el efecto de un contrato? Se transforma en una ley para los contratantes y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo (las cosas se deshacen de la misma forma en que se hacen) o por sus causas legales. Una vez celebrado, entonces, las partes no pueden desentenderse de sus efectos, salvo que acuerden en forma expresa o bien, que concurra alguna causa legal de terminación.

- Elementos generales que deben estar presentes en un contrato

Si bien cada contrato tendrá sus propias y especiales características, requisitos y formalidades, lo cierto es que los elementos que deben estas presentes en todos ellos son dos:

1.- Que exista un acuerdo de voluntades entre dos o más partes[pic 2][pic 3]

[pic 4][pic 5]

Para firmar un contrato es importante que la persona sea:

- Legalmente capaz

- Que consienta en dicho acto o declaración y su consentimiento no adolezca de vicios

- Que recaiga sobre un objeto licito

- Que tenga una causa licita

Sobre la capacidad: En cuanto a la capacidad para celebrar el acto o contrato, podemos señalar que toda persona mayor de edad es capaz y pueden realizar todos los actos y contratos, salvo aquellas que la ley los declara incapaces.

Sobre el consentimiento: En cuanto al consentimiento, podemos indicar que esta es la voluntad de las partes, expresada libre y conscientemente, y cuya formación se compone de dos etapas: una oferta y una aceptación. Si la parte no actuó libremente (la obligación) o fue engañada o compro en un supuesto erróneo, el acto contrato adolece de un vicio de nulidad. Un ejemplo de cómo se formó el consentimiento, donde una parte hace una oferta y otra lo acepta se puede observar en este video, donde existe una oferta, existe una aceptación, se formaliza el contrato y ante la falla de cumplimiento por el vendedor, se puede exigir su cumplimiento.

Sobre el objeto: Respecto al objeto, consiste en aquello que debe darse, hacerse o no hacerse y que, por lo mismo, puede decir relación con una cosa o un hecho. Si es una cosa, comerciable, determinada o determinable y licito; y si es un hecho debe ser determinado o determinable y física y moralmente posible.

2.- Que tenga por objeto o finalidad crear una obligación

Que una parte se obligue para con otra a dar (dice relación con una cosa), hacer (dice relación con una prestación) o no hacer algo (una abstención).

Para eso es relevante que las condiciones, las obligaciones y derechos de las partes se consignen en forma clara y precisa en los contratos que se suscriban, Es evidente que en el proceso de redacción de un contrato pueden producirse deficiencias o diferencias que perjudiquen una de las partes y de allí la importancia de que se pueda determinar realmente la intención que tuvieron para contratar, donde es fundamental la buena fe de las partes.

- Clasificaciones del contrato

En conformidad con la ley y la doctrina, existen diversas clasificaciones o categorías de contrato las más comunes son:

- De acuerdo a quien contrae obligaciones: UNILATERAL (si solo resulta obligada una parte como ocurre con una donación o una prenda) y BILATERAL (cuando ambas partes contraen obligaciones recíprocamente, como en la compraventa o en el contrato de arrendamiento).

- De acuerdo a si las partes obtienen aluna utilidad: GRATUITOS (cuando solo tiene por finalidad la utilidad de una de las partes sufriendo la otra el gravamen, como ocurre en una donación), ONEROSOS (cuando tiene por finalidad la utilidad de ambos contratantes, gravándose cada uno en beneficio de la otra, como ocurre en la compraventa), CONMUTATIVOS (aquel en lo que una parte se obliga a dar o hacer como equivalente a lo que la otra debe dar o hacer a su vez, ej. El arriendo, donde la equivalencia por el uso de una determinada cosa se entiende como equivalente a la renta que se paga) y ALEATORIO (cuando la equivalencia consiste en una contingencia incierta de ganancia o pérdida, como ocurre en los contratos de apuesta y juego).

- De acuerdo a la forma en que se perfeccionan: CONSENSUALES (son aquellos que se perfeccionan por el solo consentimiento o acuerdo de las partes, como ocurre con el contrato de trabajo), REALES (que es el que requiere adicionalmente la entrega de la cosa) y SOLEMNES (cuando requiere cumplir ciertas formalidades especiales para que produzca especiales para que produzca sus efectos, como la compraventa de un inmueble, que requiere constar por escritura pública).

- De acuerdo a la forma en que existen: PRINCIPALES (que es el que subsiste por sí mismo, sin necesidad de otro, como ocurre con un arrendamiento o mutuo) y ACCESORIOS (es el que tiene objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal, sin la cual no puede subsistir, como ocurre con una fianza o hipoteca)

- De acuerdo a la libertad de las partes para formularlo: DE LIBRE DISCUSION (aquellos en que las partes, actuando libremente y en una posición de igualdad, fijan las condiciones del contrato) y DE ADHESION (aquellas cuyas clausulas han sido propuestas unilateralmente por el proveedor sin que el consumidor, para celebrarlo, pueda alterar su contenido, por ejemplo, en un contrato de cuenta corriente bancario o en una compraventa por internet)

En resumen, El comercio y su relación con el Derecho Mercantil es muy estrecha, en palabras coloquiales, van de la mano. Esta regulación que realiza el derecho mercantil al comercio, es sumamente importante, ya que sin ella todos los procesos de una empresa o las actividades comerciales existentes entre comerciantes y consumidores, serian un caos. Gracias al código del comercio, la celebración de contratos entre comerciantes y consumidores, es oportuna. Para nosotros como Contadores, es muy importante conocer cada acto de comercio, su funcionamiento, las características que

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