TRATAMIENTO CONTABLE DE LOS DERIVADOS FINANCIEROS
Enviado por MIMOY • 18 de Enero de 2019 • Documentos de Investigación • 431 Palabras (2 Páginas) • 604 Visitas
TRATAMIENTO CONTABLE DE LOS DERIVADOS FINANCIEROS
Debido a los diferentes tratamientos contables que se puede dar a una misma operación, existen organismos especializados en cada país e inclusive a nivel internacional, encargados de proponer principios que sean de uso común para facilitar el registro contable uniforme de tales operaciones.
En nuestro país podemos destacar la existencia de dos normas que regulan el tema de la contabilización de operaciones con instrumentos financieros derivados.
Una de ellas ha sido emitida por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) mediante la Resolución 943- 99 del20 de octubre de 1999, que actual izó el Manual de Contabilidad bajo el cual se rigen las empresas del Sistema Financiero. La otra, emitida por la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV) según la Resolución 1 03-99-EF/94.1 O, que rige para las empresas no financieras.
Según la norma dictada por la SBS, las empresas financieras peruanas, para poder desarrollar los productos financieros derivados, deben tener aprobación previa y, de ser el caso, registrar las operaciones realizadas en cuentas del Activo o Pasivo del Balance General, dependiendo de si son cuentas por cobrar o cuentas por pagar, respectivamente. Asimismo, se llevará un registro diario en las correspondientes subcuentas contingentes del Estado de Ganancias y Pérdidas, en el cual se registrarán las diferencias favorables o desfavorables a la empresa financiera.
Esta norma también especifica que las subcuentas destinadas a productos financieros derivados declarados de cobertura se denominan diferencial de las posiciones del producto, e indica que si alguno de estos instrumentos del activo o pasivo sujetos a cobertura se liquidase antes de su vencimiento, entonces el producto financiero derivado será registrado a partir de dicha fecha como uno con fines especulativos, pasando a denominarse las subcuentas fluctuación del valor por variaciones de las posiciones. Para el caso de las empresas no financieras, la CONASEV indica que se debe revelar toda la información concerniente a las políticas contables, métodos adoptados, el criterio de reconocimiento y las bases de medición adoptadas, incluyendo además información adicional cuando se trata de operaciones de cobertura. A diferencia de las empresas financieras, en este caso se deja a decisión de la propia empresa el registro diario o al vencimiento de las ganancias o pérdidas producidas por la negociación con derivados.
En general, el tema de la contabilización de tales ganancias y pérdidas es relevante a fin de establecer el tratamiento tributario sobre las mismas, ya que para fines del Impuesto a la Renta se toma la utilidad o pérdida determinada en el Estado de Resultados, efectuándosele algunos agregados o deducciones previstos expresamente en las normas que regulan este tributo.
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