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REGLAMENTO DE BIBLIOTECA ESCOLAR

Enviado por   •  31 de Julio de 2018  •  1.794 Palabras (8 Páginas)  •  446 Visitas

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- Durante el horario de atención, los usuarios podrán leer, estudiar e investigar el material de su interés, pidiendo ayuda y consejo a la encargada para su mayor aprovechamiento.

- Para una mejor atención, durante los recreos, los usuarios podrán ser uso de la Biblioteca solo el día y la hora estipulada en el calendario anterior.

Art. N°10 Para realizar trabajos de investigación en Biblioteca con cursos completos, el profesor encargado de la asignatura, deberá reservarla mínimo con una hora de antelación.

El docente que requiera material para la sala, deberá llenar una ficha de Solicitud de Materiales, registrando la hora en que se envió al alumno(s). El profesor debe revisar el estado del material, para así determinar posibles responsabilidades en caso de deterioro.

CAPÍTULO V: PRÉSTAMO.

El material bibliográfico de acuerdo a su naturaleza y a lo que determine la Biblioteca, podrá ser consultado en los recintos o retirado para uso fuera del local. En ambos casos, será requisito indispensable la exhibición de la documentación pertinente.

- Los usuarios de la comunidad educativa, deberán presentar la credencial de Biblioteca, pase escolar y/o cédula de identidad, según sea el caso.

- La credencial habilita al usuario a solicitar material bibliográfico y uso del recinto de forma directa.

Art. N°11 Para obtener el retiro de material bibliográfico, será requisito fundamental estar al día en sus obligaciones de usuario, ni estar suspendido en sus derechos.

Art N°12 La Biblioteca Escolar CRA, se reserva la facultad de restringir o impedir el acceso a los recintos bibliotecarios, cuando la demanda por dicho servicio sea de tal magnitud que dificulte su prestación en condiciones adecuadas o si las circunstancias así lo aconsejen.

Art. N°13 La Biblioteca estará facultada para controlar los accesos y salidas con que cuente el recinto.

CAPÍTULO VI: PLAZOS Y CONDICIONES DE PRÉSTAMOS

Art. N°14 Todo préstamo de material bibliográfico, se otorgará condicionado a su devolución dentro de un plazo prefijado.

Los usuarios habilitados podrán solicitar en préstamo una cantidad de material bibliográfico, cuyo número determinará la Biblioteca.

Los usuarios deberán respetar los plazos y condiciones que disponga la Biblioteca propietaria del material bibliográfico.

CAPÍTULO VII: POLÍTICAS DE PRÉSTAMO

Art. N°15 En base a la clasificación estipulada en Capítulo I, Art.2, del Reglamento de Biblioteca Escolar CRA, del Colegio Elena Bettini, los plazos y préstamos del material, para la Comunidad Educativa, es la siguiente:

- Colección General.

Tipo de Usuario

Cantidad máxima de libros

Periodo de Préstamo

Cantidad de Renovaciones

3° Básico a 6°Básico

1

2 semanas

1

7°Básico a 4°Medio

1

2 semanas

1

Docentes y Asistentes

2

3 semanas

1

- Alta Demanda – Estantería Abierta.

Tipo de Usuario

Cantidad máxima de libros

Periodo de Préstamo

Cantidad de Renovaciones

3° Básico a 6°Básico

1

1 semanas

1

7°Básico a 4°Medio

1

1 semana

0

Docentes y Asistentes

2

2 semanas

0

- Préstamos de Otras Colecciones.

a) Colecciones Hemeroteca y Referencia, préstamo en Sala para todo tipo de usuarios.

b) Colección Audiovisual: préstamo a Domicilio por dos días sólo para docentes y asistentes de la Educación.

c) Colección Especial: préstamo sólo a docentes.

- Condiciones Especiales.

La Biblioteca se reserva el derecho de colocar restricciones de acceso a aquellos materiales que así lo requiera, ya sea por su valor económico, bibliográfico o institucional. Si algún usuario necesita algún ítem con condiciones de préstamo distintas a las mencionadas, requerirá autorización del Encargado de Biblioteca.

CAPÍTULO VIII: DELEGADOS

Art. N°16 Cada profesor jefe, de Tercero Básico a Cuarto Medio, deberá elegir a dos encargados de Biblioteca, para el retiro y devolución del material solicitado.

Art. N°17 Cada profesor, deberá llenar una Solicitud de Materiales, con la bibliografía e instrumentos que necesite para la realización de su clase.

Art. N°18 Cada delegado, se encargará de publicar en el diario mural de cada curso, el listado de alumnos deudores entregado por el Encargado de Biblioteca.

CAPÍTULO IX: CONDICIÓN DE MOROSOS.

Art. N°19 Los usuarios de la Biblioteca Escolar CRA, se obligan a emplear el mayor cuidado en el uso del material bibliográfico, a devolverlo dentro de los plazos establecidos en este reglamento, a solicitar oportunamente prórroga de este plazo (antes de su vencimiento), y a reponerlo en caso de pérdida en las condiciones establecidas en el reglamento.

Art.

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