Informe Congreso de Derecho
Enviado por John0099 • 21 de Diciembre de 2018 • 994 Palabras (4 Páginas) • 350 Visitas
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Siendo una rama especial cuenta con sus propios principios ajenos a las demás ramas del derecho. Entre los principios que se mencionan, están: la nulidad Ad Initio en el registro de bienes que sean extinguido su dominio bajo esta ley, su prevalencia sobre otras de igual naturaleza, es aplicable retrospectivamente.
En cuanto a los motivos que determinan la aplicación de esta ley a los bienes de una persona, está la adquisición de bienes por la comisión de hechos delictivos y la utilización de bienes para la comisión de actividades ilícitas. Siendo aplicable a las ganancias, frutos y productos de dichas actividades.
Para que una persona que tiene sus bienes abiertos a un proceso de extinción de dominio pueda tener una sentencia que le reconozca su derecho de dominio y no se le extinga el mismo, debe probar dos extremo: su perfil económico y capacidad adquisitiva que demuestre su adquisición legítima.
TERECERA CONFERENCIA “EL ANTEJUICIO”
Lic. Mario Alberto Taracena
El antejuicio es una garantía constitucional de la que gozan algunos funcionarios de Estado por razón de su cargo e investidura, dígase: Diputados del Congreso de la Republica, Presidente y Vice-Presidente del Organismo Ejecutivo, Magistrados y Jueces del Organismo Judicial, entre otros, en cual consiste en que no puedan ser detenidos ni sometidos a procesamiento penal ante órganos de justicia correspondientes mientras que no lo haya determinado si existe formación de causa por un juez competente para conocer del asunto.
El antejuicio posee las características de ser inherente al cargo, ser inalienable, imprescriptible e irrenunciable, es decir que, una vez se haya designado al funcionario para un cargo que goce de esta prerrogativa inmediatamente gozara de ese beneficio.
Ara que un funcionario pueda ser sometido a un proceso penal en su contra es necesario que la denuncia donde conste la comisión de un delito se remita al órgano competente para conocer la misma, adjuntando la documentación donde se pueda comprobar los indicios de haber cometido una acción ilícita en materia penal, de darse a lugar existe un procedimiento especifico ara su procesamiento y perdida de la inmunidad y de la cesación del cargo por parte del funcionario. Siendo el encargado de determinar si las acciones se encuadran dentro de un tipo penal, así como su culpabilidad o inocencia el denominado juez pesquisidor.
En consideración de los beneficios o daños que causa esta figura de nuestro ordenamiento jurídico, existen las posturas a favor o en contra, expresando quienes están a favor que es una garantía para la gobernabilidad del país evitando que por motivos espurios, políticos o fútiles se procese innecesariamente a los funcionarios y no se les permita el ejercicio correcto de sus funciones.
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