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¿Qué son las elecciones?

Enviado por   •  4 de Diciembre de 2017  •  2.058 Palabras (9 Páginas)  •  258 Visitas

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El sufragio censitario exige determinadas condiciones económicas como la obtención de un mínimo de ingresos o la propiedad territorial, el argumento era que solamente quienes contribuían en determinada medida al sostenimiento del Estado tenían el derecho de participar en la elección de los gobernantes.

El sufragio capacitario es un requerimiento de capacidad intelectual para poder participar, se ha usado para impedir que voten los analfabetos.

El sufragio masculino limita la participación electoral sólo a los varones e impide a la mitad de la población potencialmente participante, en muchos lugares ya se implantó el voto femenino.

El sufragio universal es el que tiende a conceder la posibilidad de intervenir en las elecciones a un número cada vez mayor de personas, reduciendo al mínimo las restricciones, estás se refieren a características intrínsecas del individuo, sin embargo, siempre existen algunos criterios que se aplican mediante el señalamiento legal de ciertos requisitos. Los principales son:

- Ciudadanía: Las decisiones solo corresponden a los nacionales y entre ellos, a quienes han adquirido las condiciones para participar en la vida política del país, ya empieza a ser cuestionado ya que en casi todo el mundo, trabajadores extranjeros contribuyen económicamente en países que no son los suyos y tienen por lo tanto, un interés legítimo de intervenir en decisiones políticas que pueden afectarlos.

- Edad: El individuo tiene discernimiento para participar en los asuntos electorales solo a partir de cierta edad, esta ha fluctuado entre los 18 y los 25. Es frecuente que la edad mínima coincida con la mayoría de edad reconocida en la legislación civil.

- Capacidad: Se requiere no encontrarse en estado de incapacidad por enfermedad. En México, establece limitaciones para enfermos mentales o toxicómanos, ser declarado vago o ebrio consuetudinario en tanto no haya rehabilitación.

- Domicilio: Las legislaciones electorales en general exigen estar domiciliado, esto es, residir permanentemente en la circunscripción en la que se efectúa en la elección y permite vincular al elector con las autoridades que habrá de elegir, las cuales deben corresponder al área donde tiene su domicilio.

- Dignidad: Se liga a la idea del merecimiento de participar en la decisión colectiva electoral. Las razones por las que no se es digno de intervenir en el proceso electivo, están ligadas a infracciones de orden jurídico de naturaleza penal. En todo caso, la ley refleja la imposibilidad física de quien, por encontrarse privado de la libertad en el curso de un proceso no puede acudir a sufragar.

- Lealtad: Los miembros determinados corporaciones no están en condiciones, por las funciones que desempeñan, de pronunciarse en una votación. La lealtad a la integridad de la patria y a la disciplina de cuerpo, como en el ejercito, impiden la libre deliberación y la parcialidad que necesariamente impone un proceso electoral.

El sufragio directo y el indirecto.

El directo es aquel que permite que potencialmente, la expresión de una voluntad ciudadana decida, sin intermediarios quiénes serán los gobernantes, es decir, el sujeto de este derecho sabe que su decisión influirá de manera directa en la selección de autoridades.

El indirecto consiste en que el sufragante no vote directamente por quienes aspiran a ocupar los cargos públicos, sino por un elector intermedio, quien a su vez emitirá un voto para la elección definitiva.

El sufragio público y secreto

El sufragio público es aquel en el que el votante debe manifestar su voluntad públicamente, es decir, de manera que sea conocida por quienes se encuentran presentes en el momento de su votación. Es empleado como práctica usual para la toma de decisiones en el seno de asambleas y permite que todos los miembros que se percaten del sentido en que se expresa la voluntad de los demás.

El sufragio secreto se ha impuesto como la fórmula que permite garantizar la independencia del votante, evitando que pueda ser después sujeto a represalias. Consiste en que no sea conocido el sentido en que se manifestó la voluntad de cada elector.

El voto ¿obligación o derecho?

La posibilidad de participar en la elección por parte de los ciudadanos puede asumir tanto el carácter de derecho como el de obligación. Esto está conectado con el fenómeno de abstencionismo que constituye una conducta legítima si asumimos la posición del voto como derecho y una acción antijurídica si lo consideramos como una obligación.

En México se considera al voto como una prerrogativa y una obligación de los ciudadanos, pero legalmente no se establece sanción alguna por incumplir la obligación de votar.

El voto electrónico

Artificios mecánicos que se supone que facilitan el conteo de los votos. El proceso generalmente funciona bien, pero en elecciones muy cerradas puede dar lugar a grandes dudas e incluso a manipulaciones indebidas.

El desarrollo de la informática ha abierto la posibilidad de emplear una red de computación para recibir y contabilizar la expresión de la voluntad ciudadana, sin embargo, tiene vulnerabilidades que tienen que ver con la seguridad y la confiabilidad del sistema y con el secreto del voto.

Abstencionismo y ausentismo

Se entiende por abstencionismo la negativa del ciudadano a ejercer su derecho al voto y está atribuida a varias causas como la apatía o despreocupación ciudadana, provocado por la conformidad con el sistema político imperante, mientras que otros lo atribuyen a una desaprobación tácita por parte de quienes no participan.

Es preciso distinguir entre el abstencionismo formalmente expresado y el ausentismo electoral. El primero se manifiesta en una actitud consciente del elector que se presenta a las urnas y deliberadamente anula su voto o expresa su inconformidad con cualquiera de las opciones posibles y el segundo consiste en no presentarse a votar.

Campaña política

Los candidatos y los partidos deben efectuar una serie de actividades para conseguir el voto del electorado, a esto se le llama campaña.

La campaña tiene una duración formal determinada en la ley que abarca desde el registro de los candidatos hasta tres días antes de la elección, pero en la práctica se inicia con antelación; muchas veces desde los periodos en que se busca la postulación

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