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¿QUÉ SON LOS TÍTULOS DE CRÉDITO?

Enviado por   •  14 de Enero de 2018  •  2.815 Palabras (12 Páginas)  •  375 Visitas

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es el endoso?

El endoso es una declaración, pura y simple, puesta en el título-valor por la cual su tenedor (a estos efectos llamado endosante) legitima a otra persona (denominada endosatario) en el ejercicio de los derechos incorporados al título. Es la forma normal y tradicional de transmisión de la letra de cambio y de todos los títulos "a la orden", que permite al titular movilizar el crédito reflejado en el documento. Existiendo varias modalidades. (https://es.wikipedia.org/wiki/Endoso)

El endoso es un documento que en el que se pueden ceder los títulos a favor de una persona

Personas que intervienen en el endoso

• Endosante: Es la persona que transmite el título a otra persona.

• Endosatario: Es la persona a quien se le transmite el documento.

Datos que deberá contener el endoso

El endoso deberá constar en el titulo relativo o en hoja adherida al mismo. Los siguientes datos serán los que deberá contener un endoso, cualquiera que sea la clase de endoso de que se trate:

1. Nombre del endosatario.

2. Clase de endoso.

3. Lugar y fecha del endoso.

4. Nombre y firma del endosante o de la persona que suscriba el endoso a su nombre.

De todos los datos anteriores, es indispensable que este la firma del endosante ya que sin esta, el endoso no tendría ninguna validez, independientemente del endoso que se trate.

CLASES DE ENDOSO

Endoso en propiedad: El endoso en propiedad es el más utilizado y es el que transmite la propiedad del título y todos los derechos que el documento representa.

Traslada la propiedad del título y todos los derechos a la persona que se ha transferido. También el endoso e propiedad no obligara solamente al endosante, sino en los casos en que la ley establezca.

Endoso en procuración o al cobro: El endoso en procuración o al cobro contiene las cláusulas “en procuración” o “al cobro”. Un tercero especializado se encarga de cobrar sin haber la necesidad de que este se quede con lo que se cobre.

Endoso en garantía o en prenda: El endoso que dice “en garantía”, “en prenda” solo de da endosatario todos los derechos y obligaciones de un acreedor prendario.

LETRA DE CAMBIO

La letra de cambio es un título de crédito que contiene la orden incondicional que una persona llamada girador da a otra llamada girado, de pagar una suma de dinero a un tercero que se llama beneficiario, en época y lugar determinados.

Una letra de cambio girada a uno o varios meses fecha o vista, vence el día correspondiente al de su otorgamiento o presentación del mes en que debe efectuarse el pago, si este no tiene día correspondiente al de la presentación, la letra vencerá el último mes. (LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO, 2014)

En el artículo 76 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito nos menciona que la letra de cambio debe contener los siguientes datos:

I. La mención de ser letra de cambio, inserta en el texto del documento;

II. La expresión del lugar y del día, mes y año en que se suscribe;

III. La orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero;

IV. El nombre del girado;

V. El lugar y época del pago;

VI. El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; y

VII. La firma del girador o de la persona que suscribe a su ruego o en su nombre. (LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO, 2014)

FORMA DE EXPEDICIÓN.

Si se fijare el vencimiento para principios, mediados, o fines de mes, se entenderán por estos términos los días primero, quince y último del mes que corresponda. Las expresiones ocho días o una semana, quince días, dos semanas, una quincena o medio mes, se entenderán, no como una o dos semanas enteras, sino como plazos de ocho o de quince días efectivos, respectivamente. (LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO, 2014)

Las letras pagaderas a cierto tiempo vista, deberán ser presentadas para su aceptación dentro de los seis meses que sigan a su fecha. Cualquiera de los obligados podrá reducir ese plazo, consignándolo así en la letra.

Uso de la letra de cambio

La letra de cambio es un orden de pago en la que intervienen tres personas, tal como quedan indicado en la definición, tiene en la actualidad un uso un poco diferente al que se le daba en su origen, de tal manera, que en las operaciones comerciales de la actualidad se utiliza para garantizar el cumplimiento de una obligación, es decir, el pago de un crédito.

Personas que nominalmente intervienen en la letra de cambio

En la letra de cambio intervienen, nominalmente, las tres personas que mencionamos en la definición y que son:

• El girador: Es la persona que expide el documento, dando la orden de pago que tendrá que ser aceptada por el girado.

• El girado: Es el que se obliga a pagar la suma de dinero al aceptar, mediante su firma.

• El beneficiario: Es la persona que recibirá el pago

CHEQUE

El cheque es un título de crédito mediante el cual una persona (librador) ordena al banco en el que tiene depositados sus recursos (librado), que pague una cierta cantidad de dinero a aquella persona específica cuyo nombre aparece como beneficiario en el mismo o dependiendo de la clase de cheque, a quien presente el documento. (LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO, 2014).

Un cheque es un título en el que se puede autorizar extraer dinero de una

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