La transicion REGLAMENTO DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL
Enviado por klimbo3445 • 18 de Diciembre de 2018 • 1.728 Palabras (7 Páginas) • 363 Visitas
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CAPITULO No 5
DE LAS FUNCIONES DE LOS DIRECTIVOS
Articulo # 5
Son funciones del Coordinador:
- Aplicar las disposiciones del presente reglamento interno.
- Dirigir y Coordinar las reuniones del trabajo según la calendarización establecida.
- Firmar documentos de equipo.
- Velar que todos los integrantes del equipo cumplan con las funciones establecidas.
- Informar del balance de las actividades propuestas conforme al cronograma de actividades a las autoridades correspondientes.
- Respetar las opiniones de sus compañeros de equipo y cultivar las buenas relaciones.
- Hacer el llamado de atención correspondientes, oral, en equipo o escrito según la pertinencia del caso.
- Delegar funciones a los demás integrantes del equipo.
- Aplicar el doble del voto en caso de empate.
- Supervisar el uso adecuado del uniforme de práctica docente.
- Conciliar las diferencias y cultivar las buenas relaciones.
Son funciones del subcoordinador:
- Sustituir al coordinador en caso de que esté ausente por causa justificada.
- Colaborar con el coordinador en las actividades asignadas.
- Hacer sugerencias al coordinador para que el trabajo de práctica Docente se realice.
- En caso de ausencia permanente del coordinador tomar su lugar.
- Supervisar el uso adecuado del uniforme de práctica Docente.
Son funciones de la secretaria:
- Lleva registro de las decisiones tomadas por el consejo del equipo.
- Llevar un registro y control de los actos de sesiones.
- Tomar nota de los acuerdos y resoluciones del equipo y hacerlo de conocimiento público cuando sea necesario.
- Transcribir los informes y demás manuscrito que el equipo redacte.
- Enviar las convocatorias para sesionar.
- Llevar el control de asistencia de los miembros del equipo de práctica docente.
- Llevar un control y lectura de correspondencia.
- Solucionar al Tesorero (a) los materiales necesario en la Práctica Docente.
Son funciones del Tesorero:
- Implementar un fondo para la realización de la práctica docente.
- Llevar un libro de cuentas de egresos y ingresos.
- Recibir y controlar cuotas, multas y aportaciones del equipo de práctica docente.
- Manejar la caja chica.
- Dar informes periódicos de los ingresos y egresos.
- Al finalizar el periodo de Práctica dar un informe detallado de los ingresos y egresos realizados.
- Pasar copia al fiscal.
- Elaborar los distintos Presupuestos.
- Archivar comprobante de ingresos y egresos.
Son funciones del fiscal:
- Fiscalizar los ingresos y egresos
- Llevar un control de las actividades económicas del equipo.
- Controlar la asistencia del grupo.
- Controlar la puntualidad e la asistencia a reuniones y cuotas económicas previamente establecidas
- Aplicar sanciones correspondientes.
Son funciones de los vocales:
- Reemplazar las funciones de cada uno de los miembros que integran la Directiva en caso de ausencia.
- Apoyar en todas las actividades planificadas.
CAPITULO VI
DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS MIEMBROS QUE INTEGRAN EL GRUPO DE PROFESORES PRACTICANTES
Articulo # 6
Son deberes de los profesores practicantes:
- Asistir puntualmente al centro de práctica asignado.
- Planificar el trabajo docente a realizar en dicho centro educativo.
- Cumplir con las actividades que se le asigne en relación a su práctica docente.
- Asistir puntualmente a sus labores y sesiones de trabajo a que se han convocados por las autoridades del centro educativo o profesores de práctica docente y coordinador de equipo.
- Informar a las autoridades centro de práctica, a profesor de práctica docente y al profesor titular del avance educativo de sus alumnos y de los trabajos a ellos encomendados.
- Planificar el trabajo docente a realizar con una semana de anticipación en el caso de los planes diarios de clase.
- Entregar al profesor titular los cuadros de calificación parcial y finales de los alumnos a su cargo.
- Respetar las opiniones de los demás miembro del equipo de practica
- Presentar excusa al asesor de práctica y al titular por lo menos con ocho horas de anticipación, cuando por razones justificadas no puedan asistir a sus labores.
- En caso de retirarse de la práctica, notificar a las autoridades correspondientes por escrito con dos semanas de anticipación.
Articulo # 7
Son derechos de los profesores practicantes:
- Recibir asesoría concerniente a la práctica docente en aspectos científicos, metodológicos, clínicos administrativos del proceso de práctica docente y de los titulares respectivos.
- Solicitar ante el departamento
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