Ranscripción del texto actual del artículo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se analizará
Enviado por Albert • 17 de Septiembre de 2018 • 3.049 Palabras (13 Páginas) • 423 Visitas
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Amparo civil directo 1896/40. López y López José María, Su. de. 8 de noviembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
5.- Texto original del artículo constitucional en análisis en la constitución del 5 de febrero de 1917, y su referencia en el Diario de Debates del Congreso Constituyente de Querétaro (1916-1917).
El texto original del articulo que se analiza es el mismo, debido a que, como ya lo comentamos, el artículo no ha sufrido de reformas a lo largo del tiempo.
En el Diario de Debates del Congreso Constituyente de Querétaro podemos encontrar los siguientes textos relacionados con la discusión de la redacción del articulo en cuestión, el cual actualmente se encuentra en nuestra carta magna distinguido con el numeral 136.
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
DIARIO DE LOS DEBATES
DEL CONGRESO CONSTITUYENTE
PERIÓDO ÚNICO QUERÉTARO, 6 DE DICIEMBRE DE 1916 TOMO I.- NÚM. 19
7a. sesión ordinaria celebrada en el teatro Iturbide la mañana del miércoles 6 de diciembre de 1916…
- El C. secretario Lizardi: Se principia a dar lectura al proyecto de Constitución, propuesto por el C. Primer Jefe…
"TÍTULO OCTAVO.
"De la inviolabilidad de la Constitución."
Art. 132º.- Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por algún trastorno público se establezca un gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su observancia, y con arreglo a ella y a las leyes que en su virtud se hubieren expedido, serán juzgados, así los que hubieren figurado en el gobierno emanado de la rebelión, como los que hubieren cooperado a ésta” …
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
DIARIO DE LOS DEBATES
DEL CONGRESO CONSTITUYENTE
PERÍODO ÚNICO QUERÉTARO 21 DE ENERO DE 1917 TOMO II - NÚM. 67
54a. SESIÓN ORDINARIA celebrada en el teatro Iturbide la tarde del domingo 21 de enero de 1917 …
"El C. Esteban Castorena envía un memorial proponiendo reformas constitucionales." - A la misma 1a. Comisión. "El Ayuntamiento de San José Iturbide, de Querétaro, envía una protesta contra la iniciativa de la diputación de Querétaro, referente a división territorial." - A la 2a. Comisión de Constitución. La 2a. Comisión ha presentado el siguiente dictamen: "Ciudadanos diputados: "El presente dictamen contiene los artículos 123, 124, 125, 126, 127, 128, 131 y 132, que forman el título 6o. sobre prevenciones generales: el 133, que hace el título 7o. sobre reformas a la Constitución, y el 134, que es el único del título 8o. sobre la inviolabilidad de la Constitución…
"TITULO OCTAVO
"De la inviolabilidad de la Constitución "
Artículo 134. Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por cualquier trastorno público se establezca un Gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad se restablecerá su observancia y con arreglo a ella y a las leyes que en su virtud se hubieran expedido, serán juzgados, así los que hubieran figurado en el Gobierno emanado de la rebelión, como los que hubieran cooperado a ésta.” …
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
DIARIO DE LOS DEBATES
DEL CONGRESO CONSTITUYENTE
PERÍODO ÚNICO. QUERÉTARO, 25 DE ENERO DE 1917 TOMO II-NUM. 75
62A. SESIÓN ORDINARIA Celebrada en el teatro Iturbide la noche del jueves 25 de enero de 1917…
“TÍTULO OCTAVO
"De la inviolabilidad de la Constitución"
Artículo 134. Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por cualquier trastorno público se establezca un Gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su observancia, y con arreglo a ella y a las leyes que en virtud se hubieren expedido, serán juzgados, así los que hubieren figurado en el Gobierno emanado de la rebelión, como los que hubieren cooperado a ésta."…
6.- Antecedentes del artículo constitucional en estudio, en Constituciones mexicanas anteriores (como mínimo en la Constitución de 1857).
Como antecedentes a éste artículo en la Constitución de 1857 se encontraba redactado de la siguiente forma:
Título Noveno
De la Inviolabilidad de la Constitución
Art. 128. Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por un trastorno público se establezca un gobierno contrario á los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su observancia, y con arreglo á ella y á las leyes que en su virtud se hubieren expedido, serán juzgados, así los que hubieren figurado en el gobierno emanado de la rebelión, como los que hubieren cooperado á esta.
7.- Análisis y comentarios que el alumno debe emitir, en relación a todos los puntos anteriores, la situación actual, así como referencias doctrinales relativas al artículo Constitucional en análisis.
Todo Estado cuenta con un ordenamiento jurídico base del mismo, en el cual se establece la ideología del Constituyente Permanente, los principios constitucionales del Estado y características del gobierno del mismo, así como los derecho de sus ciudadanos.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es producto de años de lucha por el poder. Nuestra actual carta magna proviene del Congreso Constituyente, el cual
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