Noción y Definición de Nacionalidad
Enviado por Ledesma • 11 de Marzo de 2018 • 844 Palabras (4 Páginas) • 379 Visitas
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Ius Optandi, o derecho de optar, es el poder de optar a una nacionalidad distinta de la que se ostente, tiene lugar cuando la persona puede escoger entre dos o más nacionalidades originarias.
El Ius domicili o derecho en razón del domicilio, es aquella forma primitiva de hacer nacionales suyos aquellos que se encuentren domiciliados dentro de su territorio.
La Naturalización, Doble Nacionalidad, Doble Ciudadanía, Apátridas, Perdida y Readquisición de la Nacionalidad.
La Naturalización es otra forma de obtener la nacionalidad de un país; esta modalidad también es conocida como nacionalidad adquirida o por adopción. Por razón de la naturalización, una persona adquiere la nacionalidad de otro Estado, en el cual no ha nacido ni hay lazos de origen a través de su voluntad y mediando el cumplimiento de ciertos requisitos que le impone el Estado.
La Doble Nacionalidad consiste en la concurrencia de dos nacionalidades en una misma persona; tiene como consecuencia la existencia de un doble vínculo jurídico. La persona con doble nacionalidad es, a un tiempo, nacional de dos países, gozando de la plena condición jurídica de nacionales de ambos Estados.
La Doble Ciudadanía es la condición de ser ciudadano de dos naciones, también es llamada doble nacionalidad.
El Apátrida es aquella persona que carece de nacionalidad. Esto puede ocurrir por renuncia, sin adquisición de una nueva nacionalidad o puede ocurrir que nunca la tuvo. Otro caso sería el que tuvo una nacionalidad y la perdió. El apátrida es una persona sin derechos, ya que no es ni ciudadano ni extranjero.
La Nacionalidad en Derecho Dominicano
Según la constitución dominicana en su artículo 18, hay siete formas de adquirir la nacionalidad, aquí se plantea que son dominicanas y dominicanos:
1) Los hijos e hijas de madre o padre dominicanos (Ius Sanguinis);
2) Quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes de la entrada en vigencia de esta Constitución;
3) Las personas nacidas en territorio nacional, con excepción de los hijos e hijas de extranjeros miembros de legaciones diplomáticas y consulares, de extranjeros que se hallen en tránsito o residan ilegalmente en territorio dominicano (Ius Solis);
4) Los nacidos en el extranjero, de padre o madre dominicanos, no obstante haber adquirido, por el lugar de nacimiento, una nacionalidad distinta a la de sus padres (Doble Nacionalidad);
5) Quienes contraigan matrimonio con un dominicano o dominicana, siempre que opten por la nacionalidad de su cónyuge y cumplan con los requisitos establecidos por la ley (Ius Optandi);
6) Los descendientes directos de dominicanos residentes en el exterior;
7) Las personas naturalizadas, de conformidad con las condiciones y formalidades requeridas por la ley (Naturalización).
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