El derecho como Objeto de la Actividad Humana
Enviado por Ensa05 • 27 de Octubre de 2017 • 3.987 Palabras (16 Páginas) • 4.788 Visitas
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Objetos ideales: Constituyen otro gran sector del mundo objetal. La palabra “ideales” no significa que se trata de unos objetos de mayor dignidad o jerarquía que otros, sino que forman un grupo de características muy peculiares. Son objetos ideales, por ejemplo, los números, las figuras geométricas, las relaciones, los conceptos, entre otros.
- Caracteres:
- Son irreales en el sentido de inespaciales e intemporales.
“Los objetos ideales “no existen”, pero “son” porque “consisten” en algo y por tal razón podemos decir algo de ellos”
Así, llegamos al ejemplo de la esfera, podemos decir que consiste en una figura geométrica, que tiene volumen, es cerrada y que todos sus puntos equidistan de uno llamado centro.
- No existen en la experiencia sensible o externa, ya que es imposible percibirlos por los sentidos.
- Carecen de sentido, como ocurre con los objetos naturales. No es preciso captar en ellos ningún sentido especial para conocerlos bien.
Objetos metafísicos: El cuarto sector del mundo objetal esta constituido por los objetos metafísicos. Aunque estos objetos sean reales (ya que de ellos puede afirmarse su existencia espacial y temporal, vgr. De Dios puede decirse que es eterno y que está en todas partes), sin embargo no están en la experiencia, ya que no es posible percibirlos por los sentidos, es decir, no son científicamente comprobables.
- Disciplinas Jurídicas
Tras estas nociones previas, pasamos ahora al estudio de las disciplinas jurídicas.
Una parte de la realidad con la que el hombre se enfrenta es el Derecho. Por tratarse de un objeto de estudio tan rico de contenido, tan extenso y complejo, es natural que, para saberlo y dominarlo, el ingenio humano haya creado una serie de disciplinas jurídicas. Algunas de ellas estudian el Derecho en su totalidad, integralmente, aunque de distintas perspectivas.[pic 1]
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Trataremos de ellas a continuación:
- La Filosofía del Derecho:
Constituye una parte de la filosofía general.
- Filosofía general. Ha sido definida por ortega y Gasset como:
“el saber autónomo y pantónomo, animado por una apetencia radical de integridad, como ciencia universal absoluta”
En efecto, saber autónomo significa “saber sin supuestos”, que no depende de otro, la cual ocurre precisamente porque llega hasta las últimas causas o razones más elevadas de las cosas; saber pantónomo es lo mismo que “saber totalitario o integral”, o sea, que pretende dar una visión completa del mundo y de la vida como ciencia universal y absoluta.
- Filosofía del Derecho: Se define como
“La inquisición metódica de lo jurídico en su realidad universal por sus últimas razones o fundamentos”
Como ciencia autónoma no apareció sino hasta muy recientemente, en 1797, con el libro titulado “Tratado de Derecho Natural o de Filosofía del Derecho” de GUSTAVO HUGO.
Casi todos los autores coinciden en que la Filosofía del derecho comprenden, por lo menos, estos temas fundamentales:
Primero, la ontología jurídica o problema de la esencia del Derecho. Se trata de saber que es el derecho y precisar su concepto.
Segundo, la gnoseología jurídica o problema del conocimiento del derecho. Analizar el valor y posibilidades de nuestro conocimiento, o sea, si podemos alcanzar una noción exacta del derecho; y, además, el objeto del conocimiento jurídico.
Tercero, la deontología o estimativa, que trata el problema del “fin o ideal” del derecho. Son investigaciones “valorativas” que no son admitidas por todas las escuelas. [pic 15]
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- Ciencia del Derecho
- Ciencia en general (sentido restringido). Como hemos indicado anteriormente, por debajo del saber filosófico se coloca el conocimiento científico que estudia el por-qué inmediato de los fenómenos y, construye los sistemas que permiten establecer conceptos y leyes en torno al orden de las cosas y de los hechos.
- Ciencia del Derecho. En el derecho ocurre lo mismo. La ciencia del derecho estudia el orden jurídico en su integridad, pero con un espíritu más próximo o inmediato de los hechos y se ocupa únicamente del derecho positivo.
A la ciencia del derecho se le asigna, principalmente, el estudio de los siguientes temas:
- Los elementos del derecho y de los problemas que se vinculan a cada uno de ellos.
- La técnica jurídica, tanto en lo que se refiere a la elaboración de las normas como en lo relativo a su aplicación e integración.
- El problema de las fuentes del derecho.
- Historia del derecho
La historia del derecho constituye una parte de la historia general
- Historia. Según la concepción tradicional, se suele definir como
“la narración de los sucesos ocurridos en el pasado”
Pero esta definición no nos convence del todo por dos razones: primera, porque es demasiado amplia ya que el pasado abarca tanto la historia natural como la civil.
- Historia del Derecho
“Es el estudio crítico y constructivo cuyo objeto lo forman los sistemas jurídicos del pasado, en todo el mundo o en una sociedad determinada y cuyo fin es la reconstrucción del mismo pasado jurídico a partir de documentos escritos y no escritos”
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