Guia de historia parcial I 2016 USM
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CARACTERISTICAS DEL DERECHO BIZANTINO:
1.- Retroceso del romanticismo
2.- Acentuación del helenismo
3.- Influencia griega imprime a la cultura bizantina de excepcionales aportes en lo económico, político y social.
4.- El cristianismo
5.- La renovación del derecho nacional se sobrepone al Derecho Imperial, y el cristianismo que imprime un nuevo sentido a la vida
CODIFICACIONES DE JUSTINIANO:
Las dividió en 4 grandes colecciones que son las que integran las obras jurídicas de Justiniano.
1.- El Código: Es la primera colección de leyes sistematizadas en orden cronológico (se fundamentó en otras leyes que ya existían).
2.- El Digesto o Pandectas: Era una compilación orgánica de la literatura clásica, la cual fue declarada con fuerza de ley en todo el Imperio y constaba de 6 partes:
a.- La prota: Contenía doctrinas
b.- Judicis: Contenía acciones reales.
c.- Rebus: Que contenía contratos salvo algunas estipulaciones.
d.- Libris simgubris: Contenía lo relacionado con familias y sucesiones.
e.- Los últimos libros eran sin títulos (obras complementarias), donde se tratan los demás temas del Derecho Civil.
El Digesto era considerado como el momento jurídico más grande de todos los tiempos y base de las legislaciones modernas.
3.- Las Institutas: fueron destinadas a la enseñanza del derecho y se dividía en 4 libros
a.- El primer libro trata del Derecho General y el Derecho de Personas.
b.- el segundo libro; Derechos Reales y modos de adquisición.
c.- Sucesiones, obligaciones y contratos.
d.- 4° libro: Delitos y Acciones Procesales.
JUSTINIANO CREA EL CODEX EL CUAL ESTABA DIVIDIDO EN 12 LIBROS:
1.- El 1° trataba del Derecho Consuetudinario.
2.- Del 2° al 8° del Derecho Civil.
3.- El libro 9° del Derecho Penal.
4.- Del 10° al 12°, del Derecho Administrativo.
LA OTRA OBRA FUE LAS NOVELAS:
Son las constituciones dictadas por Justiniano publicadas en Latín y Griego, muchas se refieren al Derecho Público y Eclesiástico, y algunas al Derecho Privado, entre ellas se puede mencionar lo concerniente al matrimonio, la familia y sucesiones legítimas
TEMA V
EL DERECHO CANONICO:
La denominación canónica, proviene de la palabra griega Kanon, que significa medida, y en sentido figurado norma.
Es el conjunto de normas jurídicas promulgadas o reconocidas por la Iglesia Católica, sobre puntos de fe y disciplina, que determinan la organización y actuación de la misma Iglesia y regula la actividad de los ministros y fieles en relación a los fines propios de la Iglesia.
OBJETO:
- En lo espiritual el fin supremo es la salvación de las almas.
- El bien espiritual y terrenal de la sociedad eclesiástica, es el establecimiento de la justicia y el orden.
- El Derecho Público que determina los derechos de la Iglesia como Institución (derecho público interno), y en sus relaciones con instituciones de igual carácter (derecho público externo).
- El derecho Privado, se refiere a la protección de los demás miembros de la Iglesia.
CARACTERISTICAS DEL DERECHO CANONICO:
- El Derecho Canónico, como ordenamiento jurídico no puede ponerse en duda, ni desde el punto de vista formal ni sustancial.
- La conexión de los imperativos canónicos con las normas morales; su estrecha relación con los principios que justifican la constitución de la Iglesia; la singularidad del vínculo de fe y de comunicación espiritual que une a sus miembros; y la amplitud de poderes que se integran en la jerarquía eclesiástica para la gracia, enseñanza y gobierno de los fieles; como la constante exigencia de la eficacia de las normas canónicas, radica más bien en que la adhesión interior del individuo, que en el temor de las sanciones, todo esto da al Derecho Canónico, un carácter peculiar.
- Es el único ordenamiento jurídico desde el punto de vista formal, del cual derivan la exterioridad y la bilateralidad, pues interesan los actos humanos externos y la observancia de las normas frente a otros, aunque necesariamente no tengan que ser individuos, sino la Iglesia misma, considerada en su conjunto.
- Es un ordenamiento jurídico vigente que tiene carácter de universalidad.
FUENTES JURIDICAS:
El Derecho Canónico tiene como fuentes: la Ley Canónica y La Costumbre. En los primeros siglos de la Iglesia, los cristianos se regían forma espiritual, por los textos de las Sagradas Escrituras, los Evangelios, las Epístolas de los Apóstoles y por la tradición.
Dentro del Derecho Canónico escrito, se distingue:
- El sagrado compuesto por la Biblia, constituido por los libros del Antiguo y Nuevo Testamento, cuyo número y autoridad fijó el Concilio de Treno (1545);
- Los canónes: Derecho casi exclusivamente pontificio y de los concilios.
Históricamente, el cuerpo de normas conocido como Derecho Canónico, surgió de la colección de canones de los concilios de la primitiva Iglesia.
LA JERARQUIA ECLESIASTICA:
La Iglesia católica se fundamentada en un riguroso orden jerárquico o escalafón, el cual se divide en: Jerarquía de Orden y Jerarquía de Jurisdicción.
- JERARQUIA DE ORDEN: Es un escalafón
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