FUNDAMENTOS FACTICOS DE LA SIMULACION DE ACTO JURIDICO COMO PRETENSION PRINCIPAL
Enviado por Kate • 27 de Septiembre de 2017 • 3.278 Palabras (14 Páginas) • 769 Visitas
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5). Se aprecia de la ESCRITURA PÚBLICA DE COMPRA VENTA N° 2018 DE FECHA 18 DE JULIO DEL 2013 EL ACTO JURÍDICO SIMULADO DE COMPRA VENTA. Se observa que en la cláusula cuarta “El vendedor, declara que sobre el bien inmueble urbano descrito en la cláusula existe una hipoteca a favor del banco del crédito del Perú inscrito en el asiento N° 0005 de apartida registral N° 10130050 del Registro de Propiedad Inmueble de la zona registral N° U Sede Chiclayo, la misma que a partir de la fecha es asumida por el vendedor.” Asimismo en la cláusula quinta refiere que: “El vendedor declara que el bien inmueble urbano (...) se encuentra desocupado por lo que el comprador toma posesión inmediata del mismo
6).- Esta dos clausulas señor magistrado nos permiten inferir el acuerdo simulado celebrado entre ambas partes, SE PUEDE APRECIAR DE MANERA CLARA E INDUBITABLE LOS ELEMENTOS QUE CONFIGURAN LA SIMULACIÓN DEL ACTO JURÍDICO DE COMPRA Y VENTA.
- Al respecto es necesario señalar que, la simulación como tal es un supuesto de discrepancia entre la declaración y la causa. ES UN ACUERDO POR EL CUAL LAS PARTES EMITEN UNA DECLARACION NO COINCIDENTE CON LA CAUSA DEL NEGOCIO JURÍDICO. Se utiliza a la declaración divergente para engañar. El elemento indefectible del procedimiento simulatorio es el acto de consumación del engaño. Para que haya simulación se requiere DOS ELEMENTOS, por un lado el ACUERDO SIMULATORIO (Contradeclaración): Que vincula a la situación aparente y la situación real. Este acuerdo de simular es fundamental, y no solo basta el conocimiento por parte de uno de los contratantes el propósito que tienen el otro de simular, es indispensable que exista un acuerdo entre las partes respecto de tal propósito, lo cual significa que la simulación deberá presentarse como “convenida”; y el otro es LA FINALIDAD DEL ENGAÑAR, habrá simulación absoluta cuando las partes tienes la finalidad de no vincularse jurídicamente.
7). Por tanto, conforme a lo expuesto en los párrafos precedentes y de revisado el contrato de compra y venta, podemos inferir el acuerdo simulado:
En la CLÁUSULA CUARTA; refiere que, “La cancelación de la hipoteca será asumida por el vendedor hasta su total cancelación”; señor Juez esta cláusula contraviene con lo establecido en el Art. 923 del C.C. “La propiedad es el poder jurídico que permite, disfrutar, disponer, reivindicar un bien por tanto la finalidad esencial del contrato de compra venta es la transferencia del bien inmueble y su aprovechamiento debido, SEÑOR JUEZ, EL ACUERDO SIMULADO Y LA FINALIDAD DE ENGAÑAR SE VEN REFLEJADOS EN LOS SIGUIENTES HECHOS:
- . El nuevo titular de la deuda hipotecaria ahora sería el recurrente (en mi calidad de persona natural) y ya no la empresa de la cual soy gerente (Negocios Claudia E.I.R.L); EN ESE SENTIDO SÍ SUPUESTAMENTE SE HUBIERA PROCEDIDO A VENDER MI BIEN INMUEBLE YA NO TENDRIA SENTIDO SEGUIR EFECTUANDO EL PAGO DE LAS ARMADAS DE LA DEUDA CONTRAIDA CON EL BANCO EN MI CALIDAD DE GERENTE DE NEGOCIOS CLAUDIA E.I.R.L.
