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MONOGRAFIA - LA PENA DE MUERTE

Enviado por   •  29 de Octubre de 2018  •  3.660 Palabras (15 Páginas)  •  387 Visitas

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Abuso de poder

El general Jorge Ubico Castañeda también se encargó de ejecutar a varios de sus detractores, como pasara el 18 de septiembre de 1934 cuando mandó a fusilar a los ciudadanos Efraín Aguilar Fuentes (amigo de Ubico, aunque ambos tenían diferencias políticas), Juventino Sánchez, Marcelino Ortega, Humberto Molina, Moisés Zamora, y los coroneles Luis Guzmán Ortiz y Rómulo Barrientos, acusados de un intento revolucionario en contra del presidente.

Durante el régimen de Ubico fueron fusilados también: Eduardo Felice Luna, Cayetano Asturias y Juan Emilio Blanco, el 2 de mayo de 1931, encontrados culpables por el asesinato de Mercedes Blanco, el hecho fue conocido como el crimen de la 9a. avenida. En Villa Nueva fue ejecutado en enero de 1932, Braulio Guerra Folgar, por asesinato.

Un crimen sonado durante la época ubiquista fue el llamado crimen del tecomate por el que fueron ejecutados Mauricia Hernández Urbina y Pedro García Gesenahüer en 1939, acusados de envenenar al marido de Hernández Urbina, dándole a beber, en una jícara o tecomate, un brebaje venenoso.

En el último siglo únicamente dos mujeres han sido ejecutadas siendo éstas, la ya mencionada Mauricia Hernández Urbina y Agustina Linares Alvarado, quien fue acusada de haber matado a otra mujer en complicidad con su hijo en los alrededores del Hipódromo del Norte, zona 2. Linares Alvarado fue condenado a la pena capital junto con su hijo, pero ésta fue la única fusilada ya que el otro reo se ahorcó en su celda. La mujer fue fusilada en los patios de la antigua Penitenciaría Central el 24 de junio de 1942

Mientras se mantuvo el régimen de los 14 años, como también se le conoció al gobierno de Ubico, se aplicó la denominada Ley Fuga, la cual permitía matar a un reo que presuntamente se fugaba, sin embargo el abuso de esta medida fue una de las causantes de la caída del régimen. Unos de los casos documentados de aplicación de la Ley Fuga fueron al mecánico Max Aldana González y a Jacobo Sánchez, quienes fueron muertos en los barrancos detrás del Campo de Marte.

Fusilamiento controversial

Una de las ejecuciones más controversiales y polémicas en toda la historia de Guatemala fue la de José Miculax Bux, quien fue fusilado frente al Cementerio General durante el gobierno de Juan José Arévalo, el 18 de julio de 1946. Miculax fue acusado de violar y asesinar por estrangulamiento a 15 niños, y de cometer actos deshonestos contra diez más.

El fusilamiento de Miculax fue toda una ceremonia, pues previo a ser ejecutado, gritó: ¡en tus manos encomiendo mi espíritu! y luego con una sonrisa dibujada en los labios, y los brazos levantados para despedirse de la multitud, recibió la descarga que le quitó la vida. Otro crimen que fue pagado con fusilamiento fue el del pagador del Hospital Nacional, Francisco Arenales Ruiz, quien fue asesinado por el grupo llamado de los Chemas y Coronado.

Por otro lado, por el crimen Studebaker Gris fueron ejecutados César Augusto Olivet, Carlos Humberto Valenzuela y Lizardo Reyes el 3 de febrero de 1952, acusados de haber asesinado a un taxista. El mismo año fueron ejecutados los criminales llamados Panchito Ovando y compañeros acusados por haber asesinado a una familia de apellido Hidalgo, el crimen fue llamado como el de la abarrotería El Torreón.

Los regímenes militares

Las ejecuciones se retoman durante el gobierno de Enrique Peralta Azurdia. El 8 de agosto de 1964 fueron fusilados José Pezzarossi, Delfino Flores, Carlos Juárez y José Manuel López por el asesinato de una niña. El 22 de julio de 1965 fueron ejecutados Marco Tulio Castañeda, Julio René Fernández, Eduardo Ernesto Oliva y Alfonso Humberto Rodas por haber dado muerte a un músico y a un policía.

Por la violación y decapitación de la niña Rosa Elena Ordóñez, llamada Toti de 7 años, fueron ejecutados Jorge Rafael Roldán Godínez y René Ixcajoc Revolorio el 7 de septiembre de 1971. Un año después fueron fusilados David Espinoza y René Galdámez, involucrados en un crimen cometido en las afueras del estadio de Zacapa.

En Pavón, los ex patrulleros de la Policía Nacional, Lauro Alvarado y Marco Tulio Osorio, pagaron con su vida el asesinato de María Ethelvina Flores Herrera y por el homicidio en grado de tentativa de Luis Felipe Martínez Alonzo el 16 de marzo de 1975. Un mes después fueron ejecutados también David Espinoza y René Galdámez. En mayo del mismo año fueron ejecutados Rocael Orlando Ortiz y Héctor Abel Alvarado por asesinato.

Durante el régimen del general golpista Efraín Ríos Montt se constituyeron los tribunales de fuero especial en los que fueron condenadas a muerte un total de 15 personas, entre las que se pueden mencionar a: Carlos Tino y J. Vargas Aldana en 1982 por asesinato; Carlos Subuyuc Cuey y Pedro Raxón Tepet, el 3 de marzo de 1983 acusados por delitos contra la seguridad nacional y terrorismo, la ejecución de estos reos provocó la condena del Papa Juan Pablo II quien visitó Guatemala dos días después y había pedido el indulto, esta actitud fue tomada como un desaire en contra del Pontífice por parte de Ríos Montt, quien además de tener la jefatura de Estado de facto era líder de una iglesia evangélica.

En tiempos de paz

Los últimos ejecutados por medio del fusilamiento fueron los reos Pedro Castillo Mendoza y Roberto Girón, teniendo lugar el 13 de septiembre de 1996 tras un tortuoso camino jurídico en el que los acusados llegaron a pedir el indulto al presidente Álvaro Arzú, sin embargo la sentencia final fue desfavorable para ambos ya que fueron encontrados culpables de haber asesinado a la niña Sonia Marisol Álvarez.

La ejecución de Castillo Mendoza y Girón tuvo amplia cobertura mediática tanto de medios nacionales e internacionales. Días después en el Congreso se presentó una iniciativa de ley para sustituir el fusilamiento por la inyección letal y así evitar el sensacionalismo y el morbo de acuerdo con los diputados ponentes del proyecto.

La iniciativa propuesta fue finalmente aprobada el 30 de octubre de 1996 y se conoce como el Decreto 100-96 aprobado por el Congreso de la República y desde entonces las ejecuciones deben aplicarse por medio de la inyección letal.

El primer reo ejecutado bajo la modalidad de la inyección letal fue Manuel Martínez Coronado el 10 de febrero de 1998, a quien le fue aplicada una dosis letal, dando cumplimiento a la sentencia de muerte impuesta en su contra por haber masacrado a siete integrantes de una familia en el

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