TRABAJO DE JURISPRUDENCIA ROMANA NOVIEMBRE 2013
Enviado por Sandra75 • 15 de Enero de 2019 • 6.748 Palabras (27 Páginas) • 469 Visitas
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Cabe señalar que, la jurisprudencia se hizo presente de diversas formas, no solo en la entrega de respuestas (responsas) a conflictos particulares sino también en la asesoría de la administración pública, específicamente de magistrados, y posteriormente de emperadores. Bien es sabido que los jurisconsultos se ocuparon de entregar respuestas a los distintos tipos de conflictos en la vida cotidiana de los particulares, pero no es sino la facultad de la jurisprudencia de ser mera fuente creadora de derecho, la real importancia de ésta en la vida de cada ciudadano romano.
La jurisprudencia tiene, cuando menos, dos finalidades esenciales, a saber: la de interpretar el derecho legislativo y la de crear o construir el derecho con ocasión a los casos concretos que se sometan al conocimiento de los tribunales. Sobra decir que para la consecución de las mencionadas finalidades los juzgadores deben aplicar no sólo los conocimientos inherentes a la ciencia jurídica sino los que conciernen a todas las disciplinas culturales o científicas, e incluso tecnológicas, que hayan aportado el contenido substancial de las normas jurídicas del derecho.
Bajo la óptica del derecho positivo-jurisdiccional moderna, la jurisprudencia se traduce en las interpretaciones y consideraciones jurídicas integrativas uniformes que hace una autoridad judicial designada para tal efecto por la ley, respecto de uno o varios puntos de derecho especiales y determinados que surgen en un cierto número de casos concretos semejantes que se presenten, en la inteligencia de que dichas consideraciones e interpretaciones son obligatorias para los inferiores jerárquicos de las mencionadas autoridades y que expresamente señale la ley.
Esta conceptualización de jurisprudencia puede estimarse como el resultado de una aplicación especial de la definición formulada por Ulpiano acerca de la idea de jurisprudencia. En efecto, ésta es sinónimo de Ciencia del Derecho en general, de acuerdo con tal jurisconsulto romano. Pues bien, cuando se dice que un tribunal "sienta jurisprudencia", se presume que en las consideraciones e interpretaciones jurídicas en que ésta se traduce, se han vertido los conocimientos científicos del Derecho en general, especializados en cada materia jurídica de la que surjan los casos concretos de que se trate. Se puede decir entonces que la jurisprudencia de los tribunales resulta de la aplicación uniforme y sucesiva de la Ciencia de Derecho o Jurisprudencia (en su sentido clásico) en varios casos concretos que se presenten, respecto de un punto determinado de derecho.
Evolución
La jurisprudencia tenía como principal actividad la interpretación del derecho, sea este para intervenir en juicio, como también para entregar las diversas respuestas solicitadas por el pueblo romano a la hora de enfrentar un problema entre sus habitantes.
Además, la jurisprudencia a través de su gran labor judicial en Roma, en conformidad al pasar los años y a la evolución de las formas en que se regía, e interpretaba el derecho, debió variar a su vez la manera en que debía contribuir al quehacer social-judicial de los habitantes de Roma. Claro está que la finalidad por excelencia, no sobresale de los límites que la célebre frase de Celso, interpretada por Ulpiano y recogida por Justiniano en su Corpus, de dar a cada uno lo suyo, daría a la ciencia jurisprudencial.
A lo largo de la historia jurídica de Roma, las facultades jurisprudenciales serán reducidas por la potestad imperial, pero aun así en su labor e importancia como fuente creadora de derecho se verá siempre en la labor de instruir a los diversos grupos solicitantes del conocimiento del derecho. La finalidad de la jurisprudencia sufre constantes cambios conforme pasan los años, así se verá también por qué la jurisprudencia al terminar burocratizada por la legislación imperial, ya no cumplirá las mismas labores que cumplía al iniciar la interpretación pública del derecho. Es así como esta ciencia perdurará tantos años como fuente interpretativa del ius, y más aún, como mera fuente creadora del ius.
ETAPAS DE LA JURISPRUDENCIA
En los inicios y el término de la historia del derecho romano antiguo se presentan dos monumentos legislativos. Convencionalmente se puede dar por empezada la historia del derecho romano en 451-450 a. C. cuando fue promulgada la ley de las XII tablas, destacando su relevancia periodificadora e historiográfica. Esta ley implicó un vuelco en el derecho de su época; los romanos dejaron de regirse por maores maiorum (costumbres), a esto debe sumarse la igualación del derecho, a saber, aequatio iuris entre patricios y plebeyos.
El otro monumento legislativo es el Corpus Iuris Civiles elaborado en Constantinopla (capital del Imperio Romano de Oriente) en los años 529 y 534 d. C. En el Imperio Romano de Occidente, en el año 505 había sido confeccionada la convencionalmente llamada lex romana visigothorum. En el transcurso de estos casi mil años se pueden distinguir 3 épocas; arcaica, clásica y postclásica.
Época Arcaica (Jurisprudencia Divina)
Este período comienza con la fundación de Roma en el año 753 A.C. y concluye aproximadamente en el año 450 A.C. con la creación de la Ley de las XII Tablas. Esta fase es comúnmente conocida como fase o etapa pontificia, ya que en su origen y durante los primeros siglos de la historia de Roma, la jurisprudencia se consideraba labor propia de los pontífices. Estos formaban el más importante de los cuatro colegios sacerdotales, tenían competencia en cuestiones de derecho sagrado y también de derecho civil, ya que el derecho estaba profundamente vinculado a la religión.
Sobre este periodo, el romanista Rodolfo Sohm, señala: “… la jurisprudencia romana tuvo su origen en el Colegio de los pontífices, asesores técnicos, primero de la justicia real y más tarde de los cónsules y los pretores. Sus conocimientos del derecho estaban relacionados con la ciencia de la religión y la astrología. Su misión era interpretar la voluntad divina, clave, para los antiguos, de todo el orden jurídico.”
Como dato relevante, debe mencionarse que, es en esta época, cuando se crea la Ley de las XII Tablas que constituye el más antiguo e importante antecedente legislativo del derecho romano. Esta época concluyó a finales de la República, en el año 304 A. C. y a partir de entonces la jurisdicción reservada a sacerdotes y escribas, se tornó laica y pública
Los pontífices eran los intérpretes supremos del fas o voluntad de los dioses y de las antiguas mores, o costumbres que formaban
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