- . Ante el Banco de Crédito del Perú, debería seguir figurando como deudor Negocios Claudia E.I.R.L y como garante el recurrente; POR TAL MOTIVO PARA EVITAR EL EFECTO PROPIO DE UNA TRANSFERENCIA VALIDA DECIDIMOS INSERTAR LA CLAUSULA CUARTA; ASIMISMO DICHA CLASULA SE PACTO CON FINALIDAD DE QUE SEA EL RECURRENTE QUIEN SIGA APARECIENDO ANTE EL BANCO BCP COMO EL TITULAR DEL BIEN INMUEBLE Y PAGAR A LA ENTIDAD BANCARLA EN SU CALIDAD DE GARANTE HIPOTECARIO, DADO QUE ES MI PROPIEDAD LO POSEO, USO y DISFRUTO
- El acuerdo simulado se refleja también en CLAUSULA QUINTA, donde se señala que el bien inmueble se encuentra desocupado, esta cláusula, no coincide con la realidad, pues tal y conforme se aprecia que en el certificado de domicilio expedido por Eusebio Diaz Diaz, notario de la provincia de Chiclayo en cual se constituyó en la calle Simón Bolivar N° 352, del distrito de JLO y provincia de Chiclayo; el cual al desplazarse a dicha dirección encontró en el lugar al señor Ulices Femandes roas u al señor Mario Fernandez Ortiz, asimismo dicho notario corroboro que el señor Ulices Fernandez Rojas reside en dicho domicilio, por tanto se demuestra con este hecho de que ambas de que ambas partes quería pactar un acuerdo simulado pues el referido contrato no podría surtir el efecto señalado en la CLAUSULA QUINTA, SEÑOR MAGISTRADO EL RECURRENTE HASTA LA FECHA RADICA EN EL BIEN INMUEBLE MATERIA DE LA VENTA SIMULADA, ASIMISMO EL DEMANDADO NUNCA A INTENTADO A TRAVÉS TOMAR POSESIÓN DE DICHO INMUEBLE, PUES EL CONTRATO DE COMPRA VENTA FUE SOLO ACTO JURÍDICO APARENTE DONDE EL DEMANDADO ME OFRECIÓ LA SUMA DE S/.200.00,00 (Doscientos mi nuevos soles 100/00) en calidad de préstamo con los condicionamientos señalados en el párrafo 3).
8). Por lo expuesto en este acápite, se aprecia la violación al acuerdo pactado, pretendiéndose apropiar de manera ilegítima de mi bien inmueble aprovechándose del acuerdo pactado que el mismo me planteo, para supuestamente ayudarme en el pago de mi deuda contraída en calidad de gerente de Negocios Claudia E.I.R.L.; POR TANTO A LO EXPUESTO EN MI PETITORIO SOLICITO SEA DECLARADA FUNDADA MI PRETENSIÓN PRINCIPAL - NULIDAD DE ACTO JURIDICO POR SIMULACIÓN ABSOLUTA EN SU DEBIDA OPORTUNIDAD
- FUNDAMENTOS FACTXCOS QUE SUSTENTAN MI PRETENSION ACCESORIA DE NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL N° 00011 DE LA PARTIDA N° 10130050 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE SUNARP.
Que, de acuerdo a los establecido en el reglamento de la SUNARP en el Art. 94 Supuestos de la cancelación de las inscripciones y anotaciones preventivas, la cancelación de las inscripciones (...)se extiende, según inciso b) cuando se declara la nulidad del titulo en cuya virtud se han extendido (...); señor magistrado al declararse fundada mi demanda de nulidad de acto jurídico por simulación absoluta; se deberá cursar oñcio a SUNARP CHICLAYO, a fin de que el registrado en el plazo de Ley cancele la inscripción registral contenida en el asiento N° 00011 de la partida N° 10130050, cuyo asiento de presentación tiene como titulo N° 2013-00057535
FUNDAMENTOS FACTICOS QUE SUSTENTAN MI PRETENSION SUBORDINADA DE RESCISION CONTRACTUAL POR EXISTIR UN APROVECHAMIENTO POR PARTE DE LA DEMANDA Y DESPROPORCON AL MOMENTO DE LA CELEBRACION DE LA COMPRA VENTA
La presente pretensión subordinada únicamente deberá ser resuelta en caso de no prosperar la pretensión principal interpuesta en los párrafos precedentes, esto en concordancia con lo dispuesto en el Art. 85 del C.P.C.
9): La rescisión contractual por lesión esta contenida en los Art. 1447 y 1448 del C.C. el primero refiere que, “La acción rescisoria por lesión
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