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PROPUESTA PARA LA DISMINUCIÓN DEL NÚMERO DE PERROS CALLEJEROS EN EL MUNICIPIO NAGUANAGUA DEL ESTADO CARABOBO

Enviado por   •  22 de Abril de 2018  •  1.890 Palabras (8 Páginas)  •  495 Visitas

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En consecuencia, se proponen los siguientes pasos para controlar y disminuir el número de perros callejeros en el municipio Naguanagua del estado Carabobo:

- Campaña urgente, masiva, gratuita y obligatoria de castración y esterilización de animales domésticos: en atención al artículo 13 de la Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, el cual autoriza a la autoridad municipal a practicar la esterilización con el fin de controlar individuos o poblaciones de fauna domestica para resolver situaciones críticas de salud pública. Es fundamental esterilizar todos los animales en situación de calle, pero también ofrecer el servicio gratuito o a precios solidarios a los dueños de mascotas, ya que muchas veces el abandono obedece a la llegada de cachorros no deseados por embarazos no controlados y la esterilización en una clínica veterinaria privada es una opción costosa en estos tiempos de crisis.

- Campañas de concientización: aunque desde hace varios años ha venido formándose una conciencia de responsabilidad y defensa animal; es obligatorio insistir en el tema, ya que es fácil dejar de lado la mascota. Aún no existe la suficiente conciencia ciudadana, pero se puede formar. Mediante el uso de las redes sociales, que han jugado un papel muy importante en la mejora de esta conciencia. También a través de los medios de difusión tradicionales como radio, televisión, prensa, vallas. El municipio cuenta con todos ellos y, además del llamado a la conciencia, formar acerca de las sanciones que acarrea la irresponsabilidad para con os animales. Si todos los medios se abocan se podría obtener un cambio en menos de un año.

- Hacer cumplir las leyes: En Venezuela existen leyes y ordenanzas para la protección de los animales. La norma principal es la Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.338 del 4 de enero de 2010. El objeto de esta ley es establecer las normas para la protección, control y bienestar de la fauna doméstica. El Título VI se dedica a las infracciones y sanciones; el artículo 72, en su numeral 4, tipifica el abandono animal como falta grave y fija como sanción el pago de multa que va de 40 a setenta unidades tributarias. De la misma forma la Ordenanza Sobre Protección Animal, añaden 25 unidades tributarias a la sanción antes mencionada, pagaderas, en este caso, a la municipalidad. Por otra parte, el artículo 35 de la Ley establece que cada autoridad municipal creará un centro de rescate, recuperación y atención de fauna doméstica; y el artículo 53 de la ordenanza, ofrece la creación de Centros Comunitarios de Protección Animal. Cumpliendo estos artículos, se contaría con albergues y refugios para acoger los perros en situación de calle.

- Aplicar el impuesto al lujo a la compra de perros de raza: esta medida comprometería al comprador a cuidar su inversión y. además, sería garantía de poseer los recursos económicos suficientes para satisfacer las necesidades del perro. Por otra parte, generaría un aumento en las adopciones de perros mestizos que se encuentren en los albergues.

CONCLUSIONES

Cuando se decide tener un perro, deben tomarse todas las previsiones, tal como cuando se decide tener un hijo. Un perro es un miembro de la familia y a la familia no se abandona en ninguna circunstancia, ni por crisis, ni porque falta espacio o porque ya no hay tiempo de atenderle.

Es la falta de conciencia que ha llevado a que los dueños abandonen a sus perros al abandono y al sufrimiento, trayendo consecuencias negativas para la comunidad, para el propio animal y, además, dando un pésimo ejemplo a los niños de la familia, si es que los hay.

El problema de los perros de la calle es de todos; la gente no solo es parte de la solución, es la causante del problema, porque son las decisiones equivocadas y la irresponsabilidad las que las llevan a abandonar a sus mascotas.

Por su parte, el Estado, se ha desentendido de la situación, ocupado en la resolución de problemas más “importantes”; aunque se han sancionado leyes y creado misiones (Misión Nevado), se ha hecho difícil ejecutar y hacer cumplir la ley.

Si el Estado quiere ocuparse del problema real de las mascotas de calle, debe comenzar por cumplir las leyes que desde las instancias gubernamentales se emiten, con la creación de refugios, instalación de centro médicos gratuitos y jornadas de esterilización regulares para hacer que la población de perros y gatos no se multiplique sin control.

Y, lo más importante, deben aplicarse las sanciones a las faltas contempladas en leyes y ordenanzas sobre la protección animal, es hora de dejar de ver a los animales como objetos, no son peluches, son seres vivos. Ya quisiera yo ver a alguien que puso a “dormir” a su perro porque estaba viejo, si pondría a dormir a su mamá.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (2010). Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio. Gaceta Oficial Nº 39.338 del 4 de enero de 2010.

CONCEJO MUNICIPAL BOLIVARIANO DE NAGUANAGUA (2010). Reforma Parcial de la Ordenanza Sobre Protección Animal. Gaceta Municipal de Naguanagua N° 094. De Fecha 05/10/2010 Extraordinario

Informe 21.com (2014). 200 mil perros y gatos son abandonados en Venezuela cada año. Disponible en: http://informe21.com/actualidad/200-mil-perros-y-gatos-son-abandonados-en-venezuela-cada-ano

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