Essays.club - Ensayos gratis, notas de cursos, notas de libros, tareas, monografías y trabajos de investigación
Buscar

La protección de la biodiversidad biológica mexicana

Enviado por   •  4 de Diciembre de 2017  •  15.032 Palabras (61 Páginas)  •  345 Visitas

Página 1 de 61

...

ANTECEDENTES HISTÓRICOS.

En México los antiguos habitantes relacionan las practicas cinegéticas con manifestaciones de carácter ritual representados simbólicamente, el dios de la caza era Mixcóatl Camaxtli, motivo de grandes y opulencias celebraciones periódicas. El código civil para el distrito federal de 1870, una de las primeras disposiciones típicamente proteccionistas de los derechos individuales y de la propiedad privada de la tierra. En el artículo 833 y 834, que prevenían el ejercicio de derecho de caza libremente en terrenos públicos, no podía en propiedades particulares.

Clasifica a los animales silvestres como bienes mostrencos de utilidad marginal, es decir aquellos que concedían derechos a una recompensa para quien los encontrase o los descubriese

En el código civil de 1928 disponía la presunción del dueño de un terreno, para apropiarse de los animales que se hallaren en su predio.

Se advertía, que tratándose de un lugar público era necesario el consentimiento dl propietario y el permiso para la cacería de las especies faunísticas

La razón por la cual la administración federal invadió este campo, atribuyéndose la facultad reglamentaria en materia de caza, no solo en bosques y terrenos baldíos.

FAUNA SILVESTRE

Son las especies animales, que subsisten sujetas a los procesos de selección natural y que se desarrollan libremente, incluyendo sus poblaciones menores que se encuentran bajo control del hombre, así como los animales domésticos que por abandono se tornen salvajes y por ello se susceptibles de captura y apropiación .

Toda la república mexicana comprendiendo al distrito federal, los estados, y las islas son hábitat de las especies animales como una importante fuente de riqueza, son recursos naturales renovables.

RECURSO NATURAL

En la naturaleza existen actualmente animales silvestres que son utilizados potencialmente por el hombre, como un complemento de su alimentación; o bien siendo elementos protectores de ganados o cultivos; como blanco para la actividad cinegética; además de comercializar con ellos

Todo aquello que existe en la naturaleza actual y potencialmente utilizable por el hombre.

RECURSO RENOVABLE

Aquellos que por producirse y renovarse, pueden usarse indefinidamente, en la única precaución de no exceder sus posibilidades.

Articulo 27 tercer párrafo: la nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés, así como el de regular en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación

En el código civil de 1870 se prevenía la libertad del derecho de casa en terrenos públicos, debido a que regía el principio de que los animales eran considerados res nullius (sin dueño)

Se consideraba propietario por ocupación el cazador que se apoderaba de su presa (art 836) pero para lograrlo necesita obtener un permiso de caza, se le otorgaba conforme a los reglamentos de policía (art. 834)

El 28 de agosto de 1940 se publicó la primera ley de caza, expedida bajo el régimen del general Lázaro Cárdenas, constituida por cinco capítulos y 25 artículos. En ellos se proclamaba la conservación, restauración y propagación de los animales silvestres útiles al hombre, sin embargo subsistía en esta ley, las autorizaciones para la cacería comercial.

El 5 de enero de 1952 se expidió la nueva ley de caza , consta de once capítulos desarrollados en 40 artículos , mas tres transitorios , en su artículo tercero deja de marcar el termino de que los animales libres son res nullius, son bienes sin dueños, declarándolo propiedad de la nación.

Correspondía a la secretaria de agricultura y ganadería de aquella época, autorizar el ejercicio de la caza y la apropiación de sus productos, actualmente este función a la secretaria del medio ambiente, recursos naturales, como lo establece el artículo 32 bis fracción XIX de la LOAPF

Por la reforma del 30 de noviembre de 2000, es la secretaria de medio ambiente y recursos naturales (SEMARNAT) la encargada de la protección de la flora y la fauna silvestre, según lo dictado en el artículo 32 bis de la ley orgánica de la administración pública federal.

La Secretaria de Agricultura Ganadería y Desarrollo Rural, en el artículo 35 fracciones XII y XX no habla de una participación junto con la SEMARNAT.

XII. Participar junto con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la conservación de los suelos agrícolas, pastizales y bosques, y aplicar las técnicas y procedimientos conducentes;

XX. Participar, junto con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en la promoción de plantaciones forestales, de acuerdo con los programas formulados y que competa realizar al Gobierno Federal, por sí o en cooperación con los gobiernos de los estados, municipios o de particulares;

Es necesario obtener un permiso de caza, el cual se solicita generalmente por los miembros de clubes o asociaciones de cazadores, registradas ante la secretaria del ramo. La persona titular de un permiso estará obligada a exhibirlo ante las autoridades civiles o militares, que los requieran.

El 12 de marzo de 1971, se publica la ley federal para Prevenir y Controlar la contaminación ambiental, significativa porque sus acciones van dirigidas al mejoramiento del hábitat animal en general.

La ley orgánica de la administración pública federal publicado en el diario oficial de la federación el día 29 de diciembre de 1976, estipula la competencia de las secretarias de estado mencionadas, en relación con la materia de caza.

La ley federal de protección al ambiente del 11 de enero de 1988 es el antecedente inmediato de la ley general del equilibrio ecológico y protección al ambiente. Cuyo objeto es establecer normas para la conservación, protección, preservación, mejoramiento y restauración de los recursos que integraban el ambiente, al igual de proteger las aéreas naturales flora y fauna silvestre y acuática.

La ley forestal del 22 de diciembre de 1992 regula el aprovechamiento del habitad de la fauna silvestre debido a que en México existe una gran diversidad de de recursos faunísticos 6 se ha desencadenado serio problemas tales como: la actividad cinegética sin control, el comercio ilegal de las especies,

...

Descargar como  txt (99.4 Kb)   pdf (424.3 Kb)   docx (61.5 Kb)  
Leer 60 páginas más »
Disponible sólo en Essays.club