Informacion complementaria en la auditoria
Enviado por Kate • 23 de Abril de 2018 • 3.139 Palabras (13 Páginas) • 652 Visitas
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- Visualizar los bienes de propiedad de terceros y confirmar el estado en que se encuentran. Este es realmente un procedimiento propio de este grupo de notas, y consiste en un inventario de dichos bienes constando su estado a fin de determinar contingencias o verdaderos pasivos por faltantes o deterioros.
- Obtener información de los propietarios de los bienes y de los beneficiarios de fianzas y avales. Este es otro procedimiento específico y que guarda similitud con los pedidos de confirmación de saldos de deudores y acreedores. Adicionalmente a lo expuesto en los rubros respectivos cabe acotar la necesidad de identificar perfectamente en la carta los bienes de que se trata y el estado en que se encuentran.
- Solicitud de confirmación a la gerencia. Se podría redactar un párrafo similar al siguiente: “No tenemos conocimiento de acontecimientos u operaciones ocurridos con posterioridad al cierre del ejercicio y hasta el día de la fecha, que por modificar significativamente la situación patrimonial y los resultados de la sociedad, deban ser contabilizados con incidencia al cierre del ejerció o merezcan ser expuestos mediante notas a los estados contables a la misma fecha. No existen otros bienes de terceros ni situaciones contingentes no previsibles contablemente pero que deban ser expuestas, que aquellas por las que se suministra información en las notas. Los valores asignados, a nuestro entender, cubren las obligaciones que de ella pudieran derivarse”.
- Revisión de hechos posteriores al cierre del ejercicio y hasta la fecha del informe. Los procedimientos
- Seguimiento de la información expuesta al cierre del ejercicio anterior
- Análisis de documentación que pueda revelar hechos no contemplados
- Relacionar el análisis de la información con la revisión de los restantes rubros.
- Evaluar la razonabilidad de las incertidumbres expuestas en las notas respectivas
Deben hacerse extensivos al período indicado (posteriores al cierre del ejercicio y hasta la fecha del informe).
Se recuerda que en la revisión de este grupo de notas importan las situaciones, sucesos o circunstancias que se conocen o se vuelven conocidas con posterioridad al cierre del ejercicio y que son generadas en el nuevo ejercicio.
Las que modifican estimaciones hechas a la fecha del cierre interesan para el rubro previsiones.
- Evaluar la razonabilidad de las incertidumbres expuestas en las notas respectivas. Cumplidos los procedimientos indicados, el auditor debería estar en condiciones de evaluar la razonabilidad de las situaciones y de los importes expuestos y su incidencia en el informe final.
- Presentación. Finalmente el auditor deberá constatar la adecuada exposición de las distintas situaciones a que se ha hecho referencia, teniendo como guía rectora el proveer a usuario de los estados contables, información relevante redactada de manera clara y precisa.
- Pruebas adicionales en una primera auditoría. Como un único procedimiento adicional, se debería analizar la información expuesta en los estados contables del ejercicio anterior, a efectos de constatar los criterios utilizados y con ellos determinar si la información al cierre del ejercicio se presenta de modo uniforme respecto del ejercicio anterior
Notas, cuadros o anexos a los EECC
La siguiente información que debe estar incluida en los EECC, usualmente se incluye como notas complementarias o, cuando las características de la información lo requieran, como cuadros o anexos.
Si bien cada norma contable requiere información especial, usualmente es necesario incluir, entre otros, los siguientes temas:
- Bases de medición contable adoptadas
- Cambios en los criterios de medición contable y su tratamiento
- Restricciones a la disposición de activos
- Garantías otorgadas y contingencias, con explicación de su tratamiento
- Restricciones a la distribución de utilidades
- Composición y evolución de ciertas cuentas incluidas en el balance general y estado de resultados.
Los Estados consolidados como información complementaria
Si la información complementaria se considera estrictamente como tal, la preparación del informe de auditoría debería seguir las reglas habituales. Ni siquiera sería necesario mencionar a los estados consolidados en el párrafo de alcance porque ya estarían cubiertos con la referencia a la información complementaria.
Por supuesto, la mala presentación u omisión de los estados consolidados provocaría la emisión de un dictamen con salvedades por discrepancia en la aplicación de las NCP. Sería difícil justificar un dictamen adverso mientras los estados principales (los individuales) estén preparados de acuerdo con tales normas.
Párrafo Introductorio
Indica que los estados financieros identificados en el Dictamen fueron auditados y cual es la responsabilidad de la Administración y del Auditor. También identificará el título de cada uno de los estados financieros y la fecha y período que cubren, referirá en resumen las políticas contables importantes y otras notas aclaratorias y especificará la fecha y periodo cubierto por los estados financieros.
Así también cuando el auditor sabe que los estados financieros serán incluidos en un documento que contiene otra información (informe anual), puede considerar identificar los números de las páginas en las que se presentan los estados financieros. Los documentos que conforman el marco de referencia de información financiera preparados de acuerdo a NIIF incluye el balance general, el estado de resultados, el estado de cambios en capital, el estado de flujo de efectivo, y un resumen de las políticas contables importantes y otras notas aclaratorias, además de alguna información adicional que podrá considerarse como parte integral de acuerdo a la jurisdicción.
Así como establece la NIA 700, en algunas circunstancias pude requerirse a la entidad, por ley ó regulación o por normas, o puede decidirlo de modo voluntario, el presentar información complementaria la cual no requiere el marco de información financiera, la cual es
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