LA GRAN CONTESTACIÓN DE DEMANDA DE ALIMENTOS Y RECONVENCION DE DIVORCIO INCAUSADO
Enviado por Rebecca • 4 de Diciembre de 2018 • 3.837 Palabras (16 Páginas) • 979 Visitas
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ASI MISMO NIEGO QUE EL SUSCRITO HAYA EJERCIDO EN ALGUN MOMENTO ALGUN TIPO DE VIOLENCIA FISICA, SEVICIA O MALOS TRATOS EN CONTRA DE LA PARTE ACTORA.
EXCEPCIONES Y DEFENSAS:
1).- SE OPONE LA EXCEPCIÓN GENÉRICA DE SINE ACTIONE AGIS, PUÉS LA ACTORA NO TIENE ACCIÓN NI DERECHO PARA DEMANDAR EN LA FORMA Y TÉRMINOS EN QUE LO HACE, YA QUE DE LA SIMPLE LECTURA DE SU DEMANDA, SE VE A TODAS LUCES QUE NO ESTA FUNDADA Y MUCHO MENOS MOTIVADA, SINO QUE EN FORMA POR DEMÁS SOMERA, ESTABLECE QUE HE DADO CAUSA PARA QUE SE ME DEMANDE, PERO NO HACE UNA NARRACIÓN Y MOTIVACIÓN PRECISA DE HECHOS, QUE TIENDA A DEMOSTRAR LO ASEVERADO POR LA ACTORA.
2).- EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD E IRREGULARIDAD EN LA DEMANDA, YA QUE LA DEMANDA SE REFIERE A APROXIMACIONES EN CUANTO A TEMPORALIDAD, OMITE MANIFESTAR EL LUGAR DONDE HAN OCURRIDO LOS HECHOS, Y SOBRE TODO LA FORMA EN QUE OCURRIERON LOS ACTOS A LOS QUE SE REFIERE EN LA ESCUETA NARRACIÓN DE LOS ACONTECIMIENTOS HISTÓRICOS, QUE FUERA DE CONTENER LOS ELEMENTOS ESCENCIALES DE TODA CONTIENDA JUDICIAL, OSEA, UNA RELACIÓN SUSCINTA CON CLARIDAD Y PRECISIÓN DE LOS HECHOS, DESPRENDIÉNDOSE DE DICHA DEMANDA QUE NO SE ESTABLECEN CLARA Y PRECISAMENTE LAS CONDICIONES DE MODO, TIEMPO Y LUGAR EN QUE OCURRIERON LOS HECHOS, DEBIDO A LA FALTA DE TECNICA JURIDICA DE LOS POSTULANTES PARA ESTABLECER LOS HECHOS NARRADOS EN LA DEMANDA, DE TAL SUERTE QUE EL SUSCRITO NO PUEDO ESTAR EN CONDICIONES DE PREPARAR LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA, OPONIENDO LAS DEFENZAS NECESARIAS, POR LO QUE DICHA SITUACIÓN ME DEJA EN ESTADO DE INDEFENSIÓN.
3).- LA OSCURIDAD E IRREGULARIDAD EN LA DEMANDA, YA QUE LA MISMA NO ACOMPAÑA LOS DOCUMENTOS IDÓNEOS Y NO MENCIONA A LOS TESTIGOS PRESENCIALES DE LOS HECHOS EN QUE SUPUESTAMENTE BASA SU ACCIÓN, POR LO QUE AL NO ESTABLECER CLARA Y PRECISAMENTE LAS BASES SOBRE LAS QUE SE APOYA PARA DEMANDAR, Y NO ACOMPAÑA LOS DOCUMENTOS EN QUE FUNDE SU ACCIÓN DE ACUERDO A LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 95 Y 96 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES EN VIGOR EN EL ESTADO, ES POR LO QUE DEBERÁ DECRETARSE IMPROCEDENTE LA ACCIÓN INTENTADA, POR LO QUE ME DEJA EN ESTADO DE INDEFENSIÓN, POR LO QUE ME OPONGO DESDE ESTE MOMENTO A QUE LOS EXHIBA CON POSTERIORIDAD EN EL JUICIO QUE NOS OCUPA.
EN CUANTO AL DERECHO SON INAPLICABLES LOS PRECEPTOS LEGALES, EN VIRTUD DE QUE LOS HECHOS EN QUE SE FUNDA SU DEMANDA SON FALSOS, OSCUROS E IRREGULARES.
CAPITULO DE RECONVENCION
QUE POR MEDIO DEL PRESENTE OCURSO Y EN LA VIA DE DIVORCIO INCAUSADO, EN CONTRA DE LA C. MARLEN VIRGINIA RODRIGUEZ LARA, CON DOMICILIO PROCESAL EN AVENIDA GRAN LAGO DE LOS ESCLAVOS, NUMERO 1138, DEL FRACCIONAMIENTO JARDINES DEL LAGO, DE ESTA CIUDAD Y DE QUIEN RECLAMO LAS SIGUIENTES PRESTACIONES:
P R E S T A C I O N E S:
A) LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE NOS UNE.
D) LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL.
D) EL PAGO DE GASTOS Y COSTAS DE ESTE JUICIO.
