“KANTOROWICZ Y LA RENOVACION JURIDICA” DE MANUEL ORTEGA SEGURA
Enviado por Ensa05 • 13 de Febrero de 2018 • 1.125 Palabras (5 Páginas) • 429 Visitas
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que la jurisprudencia es ambigua, que las normas jurídicas son siempre equivocas, se expresan con palabras y estas adolecen de una irreductible ambigüedad y que el juez para sentenciar debe establecer la versión inequívoca de las normas jurídicas de que han de derivar la solución única del pleito sometido a su juzgamiento y esto sobreviene de un proceso mental llamado interpretación, el carácter cognoscitivo de la norma y pregona la investigación libre de los juristas, rechaza la concepción clásica de la tesis normativista y concluye que el orden rescata de la nada al Derecho, porque la falta de total de orden en cuanto este equivale a plan o proyecto comunitario supondría el caos.
El punto más similar es que Kantorowicz distinguía dos Derechos el que emana del Estado (Derecho Estatal,) y el que surgía del seno de la sociedad (Derecho Libre), expresaba que uno era complementario del otro, Ymaz diferencia la norma de la conducta y el orden social, en ambos casos relacionan las Normas con las costumbres y usos de la sociedad, y la función de los jueces en la resolución de problemas jurídicos.
KANTOROWICZ PROPONE AMPLIAR LA LIBERTAD DE LOS JUECES A LA HORA DE RESOLVER, ¿ES CIERTA ESTA AFIRMACION, ENUMERE UNA VENTAJA Y OTRA DESVENTAJA DE APLICAR ESTA CONCEPCION SOBRE LA FUNCION JUDICIAL
KANTOROWICZ no propone ampliar la libertad de los jueces, sino reconocerle la que inevitablemente tiene, elogia al articulo primero del código civil suizo, el cual reconoce el poder creador del juez y su libertad en el proceso de aplicación del derecho
La corriente del Derecho Libre lo que quiere poner en manifiesto es que: en la actividad judicial consistente en colmar lagunas no se trabaja exclusivamente con normas legales, sino que entran en juego otros elementos extrajurídicos que tienen que ser introducidos por el juez. Por eso se podía decir con razón que lo fundamental del nuevo método no era «otorgar al juez una mayor libertad» sino que «lo esencial del nuevo método era que en la decisión de casos concretos se utilizan criterios cuyo contenido no es obtenido en la esfera jurídica (en el sentido positivo del término) sino que pasan a ocupar un lugar destacado los valores éticos, económicos y también políticos.
Ventaja de la aplicación del Derecho Libre:
La aplicación del Derecho Libre tendría como ventaja la adecuación de las resoluciones judiciales a los cambios sociales, la posibilidad de que si las leyes contraríen la moral, la equidad, el juez puede dejar de lado las leyes y resolver según los valores, costumbres y usos actuales en cada caso concreto.
Desventaja de la aplicación del Derecho Libre:
Dejar librado al arbitrio del juez la interpretación de las normas, lo transforma en creador de derechos, un derecho que no será conocido por las partes sino hasta el momento de pronunciarse la sentencia, teniendo una atribución que no le corresponde de acuerdo a los principios de la división del poder del estado, ya que es una facultad del poder legislativo la creación y sanción de leyes, teniendo además como consecuencia la inseguridad jurídica, ya que las resoluciones de los jueces serán diferentes en todos los casos indistintamente que se traten de problemas de la misma especie.
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