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El modelo económico implementado en Colombia a partir de la Constitución de 1991..

Enviado por   •  5 de Julio de 2018  •  2.240 Palabras (9 Páginas)  •  413 Visitas

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empresa, como base del desarrollo, tiene

una función social que implica obligaciones. Concepción que en el artículo 58 se

promulga para toda propiedad; allí se garantizan la propiedad privada y los demás

derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, pero se reitera que la

propiedad es una función social que implica obligaciones, adicionándole una

responsabilidad que hoy es indispensable para lograr un crecimiento económico

sostenible: le es inherente una función ecológica.

El artículo 334 no sólo mantiene el principio de que la dirección general de la

economía estará a cargo del Estado‚ e identifica las esferas o actividades en que

es más apropiada esta dirección, sino que precisa mejor su objetivo fundamental:

racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de

vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los

beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano, y, en especial,

para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar que todas las personas,

en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y

servicios básicos. Aunque parece una perogrullada decirlo, hay que tener en

cuenta que esta dirección no se efectúa sólo a través del ejecutivo sino de las tres

ramas del poder público y de otros órganos autónomos e independientes. Pero

sin duda, es el ejecutivo el de mayor responsabilidad, con la formulación de la

política económica y de los planes de desarrollo.

De otro lado, para lograr una mejor distribución de las cargas fiscales, el artículo

363 determina que el sistema tributario se funda en los principios de equidad,

eficiencia y progresividad, por lo que ya no es posible afincar las reformas

tributarias en sólo impuestos sobre el consumo, que en una sociedad de alta

concentración del capital y el ingreso son poco equitativos y progresivos. Además,

como se ha introducido algo de flexibilidad tributaria avanzamos hacia cierto

federalismo fiscal en que los entes territoriales tendrán mayor posibilidad de gravar

capitales o ingresos que poco contribuyen al desarrollo. En cuanto a lo tributario,

también vale la pena destacar el propósito de desmontar el régimen tributario

casuístico con la prohibición de las rentas nacionales de destinación específica‚

(artículo 359), exceptuadas las transferencias para los entes territoriales y las

dedicadas a previsión e inversión social.

Un elemento fundamental de nuestro sistema económico es la noción de libertad

en todas sus dimensiones; política, económica y social, el ciudadano debe ser

tenido en cuenta, debe ser respetado y debe interactuar bajo reglas claras que le

permitan la toma de decisiones libres. La nueva constitución limita el poder del

ejecutivo y le da independencia a la rama legislativa, aún cuando en los procesos

de negociación política el congreso todavía se subordina al ejecutivo, se

modernizan y amplían las funciones de la Rama Judicial, que es la más fortalecida

por la nueva Constitución.

En materia monetaria se suprime la política de emisión para pagar gastos del

gobierno, al Banco Central y se le asignan nuevas funciones objetivo. Al tiempo

se definen, las normas fundamentales para la autonomía política, fiscal y

administrativa de las regiones y territorios, es decir, se profundiza el proceso de

descentralización, que en el tiempo de hoy, aún tiene resultados insospechados.

Existe un cuestionamiento permanente sobre la necesidad del Estado y, en casos

menos extremos, sobre cómo se pueden acortar sus funciones. Se confunde un

poco la concepción de tamaño físico del Estado, con su eficiencia, su calidad

técnica y su necesidad como proveedor de bienes públicos que el sector privado

no entrega al mercado. El Estado debe cumplir no sólo en la prestación de

seguridad y justicia sino de financiar un sistema de educación universal y

obligatoria “que capacitaría a toda la población para los intercambios y la

producción más complejos y, que apoyara la acumulación privada de capital

construyendo carreteras, puertos y otras obras de infra-estructura” (Kalmanovitz,

2001). Esto implica la necesidad de que exista un sistema tributario que financie

un Estado fuerte pero que no debilite el proceso de acumulación de capital y, por

el contrario, lo aceite y lo propulse hacia delante.

Las reformas económicas alcanzadas, en los acuerdos constitucionales de 1991,

dieron como resultado modificaciones institucionales, de política económica y en

las funciones propiamente dichas del Estado. Los cambios que orientaron este

nuevo modelo económico y de desarrollo fueron los siguientes (Kalmanovitz,

2001):

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