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Ocurrió el sábado en Bariloche. El atacante sería un adolescente menor de edad. A víctima recibió un impacto en la pierna izquierda que le afectó tibia y peroné

Enviado por   •  28 de Noviembre de 2017  •  1.778 Palabras (8 Páginas)  •  456 Visitas

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SEPTIMA EPOCA CUARTA PARTE.

Vol.19, Pág. 15.Amparo Directo 2542/68. Centro Deportivo Prados de la Montaña, S.A. Unanimidad de 4 votos.

Vol.19, Pág. 15. Amparo Directo 2541/68. Fraccionamiento Prados de la Montaña S.A. Unanimidad de 4 votos.

Vol.19, Pág. 15. Amparo Directo 2267/68. Tenedores de las obligaciones serie “A”de las emitidas por fraccionamiento Prados de la Montaña, S.A. Unanimidad de 4 votos.

Vol.65, Pág. 16. Amparo Directo 92/73. Homobona Román de Duran. 5 votos.

Vol.78, Pág. 27 Amparo Directo 3019/74. Benita López Jiménez 5 votos.

Vol. 163-168, Pág. 47. Amparo Directo 2867/82.Gloria Martha Isaac de González Leroy. Unanimidad de 4 votos.

APENDICE 1917-1985, CUARTA PARTE PAG.403.

APENDICE DE JURISPRUDENCIA 1917-1988 AL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACION. SEGUNDA PARTE. SALAS Y TESIS COMUNES. VOL. III. PAG. 1288.

TESIS RELACIONADAS:

EMPLAZAMIENTO EN EL LUGAR SEÑALADO POR EL INTERESADO, ILEGALIDAD DEL (INTERPRETACION A LA VIGESIMA SEGUNDA TESIS RELACIONADA CON LA JURISPRUDENCIA NUMERO 187, CONSULTABLE EN LA PAGINA 579 DEL ULTIMO APENDICE AL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACION, CUARTA PARTE). La Sala responsable en la sentencia reclamada hizo una inexacta aplicación de la vigésima segunda tesis relacionada con la jurisprudencia número 187, consultable en la página 579 del Apéndice de Jurisprudencia 1917-1975, cuarta parte, al Semanario Judicial de la Federación, pues si bien es verdad que la misma autoridad autoriza expresamente el señalamiento de un domicilio convencional para que en este se practiquen las notificaciones a la parte que los señaló, no es menos cierto que la indicación de ese domicilio convencional no puede atentar contra la finalidad del emplazamiento a que la propia ejecutora se refiere y que no es otra sino la consistente en que la parte demandada tenga conocimiento real y efectivo de la demanda que se endereza en su contra, para que de esa manera se encuentre en la aptitud legal de oponer las defensas y excepciones que tuviere en contra de las prestaciones que le reclama su contra parte y de probar aquellas a través de los medios de convicción que enumera la Ley, y es por todo ello que al citado acto procesal, que indudablemente es el mas importante dentro de un procedimiento, se le rodea de las formalidades a que se refieren los artículos 116 y 117 del Código Procesal Civil y cuya inobservancia trae como consecuencia la nulidad del mismo.

SEPTIMA EPOCA, CUARTA PARTE.

Vols. 109-114, Pág. 105. Amparo Directo 4020/76. Frutas Refrigeradas, S.A. 5 votos.

CUARTO.- Por tanto la notificación inicial o emplazamiento, no se realizo en forma legal, es decir, se hizo en forma distinta a la prevenida por la Ley, por lo que es procedente SE DECLARE SU NULIDAD en los términos del artículo 61 del Código de Procedimientos Civiles el Estado de Puebla vigente.

P R U E B A S:

Como pruebas de mi parte, mismas que relaciono con los puntos del uno al cuatro del presente escrito, ofrezco las siguientes:

LA DOCUMENTAL PUBLICA.- Misma que se hace consistir en una credencial de elector, expedida por el Instituto Federal Electoral a través del Registro Federal de Electores en la que consta que mi domicilio correcto es el ubicado en la División Necaxa número dieciséis Colonia Electricistas de esta Ciudad de Huauchinango Puebla, misma que desde este momento SOLICITO su devolución previa copia que obre en Autos para constancia, ya que me es de mucha utilidad para otros usos legales, toda vez que dicha credencial es un documento de pleno valor probatorio.

LA DOCUMENTTAL PUBLICA.- Misma que se hace consistir en el Contrato de “promesa compra venta” que exhibe la parte actora dentro del juicio arriba citado (452/2002) y en el que se indica en el apartado de cláusulas, y específicamente en su cláusula séptima, que el domicilio del suscrito es el ubicado en la división Necaxa número dieciséis colonia Electricistas de esta Ciudad de Huauchinango Puebla, y en donde se reafirma que NO CONCUERDA con el domicilio que en forma dolosa señala el actor de este juicio para llevar a efecto el defectuoso emplazamiento que hoy se pretende anular.

LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- En todo lo que favorezca a mis intereses, especialmente aquellas actuaciones que cito en este ocurso, y muy en concreto, la razón asentada por el C. Actuario en el emplazamiento multimencionado en este ocurso.

LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- Consistente en todo lo que me favorezca dentro de este expediente.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado a Usted Ciudadano Juez, atentamente pido:

PRIMERO.- Tenerme por presentado con este escrito, promoviendo INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES POR MAL EMPLAZAMIENTO.

SEGUNDO.- Tener por bien ofrecidas las pruebas a que me refiero en este ocurso y desahogar por su propia naturaleza las probanzas a que me refiero en este escrito, y por lo que hace a la prueba Documental Pública consistente en una CREDENCIAL DE ELECTOR misma que SOLICITO desde este momento, la devolución de la misma previa copia que obre en autos para constancia, toda vez que me es de mucha utilidad para otros fines legales.

TERCERO.- Siendo un incidente que pone obstáculo al curso de la demanda principal, ordenar se sustancie en el mismo expediente, dejando en suspenso la tramitación procesal.

CUARTO.- Correr traslado a la contraria, por el término de ley; con la copia siempre de este escrito que anexo al mismo.

QUINTO.- Citar a las partes a la Audiencia a que se refiere el artículo 634 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla.

SEXTO.-

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