Formalidades de un Acto Jurídico
Enviado por Ensa05 • 21 de Abril de 2018 • 1.357 Palabras (6 Páginas) • 263 Visitas
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Forma Oral:
Existe algunos casos en los cuales el acto se manifiesta de forma oral, de esta manera al no existir documentación su exigibilidad se hace más débil, son actos momentáneos en su mayoría, en los cuales la exigibilidad no puede durar mucho tiempo.
Signos:
Algunos la consideran como una declaración tacita es decir que no se expresa, pero al estar utilizando signos se está manifestando aunque no sea con un lenguaje oral o escrito, así que está sujeto a las mismas reglas, lo que si debe cumplir de forma obligatoria es que sea conocido y utilizado de forma general por las personas. Son también conocidos como actos mecánicos, ya que la voluntad intervino para el funcionamiento de los mecanismos.
Actos Tácitos:
Este acto solo puede surgir de algún efecto jurídico que esté involucrado con él, y en otros casos si falta la adecuada declaración administrativa, este no puede ser un acto jurídico.
El silencio:
En un principio se la puede catalogar como una actitud inexpresiva de la administración, que no manifiesta voluntad alguna, se la puede aplicar principios jurídicos como el de confianza legítima, puede valer como un acto administrativo cuando en el orden jurídico dispone que si se da un silencio del órgano en el transcurso de un plazo se considera que la petición ha sido aceptada.
Formas de publicidad:
Cuando es dado la publicidad de un acto, este puede tener efectos jurídicos inmediatos, al contrario de que si no se ha sido publicado no puede tener estos efectos y por ende no es un acto administrativo, al no estar publicado existe, es válido y perfecto; pero no eficaz. Si no es notificado puede tener importancia sociológica, filosófico, política, pero no tendrá ningún interés jurídico.
Especies de formas de publicidad: publicación y notificación.
(Gordillo, 2011) La publicación es como una publicidad requerida y se lleva a cabo en una declaración en un boletín oficial o también en la colocación en un lugar visible al público. Ahora se lo puede encontrar en internet de igual manera.
La notificación es una publicidad aplicable al acto administrativo, el cual no produce efectos jurídicos y puede llevarse a cabo de algunas maneras: entrega de la copia autentica al interesado; notificación personal tomándose vista en el expediente y dejándose constancia expresa de ella; por telegrama con aviso de entrega; por comunicación informática. Para que esta notificación sea válida necesita una transcripción completa del texto del acto, este debe explicar los plazos y hasta cuando existen, no puede añadir nada al acto su deber es solo hacer saber cuáles son los recursos que puede poner contra él, la notificación escrita se da para los actos escritos de igual forma las notificaciones orales se dan cuando el acto se manifieste de este modo.
Gordillo, A. (2011). Tratado del Derecho Administrativo (Decima ed.). Buenos Aires: F.D.A.
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