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LOS PRINCIPALES EFECTOS ECONOMICOS QUE PRODUCEN LAS CONTRIBUCIONES

Enviado por   •  29 de Octubre de 2018  •  7.403 Palabras (30 Páginas)  •  536 Visitas

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-Son desproporcionales

-Se trata de salvaguardar la producción nacional.

-Se encuentran en el Diario Oficial Federal.

-Están establecidas cuantitativa y cualitativas en un reglamento.

-Si generan créditos Fiscales art. 4 C.F.F.

OBLIGACIONES.

Concepto: aquellas que se establecen como el vínculo entre un S. Activo (Edo) y un S. Pasivo (Contribuyente), en donde se va a materializar la relación jurídico tributaria entre estos dos para establecer los tipos de obligación.

Tipos de obligación:

- De Hacer: obligación de llevar contabilidad, darse de alta en el RFC.

-De NO Hacer: Cambiar de domicilio fiscal y no avisar a la autoridad; el no traer las facturas de exportación e importación

-De Dar: Dar una parte proporcional de los ingresos al Edo.

SUJETO ACTIVO (EDO).

El art. 31 fracc. IV Const. Establece que el sistema fiscal mexicano estará establecido en los 3 sujetos de la obligación contributiva que son:

-La federación.

-Los Estados o entidades Federativas.

-Los municipios.

Los órganos facultados para exigir el cumplimiento de la obligación Contributiva: son aquellos entes autorizados por las leyes respectivas, cuando se hayan causado o realizado los hechos o situaciones jurídicas como generadoras de la obligación contributiva.

ÓRGANOS FACULTADOS FEDERALES:

1.- La SHCP.

2.- El IMSS.

3.- El ISSSTE.

4.- El Instituto Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

5.- El Instituto Nacional para las fuerzas Armadas Mexicanas.

ÓRGANOS FACULTADOS ESTATALES:

1.- Las Secretarias de Finanzas y Tesorerías.

2.- Las Delegaciones de dichas secretarias.

ÓRGANOS FACULTADOS MUNICIPALES:

1.-Las tesorerías.

2.- Las delegaciones de las tesorerías de los municipios.

Obligación principal de los S. Activos: es la de recaudar o percibir el producto de las contribuciones por conducto de los órganos debidamente facultados para ello que son las oficinas exactoras o recaudadoras.

Servicio de Administración Tributaria (SAT).

15 de Dic. De 1995 se púbico en el D.O.F. la ley del SAT, la cual entro en vigor el 1 de Julio de 1997, la cual vino a sustituir las funciones de la Subsecretaria de Ingresos de la SHCP, creándose un organismo que sirviera exclusivamente para recaudar.

Naturaleza y Objeto del SAT.

Naturaleza: Es un organismo desconcentrado de la SHCP con el carácter de autoridad fiscal.

Objeto: la realización de una actividad estratégica del Edo., consistente en la determinación, liquidación y recaudación de contribuciones, productos, aprovechamientos federales y de sus accesorios para el funcionamiento del gasto público.

Atribuciones y facultades del SAT:

1.- Recaudar las contribuciones y sus accesorios.

2.- Dirigir los servicios aduanales y de inspección y los operadores en materia de comercio Exterior.

3.- Dirigir y vigilar el debido cumplimiento de las disposiciones fiscales y aduaneras, y en su caso ejercer las facultades de comprobación previstas en la ley.

4.- Representar el interés de la Federación en controversias fiscales.

5.- Determinar, liquidar y recaudar las contribuciones, aprovechamientos federales cuando lo establezcan los Tratados Internacionales.

6.- Ejercer las Contribuciones y obligaciones en materia de coordinación Fiscal.

7.- Vigilar y asegurar el debido cumplimiento de los Tratados Internacionales de los que México sea parte.

8.- Participar en la negociación de los T. I. el ejecutivo en materia Fiscal, Aduanera y Comercio Exterior.

9.- Proporcionar bajo el principio de reciprocidad la asistencia que le solicite instancias supervisoras y reguladoras de otros países con los cuales se tenga convenios o T.I.

10.- Fungir como órgano del Gobierno Federal en materia Fiscal y Aduanera.

11.- Localizar y listar a los contribuyentes con el objeto de ampliar y mantener actualizado el RFC.

12.- Todas las demás que sean necesarias para llevar a cabo un buen cumplimiento de las leyes, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.

ORGANOS DEL SAT.

1.JUNTA DE GOBIERNO.

- Integrada por el Secretario de Hacienda que la presidirá.

- Dos representantes de la SHCP designados por el titular de la dependencia.

-Presidente del SAT.

- Dos titulares de las Unidades Administrativas del SAT de nivel inmediatamente inferior al presidente designado por el Presidente.

2.- PRESIDENTE DEL SAT.

3.- UNIDADES ADMINISTRATIVAS QUE ESTABLEZCA.

SUJETO PASIVO (CONTRIBUYENTE).

Persona física o moral, mexicana o extranjera que de acuerdo con las leyes fiscales está obligada a pagar contribuciones.

Obligación Contributiva: es el vínculo en virtud del cual el Estado denominado S. Activo, exige a un S. Pasivo el cumplimiento

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