Cuadro comparativo Declaracion de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
Enviado por monto2435 • 11 de Enero de 2018 • 1.601 Palabras (7 Páginas) • 1.306 Visitas
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competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley, dando soberanía a la misma como orden inviolable y establecida con anterioridad.
Por ultimo en este articulado se consagra la presunción de inocencia, es decir que toda persona se presume inocente mientras no se declare judicialmente culpable.
ARTICULO 10
ARTICULO 11
ARTICULO 18
ARTICULO 19
ARTICULO20 Todos estos artículos nos muestran que los ciudadanos tenemos libertad de conciencia, culto, comunicación; es decir que toda persona tiene derecho para tener ideas o creencias en su fuero interno ya sean producto del desarrollo de la razón, de la fe y hasta de la sin razón. Recordemos que la libertad de expresión es una condición necesaria para que el ser humano se desarrolle plenamente en sociedad, buscando la realización del individuo. Todos los derechos antes mencionados también buscan la realización del Estado social de Derecho, democrático, participativo y pluralista. El ser político se desarrolla en un Estado democrático, solo si puede expresarse libremente, difundiendo sus pensamientos y recibiendo información veraz e imparcial.
ARTICULO 12
ARTICULO 217
ARTICULO 218
ARTICULO 219
La sociedad en general necesita para preservar los derechos de los ciudadanos, el auxilio de la Fuerza Publica, por tal motivo la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, como la misma Constitución Política Nacional, establecieron unos parámetros de funcionamiento para beneficio de todos y no para provecho de algunos, teniendo en cuenta lo anterior Las Fuerzas Militares y la Policía Nacional en Colombia han sido instituidas para la protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos. Y donde sus miembros no podrán ejercer la función del sufragio mientras permanezcan en servicio activo, ni intervenir en actividades o debates de partidos o movimientos políticos.
ARTICULO 13
ARTICULO 95
Numeral 9
TITULO XII
DEL REGIMEN ECONOMICO Y DE LA HACIENDA PUBLICA
CAPITULO III
DEL PRESUPUESTO Para la Declaración y la Constitución Política de Colombia resulta indispensable una contribución común, para el mantenimiento de la fuerza publica y los gastos de administración, por tal motivo todos los ciudadanos tienen el deber y la obligación de contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado. Recordemos que el El Gobierno formulará anualmente el presupuesto de rentas y ley de apropiaciones, que será presentado al Congreso dentro de los primeros diez días de cada legislatura.
ARTICULO 14
ARTICULO 15 ARTICULO 15
ARTICULO 40 Aquí se tiene en cuenta la participación ciudadana, asimismo el derecho a pedir cuentas de la gestión pública en materia tributaria. Tanto el artículo 14 y 15 de la Declaración como el 40 de nuestra Constitución Política hacen claridad específica de la manera como la ciudadanía puede ejercer su derecho a pedir cuentas de las gestiones de todo agente publico, vigilando así su empleo, base, recaudación y duración.
Asimismo nuestra Constitución Política estableció mecanismos jurídicos como el derecho de petición (art 25) con el fin de proteger el derecho a la información (Art 15) que tenemos todos los ciudadanos.
ARTICULO 16
La sociedad en donde no estén garantizados los derechos ni esté establecida la separación de los poderes, carece de Constitución ARTICULO 1
TITULO V
DE LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Todo hombre investido de poder abusa de él. No hay poder que no incite al abuso, a la extralimitación. Para evitarlo, la única solución es encontrar una disposición de las cosas que de la misma derive una situación en la que “el poder detenga al poder”, por ello se convierte en indispensable la separación del mismo” por tal motivo la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano como nuestra Constitución Política, nos enseñan que en toda sociedad deben estar garantizados los derechos, así como la separación de poderes; a partir de esta separación, los tres poderes con sus competencias propias, quedan vinculados entre si a través de unos medios de acción recíprocos, de tal manera que cada uno de los poderes disponga de los medios de control y fiscalización sobre los demás, con el objetivo de evitar el abuso de poder por alguno de ellos.
ARTICULO 17
ARTICULO 58
Recordemos que el derecho de propiedad es la facultad que tiene el ciudadano de poseer y aprovecharse de un objeto así como disponer de él y excluir a terceros de su disfrute y posesión. También hace suyo el propietario todo lo que el bien produce y lo que se le une natural o artificialmente. En ese orden de ideas y como lo menciona el articulo 17 de la Declaración, la propiedad es un derecho inviolable y nadie puede ser privado de ella, salvo por necesidad publica, condicionada a una indemnización, lo anterior no es contrario a lo que manifiesta nuestra Constitución Política en sus artículos 18,19,60,61 y 64 garantizando a todos los colombianos la propiedad privada, los cuales no podrán ser desconocidos ni vulnerados, asimismo hace la salvedad que “Por motivos de utilidad pública o interés social definidos por el legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa”.
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