Hostigamiento sexual y acoso sexual
Enviado por tolero • 12 de Diciembre de 2018 • 6.593 Palabras (27 Páginas) • 508 Visitas
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El Protocolo que nos ocupa en este curso, se publicó de la mano de la modificación del numeral 13 del Código de Ética de las y los servidores públicos y en ellos se especifican como conductas que pueden considerarse de hostigamiento y acoso sexual, las siguientes:
Pulse sobre las siguientes imágenes para conocer más.
[pic 6]Consulta el Acuerdo completo en este enlace.
1.1.1 HOSTIGAMIENTO SEXUAL, ACOSO SEXUAL Y ACOSO LABORAL... ¿HABLAMOS DE LO MISMO?
El acoso laboral conocido con el término anglosajón mobbing es una práctica de abuso de autoridad y de maltrato que se realiza en los espacios laborales. Algunas de las conductas típicas de acoso laboral son:
- Asignar tareas o proyectos con plazos que se saben imposibles de cumplir.
- Sobrecargar de trabajo selectivamente a la víctima.
- Tratar de una manera diferente o discriminatoria, usar medidas exclusivas contra él/ella, con vistas a estigmatizarlo(a), excluirlo(a), discriminarlo(a) o ridiculizarlo(a).
- Ignorar a la víctima.
- Monitorear o controlar malintencionadamente su trabajo con vistas a atacarle o a encontrarle faltas o formas de acusarle de algo.
- Invadir la privacidad del acosado –interviniendo su correo, su teléfono, revisando sus documentos o archivos, etc.
- Animar a otros compañeros(as) a participar en cualquiera de las acciones anteriores mediante la persuasión, la coacción o el abuso de autoridad.
Ahora bien, hay que comprender y tener en cuenta que no todas las prácticas de acoso laboral involucran el componente sexual, por lo que no podemos considerarles a ambos tipos de conducta como sinónimos.
1.1.2 ¿QUIÉNES PADECEN HOSTIGAMIENTO SEXUAL Y/O ACOSO SEXUAL?
A pesar de lo anterior, también se reconoce que el Hs y el As podría producirse entre personas del mismo sexo o bien de mujeres a hombres, no obstante, la estadística de ambos casos es todavía escasa, por lo que se desconocen aspectos de su dinámica.
Como lo veremos en el siguiente tema, la razón que explica que el Hs y As se produzcan principalmente de hombres a mujeres se debe a la forma cómo se estructuran las relaciones de poder entre ambos.
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Tanto hombres como mujeres pueden ser receptores de estos comportamientos relacionados con hostigamiento sexual y acoso sexual, sin embargo son las mujeres quienes con mayor frecuencia resultan víctimas, por encontrarse en posiciones de subordinación, con menor poder y mayor vulnerabilidad e inseguridad.
[pic 8]
1.1.3 HOSTIGAMIENTO SEXUAL, ACOSO SEXUAL Y DISCRIMINACIÓN
Tanto la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer – CEDAW-, como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia en nuestro país identifican el Hs y el As como una manifestación de la discriminación de género y una expresión de la violencia contra las mujeres.
[pic 9]
La discriminación es todo acto que denote distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, género, edad, preferencia sexual o abuso del poder y que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas (art. 1 CEDAW).
[pic 10]
Cabe entonces preguntarnos…. ¿En qué sentido el Hs y el As discriminan?
Como se desprende de la definición anterior, la discriminación se produce cuando se afectan o lesionan las condiciones para que las personas ejerzan sus derechos con libertad y de forma plena.
No obstante, el Hs y el As pueden tener efectos y consecuencias importantes en el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, como en:
- La dignidad y libertad de las personas que las padecen.
- El normal desarrollo psicosexual.
- En el desarrollo de su vida y trayectoria laboral.
- En su derecho a vivir libre de violencia.
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Con base en lo que hemos leido hasta el momento, responde la siguiente pregunta:
Para reflexionar...
¿Qué derechos se ven afectados por el hostigamiento sexual y el acoso sexual?
[pic 12]Derecho de las mujeres a vivir libres de violencia [pic 13]Derecho al trabajo [pic 14]Derecho a la libertad y el normal desarrollo psicosexual de las personas [pic 15]Derecho a la propiedad [pic 16]Derecho a la libertad de expresión [pic 17]Derecho a la libertad para la elección de pareja
- Este problema no está contestado.
Nota: Asegúrate de seleccionar TODAS las respuestas correctas.
[pic 18]
¿Qué entender por hostigamiento sexual y acoso sexual?
Al revisar las definiciones normativas, es muy importante tomar en cuenta lo siguiente:
- Ambas conductas, aun cuando están relacionadas con la sexualidad y la lascivia, no son problemáticas exclusivas de la sexualidad sino fundamentalmente de los desequilibrios de relaciones de poder y desigualdad entre mujeres y hombres.
- La diferencia principal entre Hostigamiento sexual y Acoso sexual está determinada por la posición laboral que tiene el/la victimario/a sobre la víctima. El acoso sexual se suscita en diferentes espacios, sea en escuelas, familia, transporte público o en el trabajo y opera de manera horizontal entre personas de jerarquías homólogas o de parte de alguien que ocupa una posición menor a la de la persona acosada.
- El hostigamiento sexual opera de manera vertical y se ejerce en el marco de una relación laboral de parte de un superior jerárquico en contra de una persona subalterna, que utiliza su posición o cargo para violar la libertad psicosexual de las personas que intimida.
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