Legislación boliviana sobre el Convenio Arbitral
Enviado por Christopher • 1 de Mayo de 2018 • 1.833 Palabras (8 Páginas) • 359 Visitas
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corresponda.
Sobre esta autonomía la Ley No. 708 establece:
Artículo 44. (AUTONOMIA DE LA CLÁUSULA ARBITRAL O CONVENIO
ARBITRAL).
l. Toda cláusula arbitral o convenio arbitral que forme parte de un contrato, se
considera como un acuerdo independiente y autónomo con relación a las demás
estipulaciones del mismo.
II. La nulidad o anulabilidad, ineficacia o invalidez del contrato no afectará a la
Cláusula Arbitral o al Convenio Arbitral.
3. EXCEPCION DE ARBITRAJE:
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¿Que implica la existencia de una cláusula arbitral o de un convenio arbitral?
La Ley No. 708 al respecto precisa:
Artículo 45. (EXCEPCIÓN DE ARBITRAJE). l. La existencia de una cláusula
arbitral o convenio arbitral, importa la renuncia de las partes a iniciar proceso
judicial sobre controversias sometidas a arbitraje.
II. La autoridad judicial que tome conocimiento de una controversia sujeta a
cláusula arbitral o convenio arbitral, debe inhibirse de conocer el caso, cuando lo
solicite la parte judicialmente demandada. En este caso, dicha parte puede oponer
excepción de arbitraje en forma documentada, de acuerdo a normativa procesal
vigente. La excepción será resuelta sin mayor trámite, mediante resolución
expresa.
III. Constatada la existencia de la cláusula arbitral o convenio arbitral y sin lugar a
recurso alguno, en el marco de la presente Ley, la autoridad judicial competente
podrá:
1. Declarar probada la excepción de arbitraje, o
2. Pronunciarse sobre la nulidad o ejecución imposible de la cláusula arbitral o del
convenio arbitral, desestimando la excepción de arbitraje.
IV. No obstante de haberse entablado acción judicial, se podrá iniciar o proseguir
las actuaciones arbitrales y dictar laudo arbitral mientras la excepción esté en
trámite ante la autoridad judicial.
4. RENUNCIA AL ARBITRAJE
Hemos dicho que uno de los principios en el cual se basa el proceso de arbitraje
es el de la voluntariedad de las partes, lo que significa que así como las partes
deciden a conciencia ir al proceso de arbitraje así mismo tienen la vía de renunciar
al mismo.
Sobre este tema la Nueva Ley No. 708 indica:
Artículo 46. (RENUNCIA AL ARBITRAJE). l. La renuncia al arbitraje será válida
únicamente cuando concurra la voluntad de todas las partes, hasta antes del laudo
arbitral, de la siguiente forma:
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1. Renuncia expresa, será mediante comunicación escrita cursada a la o el Árbitro
Único o al Tribunal Arbitral en forma conjunta, separada o sucesiva, en cuyo caso
podrán recurrir a la vía jurisdiccional o a otros medios alternativos de solución de
controversias que consideren convenientes.
2. Renuncia tácita, será cuando una de las partes es demandada judicialmente por
la otra y no opone una excepción de arbitraje conforme la normativa procesal
correspondiente.
II. No se considerará renuncia tácita al arbitraje, el hecho que cualquiera de las
partes, antes o durante el procedimiento arbitral, solicite de una autoridad judicial
competente la adopción de medidas preparatorias de demanda o cautelares, o
que dicha autoridad judicial conceda el cumplimiento de las mismas.
5. REGLAS DE INTERPRETACION:
Como toda regla o norma legal que nace del órgano legislativo y por consiguiente
creación del hombre, constituye una regla general, válida para todo el territorio
nacional, lo que implica que debe de ser entendida o asimilada con claridad, en
este afán el legislador ha querido que los interesados en acogerse a las reglas de
la Ley de Conciliación y Arbitraje deben de tomar en cuenta las reglas de
interpretación que la Ley No. 708 establece:
Artículo 47. (REGLAS DE INTERPRETACION). l. Cuando una disposición de la
presente Ley otorgue a las partes la facultad de decidir libremente sobre una
cuestión determinada, las mismas podrán autorizar a una tercera persona, natural
o jurídica, a que adopte esa decisión.
II. Cuando una disposición de la presente Ley se refiera a un acuerdo de partes
celebrado o por celebrar, se entenderán comprendidas en ese acuerdo todas las
disposiciones del reglamento de arbitraje
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