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Derecho Constitucional 2do Parcial

Enviado por   •  16 de Septiembre de 2022  •  Resumen  •  1.723 Palabras (7 Páginas)  •  296 Visitas

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Derecho Constitucional 2do Parcial.

Los derechos constitucionales forman un limiten al poder del Estado y protegen a las minorías.  Están reconocidos de una manera vaga que da lugar a diferentes teorías interpretativas.

Aristóteles: Parte de la concepción de que el hombre es un ser social con ciertas capacidades. Es un ser racional que puede expresar sus ideas, puede trabajar y adquirir sus frutos. Estas capacidades deben ser protegidas porque hacen a la naturaleza humana.

Santo Tomás: Fundamenta los derechos sobre una base teológica. Se trata de una concepción ius-naturalista que retoma a Aristóteles.  El fundamento de los derechos es una ley eterna que dios impuso. Los derechos derivan de la naturaleza humana pero con un fundamento religioso.

Iluminismo (Contractualismo): Aparece con el surgimiento de nuevas ideas que cuestionan el derecho divino de los reyes. Fundamento racional y en algún sentido político de los derechos.

Historicismo (Savigny): No existen los derechos humanos universales. Estos son los frutos de la historia y de la cultura.

Convencionalismo: Considera que profundizar en la fundamentación de los derechos no tiene ninguna utilidad en la práctica. Existen ciertos derechos que por su importancia los estados deben proteger.

Otras teorías a favor de la fundamentación: liberalismo politice, social democracia, constructivistas, etc.--} hacen hincapié en los individuos. Los seres humanos deben ser tratados con igualdad y respeto. Las personas están por encima de las instituciones, las cuales tienen la función del florecimiento humano. Se parte del valor de la persona humana y se consideran de gran importancia ciertos valores tales como la autonomía de la persona, la libertad, la dignidad y el respeto.

Tres generaciones de derechos:

  • 1º generación. Derechos Civiles y políticos. Clásicos. Surgen del texto Constitucional del año 1853. Tienen como antecedente La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano que tuvo lugar en Francia luego de la Revolución.
  • 2º generación. Derechos Económicos Sociales y Culturales. Surgen del Consitucionalismo social que tuvo lugar a partir de grandes cambios en la historia mundial como fueron los producidos por la Rev. Ind. Y la nueva relación de empleo.
  • 3º generación. Nuevos derechos de las sociedades Post- Industriales. Medio ambiente. Competencia. Consumidores y usuarios. Consumo de masas y los contratos de Adhesión.

Derecho a la vida

La constitución no hace mención del derecho a la vida pero esta si es reconocida en varios tratados con jerarquía constitucional. Este derecho deriva del principio de soberanía popular y se basa en la autonomía de la voluntad, la libertad, la dignidad y la integridad. La vida es el presupuesto de los derechos reconocidos en el texto constitucional, puesto que les da valor.

Pena de Muerte

El art. 18 CN prohíbe la pena de muerte por delitos políticos con el objeto de evitar que se ejecuten a opositores. En los demás casos, es el Congreso el que debe decidir sobre la pena de muerte. Estuvo muchas veces legislado en el C. Penal pero nunca se aplicó formalmente y finalmente en el gobierno de Alfonsín se suprimió. Se mantuvo vigente en el C. de J. Militar.

P.S.J.C.R: prohíbe restablecer la pena de muerte en los pena en EEUU y en Cuba.

Argumentos a favor:

Teoría Retribucionista: Se Busca una Proporción entre el mal causado y el daño.

Otra teoría considera que al haber amenaza de muerte se ejerce una disuasión tan alta que  se evitan mas inconductas.

Argumentos en contra: El propósito de la pena no debe ser causar un daño, sino prevenir que se cometan delitos y dar el ejemplo. Se debe reeducar y resocializar. Si se llega a producir un error en la sentencia, cuando se dicta pena de muerte no hay vuelta atrás.

EEUU--} Con pena de muerte. Los políticos son mucho más sensibles con respecto a sus electorados. La pena se decide por jurados. La CSJF considera que no es un castigo cruel e inhumano, pero si el hecho de hacer esperar mucho tiempo a la persona condenada para ser ejecutada.

Europa--} Sin pena. Decisión de las élites políticas europeas. No se tuvo en cuenta la opinión del pueblo al momento de decidir sobre la cuestión.

Aborto

El C. Penal argentino castiga el aborto como delito, el cual se encuadra en una categoría menor a la del homicidio.

Excepciones--} si está

 en juego la vida de la madre o por violación  en caso de una mujer demente o idiota. Anteriormente la doctrina consideraba que debían darse las dos cosas juntas, la violación y el que sea una mujer demente o idiota. Actualmente se considera que puede admitido sin que se trate de una mujer demente o idiota.

Existe gran influencia de la religión sobre la decisión de la legalización del aborto. Los países católicos tardan mucho más en aceptarlo.

EEUU--} gran discusión. Pro- life and Pro- choice. Roe vs wade CSJF. (Distinción entre los períodos del embarazo).

Argumentos a favor: al momento de la concepción se genera un código genético diferente. Se crea una vida que debe ser protegida de la misma forma en que se protegen las vidas de las personas que ya han nacido.

Argumentos en contra: Clandestiniza el aborto. Genera más males que bienes. Las mujeres deben tener derecho a la intimidad y a la privacidad y que se les respete el plan de vida que han elegido y la autonomía de su voluntad.

Eutanasia

Existe un Proyecto de ley en Argentina.

Derecho a una muerte digna (autonomía)

Eutanasia activa: quitarle la vida a alguien que se encuentre en una etapa terminal o una situación de salud que impida vivir. Se provoca mediante el suministro de algún tipo de droga.

Eutanasia pasiva: se discontinua un tratamiento médico y la muerte se produce por causas naturales.

 Es una decisión personal que no afecta a terceros. Se puede decidir por no someterse a traumas o sufrimientos.

Tensiones:

  • Entre la autonomía de la voluntad y el deber de los médicos de curar la salud.
  • Se trata de decisiones muy complicadas y puede ocurrir que la persona decida eso en un estado de debilidad de voluntad debido al sufrimiento. Es de gran importancia que la persona posea la debida información aunque no siempre pueda ser exacta.

El enorme costo que tiene que asumir el sistema de salud para mantener a las personas que no tienen posibilidades de vivir por su cuenta a motivado a la promoción de la eutanasia.

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