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Tributario. Impuesto a la renta (dos situaciones particulares)

Enviado por   •  15 de Diciembre de 2017  •  1.937 Palabras (8 Páginas)  •  516 Visitas

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No presenta declaraciones, solo tiene que pagar el valor, pero él tiene algunos deberes formales, guardar los comprobantes de transferencias y comprobantes de adquisición. Las llamadas notas de ventas, cuando sus transacciones son superiores a $12.

Si supera los 60 mil dólares al año ¿?

Se pueden tener varios negocios pero TODOS bajo el mismo pago.

Al ponerlo en la categoría 3 a lo largo del año se mantiene en ella pero si el mismo contribuyente que ha subido de categoría porque su nivel no ha bajado debe pedir UNA RECATEGORIZACION, si no la pide el SRI lo puede sancionar.

El RUC es uno solo pero el mismo identifica el tipo de régimen en el que está el negocio.

TODOS tienen la obligación de facturar pero los del ICE facturan cuando ¿?

La nota de venta del ICE no está en el régimen tributario

Es como un elaboramiento, plantea todo bien bonito, al SRI le interesa que pase al régimen común.

RISE hay muchas ventajas, se puede tener hasta 10 trabajadores, si entra sin trabajadores por cada trabajador hay una rebaja del 5% es decir que un individuo puede llegar a pagar el 50% de lo que dice la tabla Pero debe tenerlo afiliado al seguro

Todo sujeto pasivo del ICE no puede ser sujeto del RISE

No puede ser RISe si ha sido agente de retención tres años atrás.

No puede ser sujeto de Rise los que están autorizados a establecimientos gráficos

No puede ser RISe Los profesionales

Un abogado puede tener máximo dos trabajadores, por numero entrarían al RISE, podríamos estar dentro del rise pero no, porque el profesional tiene que tener situación de ingreso.

Puede tener rise aquel profesional que tenga negocio pero que no ejerza su profesión.

Un abogado que tenga una empresa de transporte de mercadería por ejemplo.

Art. 97, 1,2

Aquel que ha tenido crédito tributario pierde el Rise y el crédito, la recategorizacion se aplica de forma inmediata.

El RISe es para el pequeño comerciante

Exclusión (Art. 97-12)

Alusiones administrativas

Que el sujeto pasivo del IVA IR y ICE esta sujeto.

Incluidos los del RISe están sujetos a tres sanciones, las multas, para lo que tiene que ver con el RISe tiene que ver con las contravenciones y faltas reglamentarias, y están relacionadas con la clausura e incautación Art. 100 LRT.

Nosotros tenemos dos formas de calcular las multas, es importante id cual es el impuesto determinado y cual es el impuesto a pagar, porque la multa se da sobre el impuesto determinado, El IR es el 3% de cada mes que me demore en presentar la declaración (multa). Siempre y cuando no supere el 100% del valor del impuesto, el interés no tiene tope. Si me he demorado 48 meses lo máximo que debo pagar son 100 importes, pero este es el caso de que exista impuesto, si no lo hay pago la multa sobre el ingreso bruto y eso es el 0.1% siempre y cuando no supere el 5% del total de los ingresos brutos.

“para pagar sobre ingreso bruto una multa, prefiero pagar sobre el impuesto determinado”

En el caso de IVA, cambia, porque la multa se calcula sobre el impuesto a pagar.

Cuando se retiene el 100% no hay impuesto a pagar.

Para evitar ese problema el SRI saco una resolución.

Y lo mismo cuando las declaraciones son en 0

- Clausura e incautación.- es una disposición que trae mucho conflicto, la ley de RTI solamente tres impuestos, IR IVA ICE, y RISe, en consecuencia la Clausura solamente rige para ¿?

Por eso en el Art 97.14 del RISe que se incluye en el 2008 se impone la disposición general séptima. Trae las dos sanciones, que tienen como común denominador, acto administrativo impugnable con la máxima autoridad del SRI.

La Clausura contempla tres causales, 1.- Declaración (no presenta declaraciones conlleva clausura) 2.-No atender requerimientos de información en lo que tuviere. 3.- No entregar los comprobantes de venta.

En los locales comerciales no puede salir mercadería si no tiene su respectiva factura.

Primera es de siete días

Segunda es de 10 días pero también dice que hasta que se cumplan las obligaciones

En la clausura se establece en los días hábiles.

La clausura se mantendrá hasta que el sujeto cumpla con toda las obligaciones debidas.

Art 97.14

La incautación de la mercadería

Causales

1.- No portar con las guías de remisión (es el justificativo del traslado licito de un lugar a otro y la emite el dueño de la mercadería)

2.- Está relacionada con la lícita procedencia de la mercadería, es cuando el SRI va a un local y la mercadería tiene que estar sustentada con comprobante de venta o documentos de importación. El contrato de venta y consignación es el tercer documento que puede sustentar la procedencia de la mercadería.

3.- Observar a un cedatario. (No se entiende)

La incautación tiene dos fases es la provisional como primer paso, una vez retirado los bienes tiene dos y en caso de bienes no perecibles tiene 30 días, para justificar el origen licito de la mercadería, se debe poner la mercadería de buen recaudo, en el caso de ser devuelta debe estar en el estado que se incautó, debe pagar el almacenaje de dicha mercadería.

A la administración tributaria no le interesa el origen de la mercadería, solamente recaudar.

Léase el Caso Cabrera.

La acción penal no se elimina pagando

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