Rectificacion de acta de nacimiento oral.
Enviado por Antonio • 13 de Mayo de 2018 • 2.196 Palabras (9 Páginas) • 787 Visitas
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Vengo por medio del presente a promover JUICIO ESPECIAL ORAL, a demandar al oficial del registro civil de la población de Churumuco, Michoacán, la rectificación de mi acta de nacimiento, para los efectos legales consiguientes; Servidor Público de quien demandamos lo siguiente.
DOCUMENTOS A RECTIFICAR.-
A).- el acta de mi Nacimiento en el apartado respectivo donde señala datos; nombre de la madre; misma que fue asentado con el nombre de EPIFANIO SOLORIO HERNANDEZ, y no con el nombre correcto que es EPIFANIA SOLORIO HERNANDEZ, levantada con fecha de registro 30 treinta de Abril del año 1944 mil novecientos cuarenta y cuatro, misma que quedó asentada bajo el acta 000129 del tomo 01 uno, del libro 01 de Nacimientos del año 1944 mil novecientos cuarenta y cuatro.
Pudiendo ser emplazado el demandado oficial del registro civil de Churumuco, en el domicilio ubicado en Calle Veracruz, Sin Numero, de la Colonia Centro de la Población de La Churumuco, Michoacán.
Fundo mi demanda en los siguientes hechos y consideraciones de derecho.-
HECHOS.-
PRIMERO.- como lo acredito con la copia certificada del acta de mi nacimiento expedida por el Oficial del registro civil de la Población de Churumuco, Michoacán, nací el día 08 ocho de Septiembre del año 1981 mil novecientos ochenta y uno, y me registraron con fecha 27 veintisiete de Enero del año 1986 mil novecientos ochenta y seis, asentando mi nombre de como FILODELFIA CAMACHO SOLORIO, registro que quedó asentado bajo el acta número 00135, del tomo 01, de nacimientos, del año 1986 mil novecientos ochenta y seis; misma que adjunto al presente en vía de prueba.
SEGUNDO.- manifestando desde este momento que el nombre correcto de mi señora madre lo es EPIFANIA CAMACHO HERNANDEZ, y no como quedo asentado en el apartado correspondiente de mi acta de nacimiento; del nombre de la madre como EPIFANIO SOLORIO HERNANDEZ; por el oficial del registro civil de la población Churumuco, Michoacán; por este motivo es por el cual concurro a este Honorable Tribunal, para que se rectifique mi acta de nacimiento en el apartado correspondiente en los datos de la madre y se ajuste a la realidad social, y natural ya que no pudo haberme dado a luz un hombre, ya que este hecho meramente natural corresponde a un ser del sexo femenino y no al del sexo masculino como está escrito en mi acta de nacimiento y que exhibo en vía de prueba desde este momento.
TERCERO.- por lo anterior, me veo en la necesidad de solicitar a este Honorable Tribunal condene al actual Oficial del Registro Civil de la churumuco, Michoacán a que realice la rectificación del acta de nacimiento respectivamente a que me refiero en la presente demanda, haciendo las anotaciones en los libros correspondiente.-
Bajo protesta de decir verdad ciudadano juez que intentado dos ocasiones la aclaración de mi acta de nacimiento ante la dirección del registro civil del estado de Michoacán, ubicado en Valentín Gómez Farías número 525 de la colonia industrial de la ciudad de Morelia, Michoacán, la primera de ellas lo fue el 30 treinta de mayo del año que transcurre; antes de que entrara en vigor el código Familiar del estado de Michoacán, en el distrito judicial de Morelia, Michoacán, tal como lo acredito con una copia de mi acta del registro civil del libro que se encuentra en esa dirección del registro civil en el estado sellado con el sello de la dirección del registro civil en el estado archivo, con fecha 30 treinta de mayo de 2016 dos mil dieciséis, que anexo al presente y la segunda de ellas lo fue el día 6 seis de Octubre del presente año, de donde se me ha indicado en las dos ocasiones que debo de presentar juicio de rectificación de acta de nacimiento ante el juez de primera instancia del distrito judicial que me corresponde, en vista de que lo que persigo no es aclaración si no rectificación en vista de que no pueden variar el nombre de mi madre en el apartado respectivo de mi acta ya que aparece con el nombre de EPIFANIO SOLORIO HERNANDEZ; y no el correcto que es EPIFANIA SOLORIO HERNANDEZ, en la primera de ellas me hicieron saber que aún no entraba en vigor el código familiar del estado en el distrito judicial de Morelia, Michoacán, y en la segunda de ellas de igual forma ahora me hacen saber que debo de correr el juicio de rectificación de mi acta de nacimiento en el juez de primera instancia de mi distrito judicial que me corresponda, de tal modo que ni antes ni después he podido hacer la aclaración de mi acta de nacimiento para que se me asiente en forma correcta el nombre de mi madre que lo es EPIFIANIA SOLORIO HERNANDEZ y no como quedo escrito en mi partida de nacimiento en el apartado respectivo de la madre como EPIFANIO SOLORIO HERNANDEZ.
Para efectos de acreditar todos y cada uno de las manifestaciones que han quedado asentadas, así como la procedencia de la acción que estamos ejercitando, ofreciendo las siguientes pruebas.-
PRUEBAS.
1.- DOCUMENTAL PUBLICA.- consisten en copia certificada de mi acta de Nacimiento tomada del libro respectivo debidamente certificada por el oficial del registro civil de la población de Churumuco, Michoacán.
2.- DOCUMENTAL PUBLICA.- consisten en copia certificada del acta de Nacimiento de mi señora madre tomada del libro respectivo debidamente certificada por el oficial del registro civil de la población de Churumuco, Michoacán.
3.- DOCUMENTAL PUBLICA.- consisten en copia certificada del acta de Nacimiento de Nacimiento de mi hermano ROSALIO CAMACHO SOLORIO tomada del libro respectivo debidamente certificada por el oficial del registro civil de la población de Churumuco, Michoacán.
3.- DOCUMENTAL PUBLICA.- consisten en copia xerográfica debidamente tomada del libro correspondiente de mi acta de Nacimiento debidamente certificada por el oficial del registro civil de la población de Churumuco, Michoacán.
2.- PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA, consistente en el razonamiento lógico jurídico que realice su señoría respeto a todo lo actuado dentro del presente juicio.-
3.- INSTUMENTAL DE ACTUACIONES.- consistente en todas las actuaciones que integran el presente expediente en el que gestiono.
DERECHO.-
I.- son aplicables en cuanto al fondo lo establecido por los artículos 12, 13, 19, 44, 50, 83 y demás aplicables del código Familiar para el estado de Michoacán.
II.- norman el procedimiento el contenido de los artículos 845, 846, 907, 908, 909, 910, 915 y demás relativos aplicables del código familiar
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