BASO EL PRESENTE ESCRITO EN LOS HECHOS Y DERECHOS QUE A CONTINUACIÓN SEÑALO:
H E C H O S:
P R I M E R O.- ESTA PARTE SOLICITA SE TENGA POR REPRODUCIDO LO MANIFESTADO EN LOS HECHOS DE ESTA CONTESTACIÓN DE DEMANDA, ASI COMO SE TENGA POR EXHIBIDA LA RESPECTIVA ACTYA DE MATRIMONIO CELEBRADO ENTRE EL SUSCRITO Y LA C. MARLEN VIRGINIA RODRIGUEZ LARA.
S E G U N D O.- ES EL CASO QUE DURANTE NUESTRO MATRIMONIO LA HOY DEMANDADA Y EL SUSCRITO ADQUIRIMOS EL SIGUIENTE BIEN SUSCEPTIBLE DE LIQUIDAR CONSISTENTE EN INMUEBLE UBICADO EN CALLE SILVANO BARBA NÚMERO 1725, DE LA COLONIA VICENTE GUERRERO DE ESTA CIUDAD, CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS:
LOTE 18, MANZANA 21
DESARROLLO URBANO: VICENTE GUERRERO
MUNICIPIO: MEXICALI
SUPERFICIE 272.917 M2
CLAVE CATASTRAL: VG-021-018
MEDIDAS Y COLINDANCIAS:
NORTE: 13.00 M. CON LOTE 8
SUR: 13.00 M. CON AV. SILVANO BARBA GONZALEZ
ESTE: 20.998 M. CON LOTE 19
OESTE: 20.998 M. CON LOTE 17 Y CONSTRUCCIONES.
SIENDO QUE AL DIA DE HOY DICHO INMUEBLE NO SE ENCUENTRA LIQUIDADO, ENCONTRANDOSE LA HIPOTECA DEBIDAMENTE REGISTRADA EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO, BAJO EL FOLIO REAL NUMERO 90212, MISMO INMUEBLE QUE SE ADQUIRIO MEDIANTE CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO, CELEBRADO ANTE LA FE DEL NOTARIO PUBLICO NUMERO 9 DE ESTA CIUDAD, OBRANTE EN PRIMER TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PUBLICA NUMERO 95928 DEL VOLUMEN 2237 DE FECHA 09 DE ABRIL DEL 2014, DOCUMENTAL PUBLICA QUE ANEXO A LA PRESENTE RECONVENCION EN ORIGINAL.
EN EL MISMO ORDEN DE IDEAS, DICHO INMUEBLE, SERA ESCRITURADO HASTA QUE SE PAGUE EN SU TOTALIDAD, QUE ME COMPROMETI A PAGAR A UN PLAZO DE 15 AÑOS APARTIR DEL CONTRATO DE APERRTURA DE CREDITO ANTES REFERIDO DE FECHA 09 ABRIL DEL 2014, MISMO QUE ME ENCUENTRO PAGANDO AL DIA DE HOY, DESCONTANDOSE DE MI SUELDO LA CANTIDAD APROXIMADA DE $547.47 (SON QUINIENTOS CUARTENTA Y SIETE PESOS MENSUALES 47/100), PAGANDO MENSUALMENTE $2,189.88 (SON DOS CIENTO OCHENTA Y NUEVE PESOS MENSUALES 88/100), QUE MULTIPLICADOS POR 12 MESES ARROJA LA CANTIDAD DE 26,278.56 (SON VEINTISEIS MIL DOCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS, MONEDA NACIONAL 56/100), RESTANDO AL MES DE MARZO DE ESTE AÑO DOCE AÑOS PARA FINIQUITAR EL PAGO TOTAL DE DICHO INMUEBLE, ES DECIR $26,278.56 (ANUALIDAD) x 12 (AÑOS INSOLUTOS) = $315,342.72 (TRECIENTOS QUINCE MIL TRECIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS, 72/100) CANTIDAD ADEUDADA AL MES DE MARZO DEL 2017, CANTIDAD QUE RESTA PAGAR DE LA ADQUISICION DE DICHO INMUEBLE, POR LO QUE ANEXO A LA PRESENTE RECONVENCION DOS ULTIMOS RECIBOS DE PAGO DE NOMINA DONDE OBRA LA CANTIDAD DESCONTADA DEL SUELDO DEL SUSCRITO DE MI FUENTE LABORAL.
ASI MISMO LA PARTE RECONVENIDA REFIERE EN LA DEMANDA INICIAL QUE ABANDONO EL DOMICILIO COYUGAL EN EL AÑO 2015 Y NO HA REGRESADO AL MISMO, ES DECIR A INCUMPLIDO EN APORTAR A LA SOCIEDAD CONYUGAL SU PARTE PROPORCIONAL QUE LE CORRESPONDE, MANIFESTANDO EL SUSCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE ABANDONO EL DOMICILIO CONYUGAL EN EL MES DE JULIO DEL 2015, POR LO QUE SOLICITO ME REINTEGRE LA CANTIDAD DE LOS MESES PAGADOS TOTALMENTE POR EL SUSCRITO DESDE EL MES DE
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