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Crédito de habilitación o Avío.

Enviado por   •  27 de Diciembre de 2017  •  2.492 Palabras (10 Páginas)  •  410 Visitas

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FORMA.

Este contrato debe cumplir con las siguientes formalidades.

• Se consignará según convenga a las partes y cualquiera que sea su monto en 1. Póliza de seguros; 2. En escritura pública, o 3. En contrato privado. 5

Esto es que se pondrá por escrito el contrato ya se en póliza de seguros, o cualquiera de los otros que se señalan. En caso que se consigne en un contrato privado se debe otorgar el contrato ante el legislador del crédito agrícola en funciones de notario para que de fe pública en ejercicio de sus funciones, todo esto para poder cumplir con esta formalidad.

En contra de la Corte, los órganos colegiados dicen que si se puede ratificar sólo ante notario, es decir, que al no hacerlo ante el RPP 6 no se invalida el contrato.

• En el contrato se pueden establecer garantías reales sobre bienes muebles e inmuebles.

Esto es para darle seguridad al banco de que el regreso del crédito se llevará a cabo y en dado caso que no, se pone en garantía un bien mueble (todo aquello que puede trasladarse fácilmente de un lugar a otro) o un bien inmueble (cosas que naturalmente van adheridas al suelo u otras superficies) de la empresa.

• Cuando se intenta el cobro judicial, el cobro debe anexarse a un estado de cuenta que sea expedido por el contador autorizado y que detalle los movimientos mercantiles realizados.[pic 5][pic 6]

A pesar de no ser formalidad de la acción sino del pago, es muy importante porque si no se cumple la realización del pago no será válida.

PARTES Y CAPACIDAD.

Los elementos personales participantes en este crédito son el aviador y el aviado. El aviador es el acreedor, quien otorga el préstamo, en este caso el banco. El aviado es quien lo recibe, el deudor, quien tiene la obligación de pagar, o sea, la empresa.

En cuestión de capacidad la LTOC no establece que solo los bancos pueden acreditar préstamos sino que generalmente ellos son los que lo hacen aunque no está reglamentado que deba ser así. Por parte del deudor, cualquier persona física o moral puede ser acreditada, todo esto con fundamento en las reglas generales del derecho de crédito 7.

GARANTÍAS.

El avío establece como garantías las materias primas y materiales adquiridos, también los frutos y productos que se obtengan con el crédito no importa que sean futuros o pendientes, es decir, que no importa que aun no estén previsto o aunque si lo estén.

Como ya lo había mencionado, en los contratos de prestaciones se establecen garantías, esto es para asegurarse de que algo va a pasar, aquí por ejemplo es para asegurar que el aviado va a pagar su deuda, y en dado caso que no lo haga el aviador tendrá como garantía desde las materias primas que se obtuvieron con su crédito hasta los frutos que hicieron o están por rendir esas materias primas.

Lo más usual en este crédito es que la garantía sea prendaría, es decir, es cuando dejas por aval8 del crédito que pides algún bien material, por ejemplo las escrituras de algún terreno o propiedad o la factura de algún automóvil, no vas a poder contar con la documentación hasta que no completes de pagar el crédito.

Existen dos tipos de garantías la natural y la adicional, la natural nace por efecto del contrato automáticamente, y porque se constituye en este tipo de créditos; la garantía adicional es la que se agrega al contrato y es pactada por las partes de este.[pic 7][pic 8]

LOS PAGARÉS

El aviado puede otorgar a la orden del aviador un pagaré, esta es una garantía tipo adicional. Si el aviador transmite dichos pagarés queda solidariamente responsable de su pago, es decir, que tiene la obligación de responder por la deuda.

DERECHOS DEL AVIADOR.

Me adentro a los derechos del aviador y no a los del aviado porque es él quien otorga el crédito y quien por lo mismo de ser acreedor de un contrato de prestación debe tener derechos que lo amparen en caso de la violación del contrato, etc.

- Tiene derecho a cobrar la prestación que otorgó y los intereses que se hayan pactado (desde el momento en que pacta el contrato tiene estos derechos).

- Tiene derecho de nombrar a un tercero interventor para que cuide el cumplimiento de las obligaciones que tiene el aviado (esto es que cuide que el crédito que dio sea para los fines establecidos en el contrato y no sean usados para diferentes objetos).

- Tiene derecho a rescindir9 el contrato y exigir el rembolso del principal e intereses en caso de que el crédito que otorgó a la empresa haya sido usado para fines distintos a los pactados en el contrato (o sea dar por terminado el contrato por incumplimiento del aviado).

- Tiene derecho a perseguir los frutos o productos que constituyan la garantía de su crédito, si se da el caso de que el aviado no ha pagado el préstamo otorgado (si el aviado no quiere pagar, las garantías establecidas en el contrato podrán ser exigidas por el aviador).

Algo muy importante es que en su articulado la LTOC establece una prelación en los créditos de habilitación o avío, es decir, que el acreditante tiene preferencia absoluta para poder hacer efectivo su derecho de recuperación y esa es una gran ventaja.

REGLAS GENERALES Y PARTICULARES.

Como reglas generales tenemos: debe constar en un contrato ya sea público o privado y debe cumplir con las formas 10 ya antes mencionadas, también debe inscribirse en el registro de gravámenes según corresponda. Este contrato surte efectos contra terceros desde el momento en que se registra, un tercera podría ser el interventor. Debe estar expresamente señalado qué objeto tiene el contrato, o sea, en qué se invertirá el crédito. También debe señalar el tiempo en que va a durar el contrato, o sea, hasta qué día tiene el aviado para pagar y la forma en la que se va a vencer el plazo, ya sea por modalidad de apertura de crédito simple o mutuo 11.[pic 9][pic 10]

Por otro lado tenemos las reglas particulares: sus garantías pueden hipotecarias, es decir, que garantiza un préstamo, la mayoría de las veces bancario. Se requiere tanto la empresa del acreditado como el fin específico perseguido por ella, para la existencia de un contrato. Las entregas de dinero que haga el banco solo se prueban con la concordancia que existe entre el depósito que el banco realice a la cuenta de cheques de

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