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Tema- Constitución de una empresa.

Enviado por   •  11 de Marzo de 2018  •  845 Palabras (4 Páginas)  •  509 Visitas

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BALANCE GENERAL: Anualmente el 31 de diciembre se procederá a hacer el inventario y el balance general así como el estado de pérdidas y ganancias, estados de flujos de efectivo y estado de cambios en la situación financiera el respectivo ejercicio. Se tendrá en cuenta que el balance, el inventario, los libros y demás piezas justificativas serán consignados o depositados en la administración de la empresa con una antelación de 15 días hábiles con el fin de que puedan ser examinados.

APROBACIÓN DEL BALANCE: El balance debe ser presentado por el representante legal de la sociedad por acciones simplificadas a consideración de la asamblea de accionistas con los documentos que se refiere el art 446 del código de comercio.

RESERVAS: La sociedad tendrá una reserva legal que ascenderá por lo menos el 50% del capital suscrito y se formará con el 10% de las utilidades líquidas de cada ejercicio.

UTILIDADES: Las utilidades de cada ejercicio social serán establecidos en forme a los estados financieros que están aprobados para así acordar la distribución de las siguientes disposiciones:

- El 10% de las utilidades líquidas después de los impuestos se llevarán a la reserva legal hasta por un 50% del capital suscrito; luego de haber alcanzado este límite se podrá continuar con el incremento de la reserva, pero si por el contrario disminuyó será apropiado utilizar el 10% de la utilidades líquidas hasta cuando dicha reserva llegue nuevamente al límite fijado

- En caso de tener pérdidas y ejercicios anteriores que no afecten el capital, las utilidades se aplicarán a la cancelación de dichas pérdidas antes de cualquier aprobación para las reservas legales, voluntarias y ocasionales.

- El remanente de las utilidades, después de ser efectuadas las apropiaciones para la reserva legal y para reservas voluntarias u ocasionales, ésta se destinará al pago del dividendo de los accionistas.

DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD: La sociedad se podrá disolver por decisión unánime cuando se presente alguna de las causales previstas en la ley.

ENERVAMIENTO DE CAUSALES DE DISOLUCIÓN: La disolución de la sociedad por acciones simplificada podrá evitarse adoptando las medidas que se hubieren acordado en un causal específico, siempre y cuando el enervamiento ocurra dentro de los primeros 6 meses a la fecha en el que el accionista único reconozca su acaecimiento.

LIQUIDACIÓN: La liquidación del patrimonio se realizará conforme al procedimiento señalado para la liquidación de las sociedades de responsabilidad limitada donde el líquido será el representante legal.

RESERVA COMERCIAL: Ningún empleado administrador podrá revelar a extraños las operaciones de la sociedad salvo que lo exijan las entidades o autoridades legalmente facultadas para informarse de ellas.

REFERENCIAS

- http://www.cesa.edu.co/el-cesa/pdfs/pdf-pagina/normas-apa_web.aspx

- http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41102

- http://www.ccc.org.co/como-crear-su-empresa/registrar-la-minuta-en-una-notaria

- http://crearempresacolombia.blogspot.com.co/2012/09/estatutos-gratis-sas-para-crear-empresa.html

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