TITULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES.
Enviado por Albert • 18 de Febrero de 2018 • 38.406 Palabras (154 Páginas) • 536 Visitas
...
CAPITULO LVII. EXCAVACIONES.
CAPITULO LVIII. CIMBRAS Y ANDAMIOS.
CAPITULO LIX. DISPOSITIVOS PARA ELEVACION DE ELEMENTOS EN
LAS OBRAS.
CAPITULO LX. ESTRUCTURAS DE MADERA.
CAPITULO LXI. MUROS DE CARGA.
CAPITULO LXII. ESTRUCTURAS METALICAS.
CAPITULO LXIII. INSTALACIONES.
CAPITULO LXIV. FACHADAS Y RECUBRIMIENTOS.
CAPITULO LXV. DE LAS CONSTRUCCIONES MEDIANERAS.
TITULO OCTAVO.- FRACCIONAMIENTOS.
CAPITULO LXVI. DISPOSICIONES GENERALES.
TITULO NOVENO.- USO Y CONSERVACION DE EDIFICIOS.
CAPITULO LXVII. EDIFICIOS CATALOGADOS DEL PATRIMONIO
HISTORICO, ARTISTICO Y CULTURAL.
CAPITULO LXIX. MATERIALES INFLAMABLES.
CAPITULO LXX. MATERIALES EXPLOSIVOS.
CAPITULO LXXI. EDIFICIOS RUINOSOS Y PELIGROSOS.
CAPITULO LXXII. DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD.
CAPITULO LXXIII. ANUNCIOS Y TOLDOS.
TITULO DECIMO.- EXPLOTACION DE YACIMIENTOS DE MATERIALES.
CAPITULO LXXIV. DISPOSICIONES GENERALES Y LICENCIAS.
CAPITULO LXXV. TITULARES DE LOS YACIMIENTOS PETREOS.
CAPITULO LXXVI. PERITOS RESPONSABLES DE LA EXPLOTACION
DE YACIMIENTOS.
CAPITULO LXXVII. EXPLOTACION DE YACIMIENTOS.
TITULO DECIMO PRIMERO.- DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS.
CAPITULO LXXVIII. DIRECCIONES RESPONSABLES DE OBRA.
CAPITULO LXXIX. OCUPACION DE LAS OBRAS.
CAPITULO LXXX. LICENCIA DE CONSTRUCCION.
CAPITULO LXXXI. MEDIOS Y SANCIONES PARA HACER CUMPLIR EL
REGLAMENTO.
CAPITULO LXXXII. SANCIONES PECUNIARIAS.
CAPITULO LXXXIII. MEDIOS DE IMPUGNACION.
CAPITULO LXXXIV. TRANSITORIOS.
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES DEL MUNICIPIO DE PROGRESO.
TITULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES.
ARTÍCULO 1º.- Es de orden público e interés social, el cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento de Construcciones, de sus Normas Técnicas Complementarias y demás disposiciones legales aplicables en materia de Desarrollo Urbano, Planificación, Seguridad, Equilibrio Ecológico y Protección del Ambiente e Higiene, así como las limitaciones y modalidades que se impongan al uso de los terrenos o de las edificaciones de propiedad tanto pública como privada, en los Programas Parciales y las Declaratorias correspondientes.
ARTICULO 2º.- Deben sujetarse a las disposiciones de este Reglamento, toda excavación, relleno, reparación, construcción o demolición de cualquier género que se ejecute en propiedad pública o privada, así como todo acto de ocupación de la vía pública, uso de predios, construcciones, estructuras, instalaciones y servicios públicos.
ARTICULO 3º.- Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:
I.- AYUNTAMIENTO, al H. Ayuntamiento de Progreso.
II.- DIRECCION, a la Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas Municipal.
III.- LEY, a la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Yucatán.
IV.- REGLAMENTO, al Reglamento de Construcción del Municipio de Progreso.
V.- PROGRAMA, al Programa Director de Desarrollo Urbano y sus Declaratorias.
VI.- POR DECLARATORIA, a la Declaratoria de usos y destinos y reservas del Programa o cada uno de los programas a que se refiere la fracción anterior.
ARTICULO 4º.- Corresponde al Ayuntamiento a través de la Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas la aplicación y vigilancia del presente Reglamento.
ARTICULO 5º.- Para dar cumplimiento a los fines a que se refiere el Artículo 4º. de este Reglamento, la Dirección tendrá las siguientes facultades.
a) Vigilar que las construcciones, instalaciones, calles y servicios públicos, reúnan las condiciones necesarias de calidad, seguridad, higiene, comodidad y estética.
b) Ejecutar las resoluciones que el H. Ayuntamiento haya tomado para el control del crecimiento urbano, las densidades de construcción y población de acuerdo con el interés público y, con sujeción a los planes y programas de Desarrollo Urbano, y a las leyes sobre la materia.
c) Conceder o negar, de acuerdo al uso permitido, permisos para actividades relacionadas con el Desarrollo Urbano, de acuerdo a este Reglamento.
d) Inspeccionar las construcciones e instalaciones que se ejecuten para verificar su concordancia con los planes y proyectos autorizados.
e) Ordenara la suspensión o clausura de obras en los casos previstos por este Reglamento.
f) Dictar las disposiciones técnicas acerca de los trabajos a realizar en edificios en estado ruinoso u obra peligrosa, informando al Presidente Municipal.
g) Dictar las disposiciones conducentes para prevenir o suprimir las molestias que causen los establecimientos o instalaciones malsanos y en el caso de necesidad del cierre o adecuación de éstos, informar al Presidente Municipal.
h) Ejecutar con cargo a los propietarios las obras ordenadas en cumplimiento de este Reglamento, que no se hagan en el plazo que se fije.
i) Ordenar y ejecutar demoliciones de edificaciones en los casos previstos
...