Normativa para justificar inasistencias
Enviado por Sara • 27 de Febrero de 2018 • 937 Palabras (4 Páginas) • 612 Visitas
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Art.11º El justificante no es válido para justificar faltas registradas por retardo. En
ningún caso el docente tiene obligación de darle al alumno fechas de
sus inasistencias, ya que esto se tomará como intento de engaño por parte
este último.
Art. 12º El justificante expedido por el colegio no tiene costo para el alumno. No
se extenderá justificante alguno a los alumnos que no estén al corriente
en sus colegiaturas.
Art.13º El justificante tiene una validez de setenta y dos horas a partir de su
fecha de expedición. Queda bajo la responsabilidad del alumno reco-
ger y presentar en tiempo y forma su justificante.
CAPITULO IV
DE LOS DERECHOS DEL ALUMNO
Art. 14º Todo alumno del Colegio Gastronómico Internacional y que esté al corriente de sus pagos tiene derecho a justificar sus faltas por causa de enfermedad hasta por dos días en el periodo lectivo comprendido entre cada examen parcial del cuatrimestre que esté cursando; esto es, por cada 3 semanas de clases tiene derecho a justificar hasta 2 faltas sin rebasar el límite de 7 en el cuatrimestre.
Art. 15º El alumno tiene derecho a presentar un comprobante médico para justificar su (s) inasistencia (s) hasta en un plazo de 1 día hábil bajo las
condiciones que establece el artículo 6º y 7º de este reglamento.
Art. 16º El alumno tiene derecho a solicitar en forma escrita un justificante de
su (s) inasistencia (s) firmado y sellado por el Director Académico. Esto
siempre y cuando esté al corriente de sus pagos.
Art. 17º El alumno tiene derecho a que le sea (n) justificada (s) sus faltas por parte de los maestros, siempre y cuando muestre su justificante expedido
por el Director Académico del colegio en el que esté cursando sus estudios. Salvo en los casos que marcan los artículos 10 y 11.
Art. 18º El alumno tiene derecho a denunciar las situaciones anómalas que se
puedan presentar con respecto a la negación de justificación de faltas
o expedición del justificante por parte de cualquier docente o
personal académico del plantel en el que estudie.
CAPITULO IV
DE LAS OBLIGACIONES
Art. 19º El alumno está obligado a:
a) Presentar en tiempo y forma su comprobante médico para justificar su s)
falta(s).(NO RECETA)
b) Solicitar en tiempo y forma su justificante de faltas.
c) Proporcionar una copia del justificante a cada maestro de la (s) materia
- a la (s) que no asistió.
d) Aceptar y acatar las disposiciones de este reglamento y cualquier otra que la Dirección Académica decrete al respeto.
e) Es obligación y responsabilidad del alumno justificar en tiempo y forma sus inasistencias y no es responsabilidad de la institución si por negligencia o descuido de él pierde los derechos a exámenes ordinarios o extraordinarios.
TRANSITORIOS
Art. 20º Los casos no previstos en el presente reglamento serán turnados y
Resueltos por el Consejo Escolar del Colegio Gastronómico Internacional.
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