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La Sentencia - Actividad de derecho

Enviado por   •  31 de Octubre de 2018  •  1.359 Palabras (6 Páginas)  •  451 Visitas

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4.3 CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN ARGENTINA

ARTÍCULO 620. SENTENCIA:

La sentencia que admitiere la demanda dispondrá la suspensión definitiva de la obra o, en su caso, su destrucción y la restitución de las cosas al estado anterior, a costa del vencido.

4.4 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL DE COLOMBIA

ARTÍCULO. 302.- CLASES DE PROVIDENCIAS.

Las providencias del juez pueden ser autos o sentencias; son sentencias las que deciden sobre las pretensiones de la demanda o las excepciones que no tengan el carácter de previas, cualquiera que fuere la instancia en que se pronuncien, y las que resuelven los recursos de casación, revisión y son autos todas las demás providencias, de trámite o interlocutorias.

- NATURALEZA JURÍDICA Y CARACTERÍSTICAS DE LA SENTENCIA.

Como acto jurídico procesal, es aquella resolución que emana de los Magistrados y mediante la cual se decide la causa o punto sometido a su conocimiento o se resuelven las pretensiones de las partes o se disponen medidas procesales.

La sentencia como acto jurídico procesal: es una operación mental analítica y crítica y como documento la sentencia, es la pieza procesal escrita y suscrita por el Juez que contiene el texto de la decisión emitida.

Como documento público, debe cumplir una serie de requisitos exigidos por la ley para que tenga: validez, eficacia y fuerza vinculatoria. Pero, hoy en día no sólo se considera como simple operación lógica, sino como un acto procesal del Juez que incluye diversas actividades afines.

a) La primera operación mental del Juez está relacionada con la demanda, se trata de saber si en el primer plano de examen, la pretensión en ella contenida debe ser amparada o rechazada. Luego se examinará si el material suministrado en el expediente es suficiente para amparar una decisión; en caso que no existan los elementos necesarios y no tenga la certeza debida el Juez, puede ordenar medios probatorios de oficio.

b) En segundo lugar, el Juez hace un examen analítico-crítico de los hechos.

Es decir que el Juez está frente a un conjunto de hechos narrados por las partes; así como las pruebas que las partes han producido para demostrar sus afirmaciones. En esta operación analítico-crítica, el Juez compulsa los documentos, escucha a los testigos, busca el parecer de los especialistas, saca conclusiones de los hechos conocidos construyendo por conjeturas los desconocidos; y como un historiador, el Juez reconstruye los hechos pasados que dieron lugar al conflicto.

Luego de reconstruidos los hechos, el Juez hace un diagnóstico para determinar el derecho que corresponde; esto se le conoce como la SUBSUNCIÓN, que viene a ser el enlace lógico de una situación particular, específica y concreta, con la previsión abstracta, genérica e hipotética contenida en la ley.

CONCLUSIONES

Todo proceso tiene una meta, persigue un fin y esta es la sentencia, es la forma normal de determinar la instancia o el proceso, desde la demanda hasta los alegatos ya sea de un proceso sumarísimo, de conocimiento o abreviado, lo único que se busca es obtener una decisión judicial.

De esta manera se puede afirmar que La sentencia es el acto jurídico procesal más importante que realiza el Juez. A través de ella, el Juez resuelve el conflicto de intereses e incertidumbre con relevancia jurídica aplicando el derecho que corresponde al caso concreto, incluso en atención a la instancia en que se expida, la sentencia puede ser la que ponga fin al proceso si su decisión es sobre el fondo.

La sentencia como acto jurídico procesal: es una operación mental analítica y crítica y como documento la sentencia, es la pieza procesal escrita y suscrita por el Juez que contiene el texto de la decisión emitida.

La primera particularidad a destacarse respecto de la elaboración de una decisión judicial, es que se trata de un acto solitario. Para su realización, el juez históricamente siempre ha buscado apoyos. Estos han sido los antecedentes o la ley, a pesar de lo cual, él no deja de ser absolutamente responsable de sus decisiones.

BIBLIOGRAFÍA

Manuel Ossorio, Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales 2006, p. 878.

ALEJANDRO GUZMÁN BRITO y OTROS, La función judicial, Buenos Aires, Editorial Depalma, pág. 203.

https://es.slideshare.net/mynorchacon18/diccionario-de-manuel-osorio-derecho

http://www.tfja.mx/investigaciones/historico/pdf/lassentencias.pdf

http://facultad.pucp.edu.pe/derecho/wp-content/uploads/2015/03/material2014.pdf

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