Tema_ Fuentes del derecho romano.
Enviado por monto2435 • 4 de Marzo de 2018 • 1.420 Palabras (6 Páginas) • 539 Visitas
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Reflexionando, en cuanto a las fuentes analizadas, considero que la ley es la más importante, así como los plebiscitos. La primera, porque es lo que el pueblo ordena y establece, principio fundamental para que un Estado se pueda desarrollar y convivir en comunidad, sin violentar los derechos de los demás, creo que el hombre debe ser regulado, con base en las normas que dicte su sociedad, ya que sin ley, se corre el riesgo de vivir en la impunidad. Respecto a los plebiscitos; es de llamar la atención que fueron tomados en cuenta, tanto, que se creó un tribunado en el año 494 a.C., donde los tribuni procedieron a convocar a la plebe en asambleas, considerando que no era todo el pueblo quien tenía la facultad para tomar decisiones, exponer sus necesidades, inquietudes o inconformidades, sino únicamente los plebeyos, quien en la antigua Roma, era la clase social que carecía de los privilegios de los patricios, es decir, tenían un rango inferior en la ciudad.
Con el propósito de comprender como funcionaba cada una de las fuentes, motivo de este trabajo, se tiene, por ejemplo, que las leyes pueden ser divididas en curiadas y centuriadas. Las primeras son emitidas en los comicios por curias y las segundas aquellas que surgen de los comicios por centurias. La ley consta de tres partes: a) Paescriptio. Es aquella parte de la ley donde se indica el nombre del magistrado que la propuso y el día en que fue votada. b) Rogatio. Es propiamente el texto de la ley y, por tanto, su parte más importante. c) Sanctio. En ella se señalan las disposiciones relativas a su observancia, así como la sanción aplicable en caso de que la ley sea infringida.
Los plebiscitos tomaron el nombre del magistrado que lo había propuesto y fueron la obra del pueblo entero, desde entonces se puede dar la denominación de ley, ejemplo, la ley Cincia, Voconia, Falcidia, Aquilia.
Los senadoconsultos, en la fase imperial, con la relevancia política que adquiere el senado junto al príncipe, obtienen una auténtica actividad legislativa de la que carecía en tiempos anteriores. El SC constaba de paescriptio, en la que figuraban el nombre del magistrado proponente y fecha de votación; luego venía el texto legal dividido generalmente en capítulos, y al último la sanctio. Algunos SC importantes: el Valleianum, que prohibía a las mujeres figurar como fiadoras; el Nenorianum, que estableció que debían tenerse como válidos todos los legados hechos per damnationem; el Tertullianum, modificando el derecho de sucesión hereditaria de la madre frente al hijo y que fue completado por el Orphitianum; el Macedonianum, que prohibió prestar dinero a los hijos de familia. En cuanto a los edictos referentes al derecho privado son los de los pretores, los de los presidentes en las provincias, los de los ediles curules, los de los cuestores y el de los prefectos del pretorio.
Finalmente, se estima pertinente mencionar que el derecho elaborado por el pretor dio vida a un nuevo derecho que completaba y a veces corregía al ius civile: el derecho pretorio u honorario, que introdujeron para utilidad pública, para aplicar, completar y corregir el derecho civil. Hoy día, las facultades de un magistrado consisten en aplicar las leyes, es decir, administrar justicia, pertenece al Poder Judicial y son ratificados en su cargo cada seis años, quedando a cargo de elaborar las leyes el Poder Legislativo.
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Referencias:
Morineau, M. e Iglesias, R. (1993). Derecho Romano. (3a. ed.). México: Harla.
Bravo, A. y Bravo B. (1995). Derecho Romano. (13a. ed.). México: Editorial Porrúa.
Moncayo, S. (1997). Manual de Derecho Romano I. Historia e instituciones. México: Universidad Veracruzana.
González, H. (2007). Derecho romano. México: Oxford.
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