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Derecho Constitucional. (segundo parcial) Comisión Permanente.

Enviado por   •  30 de Marzo de 2018  •  1.039 Palabras (5 Páginas)  •  482 Visitas

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Legisladores federales o locales, 33% de quien expidió la norma, PGR, partidos políticos registrados ante el INE y registro local, CNDH y organismos estatales de DDHH.

Tabla de órganos y ordenes de Gobiernos.

La soberanía.

La soberanía es uno de los elementos del Estado (territorio, población, gobierno y soberanía) el cual debe ser tomado en cuenta con la importancia que en el radica, ya que al hablar de soberanía nos encontramos ante la máxima potestad con la que cuenta el Estado Mexicano ya que es mediante ella que se ejerce su poder dentro de su territorio y restringe a los otros estados para interferir en cuestiones internas.

Sin soberanía es posible que se conforme un Estado, sin embargo este carecería de decisiones propias e incluso podría darse el caso de que en su régimen interno existieran grandes violaciones irreparables.

Completar texto pendiente en foto.

Por lo que hace a la limitación debemos entender que la soberanía se encuentra sujeta a restricciones que obedecen a su propia naturaleza.

- El pueblo se autolimita para que el Estado de transgreda sus derechos.

- Se autodeterminan para constituirse y para funcionar.

Siendo así la auto limitación y la auto determinación son atributos inherentes de la soberanía.

El texto contenido en el párrafo 1 del art. 1 nos hablan de derechos públicos individuales como factores o elementos en que se concreta la autolimitación popular al reportarlos como diques u obstáculos a la actuación arbitraria e ilegal del Estado.

La autolimitación es entonces la restricción a la actividad del Estado introducida por el orden jurídico.

El Estado perse no puede llevar a cabo sus funciones, para ello es necesario que cuente con representantes (autoridades) quienes en todo momento deben actuar en representación del Estado.

Garantía.

Probablemente y parafraseando a Burgoa, proviene del término anglosajón “warranty” misma que traducida al español puede ser, asegurar, proteger, respaldar, defender, etc, etc.

De acuerdo con Kelsen, las garantías son procedimientos para asegurar el imperio de la ley fundamental frente a las normas jurídicas secundarias. Es decir “para garantizar que una norma inferior se ajuste a la norma superior que determina su contenido.

De lo anterior podemos inferir que de acuerdo con Kelsen no son garantías del gobernado, sino los medios o sistemas para garantizar o asegurar la prevalencia de las normas jurídicas superiores sobre las de menor rango.

De acuerdo a Fix Zamudio son medios jurídicos para hacer efectivos los mandatos constitucionales.

Esquema 1

Esquema 2

Tipos de relación en el Estado.

- Coordinación.- vínculos entre 2 o más sujetos físicos y morales dentro de su condición de gobernado.

- Supra ordinación.- se establece entre los diferentes órganos de poder o gobierno de un Estado normando la actuación de cada uno de ellos.

- Supra subordinación.- dualidad cualitativa subjetiva que surge entre 2 entidades colocados en distintos planos o posiciones, es decir, entre Estado como persona jurídico política y sus órganos de autoridad y el gobernado.

Es así porque el Estado y sus autoridades realizan actividades de soberanía o de gobierno (unilaterales, imperativas y coercitivas)

Cuando estas relaciones se regulan por el orden jurídico forman parte de la constitución y de las leyes administradas principalmente siendo del art. 1 de donde emanan los derechos.

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