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CUESTIONARIO DERECHO MINERO

Enviado por   •  20 de Marzo de 2021  •  Apuntes  •  2.464 Palabras (10 Páginas)  •  483 Visitas

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CUESTIONARIO DEL 1° PARCIAL

DERECHO MINERO

  1. Definición del Derecho Minero
  2. Principios del Derecho Minero
  1. Principio de la Utilidad Pública (Definición de Utilidad Pública)
  • Alcance del Principio de Utilidad Pública
  1. Principio de la Temporalidad Minera
  2. Principio de Reversibilidad Minera
  3. Principio de la Imprescriptibilidad
  4. Principio de la Indivisibilidad Minera
  • Indivisibilidad Física
  • Indivisibilidad Jurídica
  1. Sujetos y Modalidades de la Actividad Minera
  2. ¿Dónde se encuentra la riqueza mineral?
  3. La Incapacidad Minera
  • Incapacidad Minera Relativa
  • Alcance de la Incapacidad Relativa y Temporal
  • Incapacidad Minera Absoluta
  1. Sistemas de Propiedad Minera
  • Sistema Regalista
  • Sistema Dominal
  1. Concesión Minera
  • Definición General
  • Definición Legal
  1. Características contractuales de la Concesión Minera
  2. Plazo de duración de la Concesión Minera
  3. Principio de la Unidad de la concesión y Derechos referentes al concesionario
  4. Definición de Zona Reservada
  5. Definición de Reservas Nacionales
  6. Definición de Zonas Libres
  7. Características del Derecho de Exploración y Explotación Minera
  8. Contenido del título de concesión
  9. ¿Cuáles son los requisitos de la solicitud para ser concesionario?
  10. Definición de las Ventajas Especiales
  11. Tipos de Ventajas Especiales
  12. Causales de oposición al otorgamiento de concesiones mineras

DESARROLLO

  1. Definición de Derecho Minero

     Es el conjunto de normas y principios de derecho público que regula la actividad del Estado y de los particulares con motivo del aprovechamiento económico de la riqueza mineral

  1. Principios del Derecho Minero

  1. Principio de Utilidad Pública

     Según el artículo 3 del Decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Minas, se declara de utilidad pública la materia regulada por el mismo, en consecuencia, todo lo relativo a la actividad minera será regido por el Estado en beneficio del interés público, social o colectivo por considerarse de utilidad pública.

     En este sentido, se define como el principio en virtud del cual el Estado dicta normas de suprema eficacia para alcanzar sus fines

     Ejemplo: La expropiación, que es una medida extraordinaria que dicta el Estado, por causa de utilidad pública o interés social con la finalidad de alcanzar sus fines.  

  • ¿Cuál es el alcance del Principio de Utilidad Pública?

     El alcance del principio de utilidad pública se refiere a la posibilidad que le concede la Ley al beneficiario de derechos mineros de solicitar la constitución de servidumbres, la ocupación temporal y la expropiación de bienes, en el ejercicio de la actividad minera. (Art. 11 DRVFLM)

  1. Principio de la Temporalidad Minera

     Es el principio en virtud del cual los derechos mineros no se otorgan a perpetuidad, dado que tienen un tiempo de duración establecido por la Ley, es decir, los derechos mineros son temporales (Art. 9 DRVFLM)

  1. Principio de Reversibilidad Minera

     Según este principio todo lo que se ha invertido en la mina, (ya sean tierras, incluyendo obras permanentes, instalaciones, accesorios y equipos que formen parte integral de ellas, así como cualesquiera bienes muebles e inmuebles, tangibles o intangibles, adquiridos con destino a la actividad minera) pasarán en plena propiedad a la República, libres de gravámenes y cargas, sin indemnización alguna, a extinción de dichos derechos, cualquiera que sea la causa de la misma. (Art. 102 DRVFLM)

  1. Principio de la Imprescriptibilidad

     De acuerdo con este principio las minas no pueden adquirirse por prescripción, dado que, en concordancia con el artículo 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Minas, las minas o yacimientos minerales existentes en el territorio nacional pertenecen a la República, son bienes del domino público y, por tanto, inalienables e imprescriptibles.

  1. Principio de la Indivisibilidad Minera

Este principio abarca dos tipos de indivisibilidad minera:

  • Indivisibilidad Física

     Refiere a que la mina no puede dividirse, por lo tanto se prohíbe los traspasos parciales, de modo que todo acto jurídico que tenga por objeto la concesión o que de algún modo la afecte, respetará a indivisibilidad de la misma.

  • Indivisibilidad Jurídica

     Refiere a que cuando el derecho minero sobre una mina es propiedad de varios titulares todos son solidariamente responsables frente al Estado, es decir, todos responden conjuntamente del cumplimiento de las obligaciones.

  1. Sujetos y Modalidades de la Actividad Minera (Articulo 7 DRVFLM)

     Los Sujetos que intervienen en el ejercicio de las actividades mineras son:

  • El Ejecutivo Nacional
  • Los Particulares o terceros

     En este sentido, las actividades mineras pueden ser ejercidas directamente por el Ejecutivo Nacional; o realizadas por los Particulares o terceros mediante las siguientes modalidades:

  • Concesiones de exploración y subsiguiente explotación
  • Pequeña Minería
  • Mancomunidades Mineras, y
  • Minería Artesanal  

  1. ¿Dónde se encuentra la riqueza mineral? (Articulo 10 DRVFLM)

     La riqueza mineral se encuentra en el subsuelo, que se extiende indefinidamente en profundidad, desde donde el suelo termina.

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