Apuntes Derecho Constitucional
Enviado por J. Pablo Chavez Vega • 20 de Agosto de 2021 • Apuntes • 6.990 Palabras (28 Páginas) • 441 Visitas
En esta primera unidad, nos dice lo que es una ciencia y como el derecho también es una ciencia junto a las demás como matemáticas, física etc. Y donde nos explica porque es una ciencia como disciplinas ya mencionadas, mencionando algunas teorías como la de Kelsen, Bondeheimer, Clauss Roxin y Günter Jakobs por decir algunas.
Donde también nos dice varios de los métodos que tiene la ciencia (funcionalismo, finalismo, causalismo, garantismo, el dialéctico, y otros tanto) mientras que nos dice que se rescatan varios elementos constantes manejados por distintos autores como lo son las situaciones políticas, sociales, económicas, históricas, psicológicas, aspectos étnicos o de raza
En este segundo subtema nos menciona que existen dos clasificaciones donde la primera seria por materia (civil, penal, laboral, agraria, etc) y otra más sencilla que divide al derecho escrito en 3 grandes ámbitos como el derecho privado, derecho publico y derecho social
Donde el derecho privado es el encargado del análisis de la norma jurídica que regila la conducta de los particulares y su relación entre ellos mismos. El derecho publico considera las normas jurídicas que establecen las reglas entre el Estado y los particulares, mientras que el derecho social es el que se encarga del análisis de las normas que protegen a un sector específico de la población, como el caso del Derecho Laboral o el Derecho Agrario. Donde después nos dan criterios de distinción donde diferenciamos cada rama por el sujeto que son los particulares, en el social los entes grupales de la comunidad, en el público el Estado, por su relación de coordinación, en el social de colaboración, en el público de subordinación y por el interés donde el derecho privado se impone en el social el interés grupal o comunitario, en el público el interés del Estado o público
Donde para finalizar nos menciona que la constitución es la base, y origen de las normas que rige a cada nación, en ella se genera la potestad del Estado, la soberanía, la ley común, la organización del Estado, los deberes y derechos de los ciudadanos, establece los principios básicos de todo el derecho. Por consiguiente, el Derecho Constitucional es una rama del Derecho Público, cuya definición se proporcionará en la siguiente unidad
A este ámbito Fix Zamudio lo califica como “las Líneas maestras del constitucionalismo contemporáneo”; Tena Ramírez solamente cita al respecto la vida de procedimientos para el estudio del Derecho Constitucional. Los dos en su definición de método se refieren a lo mismo, procedimientos para abordar con seriedad científica el análisis de la materia citada.
Entre los métodos más destacados para el estudio del derecho Constitucional se destacan los que se basan en poder, política, democracia, entre otros. Se especifica que un método de estudio es el modo correcto para llegar a una meta, para este tipo de derecho destacan el Método histórico que da la posibilidad de llegar a versión que se aparte del escrito preciso. Esta división se hace visible cuando un mismo texto intacto soporta sucesivamente diversas interpretaciones.
Después se muestra la identificación de dicho método, donde el primer punto está la técnica de poder y de libertad, donde esta posición opuesta visualiza a la constitución, el principal de ellos, como un grupo de normas jurídicas que emiten el poder político, y el posterior como un método para ratificar la libertad del individuo. La libertad sin restricciones termina en anarquía, y el poder absoluto sin libertades nos conlleva al despotismo, en el siguiente punto nos hacen referencia a las organizaciones políticas, esto describe el estudio de la actividad de estas sociedades que operan en los hechos y que no esta planificado por los relatos legales amparando que otras disciplinas asisten a la observación de la materia
Usando la constitución como mecanismo de autoridad, desde esto se analiza la constitución como un mecanismo que sirva para encaminar, restringir y practicar un control preciso de poder que se ha pasado a manos de los gobernados para provecho de todos los que se administran por tal reglamento, encontrando un reparto del poder público, mientras que se tiene una cualidad de visualizar la constitución con una cantidad de valores que ayudan a el logro de los fines de un país, mientras con la capacidad de integrar, se trata de plasmar la constitución como instrumento de juntar la variedad de juicios, que toda la población este en un acuerdo legal y comunitario aprobando proseguir con lo apegado al texto constitucional
LA CONSTITUCION
En contra de los supuestos pactos, hay que agregar lo que establece FerdinandLassalle al respecto de la situación en la edad media:El pueblo bajo en realidad era tan impotente que se le podía gravar con toda suerte de tributos y gabelas, a gusto y antojo del legislador." En fin ustedes se crearán su propio criterio, lo real es que también ya se distinguía en esta época una supremacía controladora.
Es importante mencionar que los ingleses, desde el siglo XIII, consideraban como uno de sus principales motores la acción del Parlamento, así lo cita Andrade:Los ingleses no distinguen entre un Poder Constituyente como originario y los Poderes constituidos como derivados. Podría afirmarse que el Parlamento británico es una especie de Poder Constituyente en permanente acción. Su poder es supremo, tan es así que existe una máxima política entre los ingleses que afirma:El Parlamento lo puede todo, menos convertir a un hombre en una mujer.
De acuerdo a la primera definición que da el Diccionario El pequeño Larousse Ilustrado que refiere que Constitución es composición.Al caso son aplicables todas las definiciones ya que en sentido completamente jurídico como lo aduce Fix Zamudio,diríamos que se refiere a la manera en que están arreglados u organizados los principios y 31 órganos públicos de un estado cualquiera.
Andrade, al aducir que como todas las cosas, un estado o nación también tiene una composición, desde el punto de vista:que abarca el modo de ser de cada Estado en su integridad y lo distingue de otros, refiriéndose a la complejidad de sus relaciones sociales, a las interacciones entre los grupos que lo conforman y a las características sociológicas del conjunto: lenguas, religiones, concepciones del mundo y de la vida, etnias, gastronomía, expresiones culturales, costumbres y, por supuesto, las normas que lo rigen y la manera como es gobernado.
La constitución Jurídica y Real La constitución jurídica refiere a la norma escrita, la Ley, y la constitución real advierte la forma en que una nación se desenvuelve, la forma en que se rige,la manera de existir una nación, o bien bajo la perspectiva de Lassalle es"la suma de las relaciones reales de poder que rigen en un país.
Zamudio asevera que esta clasificación puede inducir a equívoco ya que las constituciones flexibles no son las que más cambian, el caso inglés lo ejemplifica, mientras que algunas constituciones rígidas han sido modificadas mucho más veces que las flexibles como ocurre con varios textos en la actualidad. Constitución democrática y no democrática Se refiere a la existencia o no de un Estado democrático.
Zamudio cita que México es en parte originaria y derivada, ya que se introdujeron novedades como el constitucionalismo social y el juicio de amparo; y derivada pues proviene de varias propuestas constitucionales como ejemplo ponemos la siguiente cita: Hay pues, en nuestro régimen una distinción exacta entre el poder que confiere las facultades de mando y los 38 poderes que ejercitan esas facultades, lo que significa que nuestra Constitución adoptó en este punto el sistema norteamericano. Existen dos tendencias que advirtieron el contenido de la Constitución, la restrictiva y extensiva
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