TEMAS DE CONSTITUCIONAL COLOMBIANO
Enviado por Rimma • 19 de Febrero de 2018 • 8.762 Palabras (36 Páginas) • 347 Visitas
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- Ser colombiano por nacimiento.
- Tener 30 años al momento de elección.
- Ciudadano en ejercicio.(aquel sujeto que no tenga sanciones vigentes). Penales, fiscales y disciplinarias.
FUNCIONES.
- Participar en el trámite de formación de las leyes.
- Elegir a los magistrados de la Corte Constitucional.
- Elegir al procurador.
- Discutir y aprobar o no la moción de censura.
- Autorizar el tránsito de tropas extranjeras por el territorio colombiano.
- Aprobar los asensos de los generales.
- Aceptar la renuncia del presidente y vicepresidente de la república.
- Autorizar al gobierno la declaratoria de guerra a otro país.
- Aceptar la pública acusación dentro del juicio político.
CAMARA DE REPRESENTANTES
En la cámara a diferencia de senado la circunscripción es territorial. Está conformada por: Bogotá como distrito capital, y por cada uno de los Departamentos de Colombia.
Los requisitos para aspirar a la cámara son tres:
- Ser colombiano.
- Tiene que ser ciudadano en ejercicio
- Debe tener 25 años al momento de la elección.
FUNCIONES DE LA CAMARA
- Participar en el trámite de la formación de las leyes.
- Elegir al defensor del pueblo.
- Conoce en primero y segundo debate sobre la ley orgánica de presupuesto.
- Discute y aprueba o no, la moción de censura.
- De acuerdo a la reforma de equilibrio de los poderes públicos, investiga al presidente dentro del juicio político.
ACTO LEGISATIVO 02 DE 2015
LEYES QUE EXPIDE EL CONGRESO DE LA REPUBLICA.
TIPO DE LEY EN LA CONSTITUCION DE 1991:
Leyes estatutarias: estas leyes regulan temas relativos a: derechos fundamentales, mecanismos de participación democrática, régimen de los partidos políticos, administración de justicia, estados de esepcion, ley de garantías.
Leyes orgánicas: regulan temas relativos a presupuesto, funcionamiento de las cámaras del congreso y ley que otorga competencias las entidades territoriales.
Ley de atribución de facultades extraordinarias: ha sido conocida como la delegación legislativa, porque en virtud de dicha ley expedida por el congreso se le otorgan facultades al gobierno para emitir los decretos leyes, dicha ley tiene las siguientes características:
- Solamente se puede tramitar si el gobierno presenta el proyecto.
- Las facultades se otorgan por motivos de conveniencia.
- Las facultades son expresas y precisas, es decir que no está permitida la delegación en blanco y además las facultades son temporales, porque el término máximo de vigencias de las normas es de 6 meses.
- Al igual que las leyes estatutarias y las orgánicas estas leyes deben ser aprobadas mediante mayoría absoluta del congreso.
- No se puede entregar facultades sobre leyes estatutarias sobre leyes orgánicas, sobre impuestos y sobre códigos.
Ley de monopolios:
Ley que restringe la circulación en el archipiélago de san Andrés y Providencia.
Leyes generales: se llaman generales porque regulan asuntos de orden general, regulan temas sobre crédito público, temas bursátiles, financieros y régimen laboral y prestacional de los empleados públicos o de los trabajadores oficiales.
PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO
(ARTICULOS DEL 154 AL 170)
Para que un proyecto se convierta en ley necesita que se cumplan 4 requisitos.
- Iniciativa legislativa.
- Haber sido publicado por el congreso antes de darle el trámite legislativo.
- Que se hayan dado dos debates en cámara y dos debates en senado.
- Haber sido sancionado por el Gobierno o en su defecto por el presidente del congreso.
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SENADO CAMARA[pic 2][pic 3][pic 4][pic 5][pic 6][pic 7]
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GOBIERNO[pic 13]
- LOS CONGRESISTAS
- EL GOBIERNO
- EL 30% DE CONCEJALES O DIPUTADOS DEL PAIS
- EL 5% DEL CENSO ELECTORAL
- LOS MAGISTRADOS DE LAS ALTAS CORTES, EL PROCURADOR, EL CONTRALOR EN ASUNTOS RELACIONADOS CON SU COMPETENCIA.
Un proyecto de ley luego que se radica, puede iniciar por regla general su debate, en senado o en cámara. A excepción de las leyes aprobatorias de los tratados que inician su debate en Senado y en temas de presupuesto y de impuestos el procedimiento debe iniciarse en cámara de representantes.
El proyecto se radica en la secretaria general, del senado o de la cámara y la secretaría lo enviará a la comisión permanente que conozca del asunto: tenemos 4 comisiones permanentes que son:
- PERMANENTES CONSTITUCIONALES: se les llama permanentes, porque mantienen su vigencia dentro del cuatrienio legislativo, son 7(en senado y cámara). Los congresistas deben estar obligatoriamente en estas comisiones y entre las 7 deben estar en 1 no pueden repetir. la razón de ser de estas es que se organice el trabajo legislativo ya que cada comisión conoce de un asunto especifico.
- COMISION PRIMERA: tiene 19 miembros en senado y 35 en cámara, conoce principalmente de actos legislativos, leyes
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