El modelo económico implementado en Colombia a partir de la Constitución de 1991..
Enviado por karlo • 5 de Julio de 2018 • 2.240 Palabras (9 Páginas) • 413 Visitas
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empresa, como base del desarrollo, tiene
una función social que implica obligaciones. Concepción que en el artículo 58 se
promulga para toda propiedad; allí se garantizan la propiedad privada y los demás
derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, pero se reitera que la
propiedad es una función social que implica obligaciones, adicionándole una
responsabilidad que hoy es indispensable para lograr un crecimiento económico
sostenible: le es inherente una función ecológica.
El artículo 334 no sólo mantiene el principio de que la dirección general de la
economía estará a cargo del Estado‚ e identifica las esferas o actividades en que
es más apropiada esta dirección, sino que precisa mejor su objetivo fundamental:
racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de
vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los
beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano, y, en especial,
para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar que todas las personas,
en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y
servicios básicos. Aunque parece una perogrullada decirlo, hay que tener en
cuenta que esta dirección no se efectúa sólo a través del ejecutivo sino de las tres
ramas del poder público y de otros órganos autónomos e independientes. Pero
sin duda, es el ejecutivo el de mayor responsabilidad, con la formulación de la
política económica y de los planes de desarrollo.
De otro lado, para lograr una mejor distribución de las cargas fiscales, el artículo
363 determina que el sistema tributario se funda en los principios de equidad,
eficiencia y progresividad, por lo que ya no es posible afincar las reformas
tributarias en sólo impuestos sobre el consumo, que en una sociedad de alta
concentración del capital y el ingreso son poco equitativos y progresivos. Además,
como se ha introducido algo de flexibilidad tributaria avanzamos hacia cierto
federalismo fiscal en que los entes territoriales tendrán mayor posibilidad de gravar
capitales o ingresos que poco contribuyen al desarrollo. En cuanto a lo tributario,
también vale la pena destacar el propósito de desmontar el régimen tributario
casuístico con la prohibición de las rentas nacionales de destinación específica‚
(artículo 359), exceptuadas las transferencias para los entes territoriales y las
dedicadas a previsión e inversión social.
Un elemento fundamental de nuestro sistema económico es la noción de libertad
en todas sus dimensiones; política, económica y social, el ciudadano debe ser
tenido en cuenta, debe ser respetado y debe interactuar bajo reglas claras que le
permitan la toma de decisiones libres. La nueva constitución limita el poder del
ejecutivo y le da independencia a la rama legislativa, aún cuando en los procesos
de negociación política el congreso todavía se subordina al ejecutivo, se
modernizan y amplían las funciones de la Rama Judicial, que es la más fortalecida
por la nueva Constitución.
En materia monetaria se suprime la política de emisión para pagar gastos del
gobierno, al Banco Central y se le asignan nuevas funciones objetivo. Al tiempo
se definen, las normas fundamentales para la autonomía política, fiscal y
administrativa de las regiones y territorios, es decir, se profundiza el proceso de
descentralización, que en el tiempo de hoy, aún tiene resultados insospechados.
Existe un cuestionamiento permanente sobre la necesidad del Estado y, en casos
menos extremos, sobre cómo se pueden acortar sus funciones. Se confunde un
poco la concepción de tamaño físico del Estado, con su eficiencia, su calidad
técnica y su necesidad como proveedor de bienes públicos que el sector privado
no entrega al mercado. El Estado debe cumplir no sólo en la prestación de
seguridad y justicia sino de financiar un sistema de educación universal y
obligatoria “que capacitaría a toda la población para los intercambios y la
producción más complejos y, que apoyara la acumulación privada de capital
construyendo carreteras, puertos y otras obras de infra-estructura” (Kalmanovitz,
2001). Esto implica la necesidad de que exista un sistema tributario que financie
un Estado fuerte pero que no debilite el proceso de acumulación de capital y, por
el contrario, lo aceite y lo propulse hacia delante.
Las reformas económicas alcanzadas, en los acuerdos constitucionales de 1991,
dieron como resultado modificaciones institucionales, de política económica y en
las funciones propiamente dichas del Estado. Los cambios que orientaron este
nuevo modelo económico y de desarrollo fueron los siguientes (Kalmanovitz,
2001):
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