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Derecho Fiscal Evidencia #3

Enviado por   •  23 de Julio de 2018  •  2.056 Palabras (9 Páginas)  •  453 Visitas

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Características principales del IVA:

- Es un impuesto indirecto, porque se traslada la carga tributaria del sujeto pasivo hacia terceras personas.

- Es un impuesto instantáneo, porque al realizar el acto gravado es cuando debe pagarse.

- Es un impuesto real, al recaer sobre un bien, sin tomar en cuenta las condiciones del sujeto que realiza el acto.

- Es un impuesto proporcional, ya que existe una relación directa entre la cuantía del impuesto y la base.

- Pero su característica principal es la fragmentación del valor de los bienes y servicios, con los que queda gravada cada una de las etapas de comercialización de estos bienes y servicios, logrando que en la etapa final quede gravado su valor total.

Resultados (Caso “c”):

c) Un representante de la empresa Boeing, proveniente de los Estados Unidos, se acerco con nosotros para platicarnos de su interés por iniciar operaciones en el país. Nos pidió, a manera de precaución, asesoría completa de las formas que el régimen fiscal mexicano reconoce para extinguir obligaciones fiscales, así como de los delitos e infracciones que derivan del incumplimiento de las mismas.

Una empresa extranjera está sujeta al pago de impuestos en México por las actividades que realiza aquí, ya sea a través de retenciones de Impuesto Sobre la Renta, por los ingresos que obtienen en el país, por realizar actividades gravadas con el IVA en territorio nacional, o bien por importar bienes sujetos a impuestos de importación, derechos, etcétera.

Para realizar habitualmente actos de comercio en la República Mexicana y ejercer sus derechos y obligaciones, requiere cumplir con las siguientes formalidades:

a) Tramitar y obtener autorización de la Secretaría de Economía para actuar como persona moral extranjera en México;

b) Inscribir sus documentos constitutivos extranjeros en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

Para que la Secretaría de Economía autorice a una personal moral a ejercer el comercio en México, ésta deberá comprobar lo siguiente:

a) Que la sociedad fue constituida de acuerdo con las leyes de su país;

b) Que el contrato social y el acta constitutiva no sean contrarios los preceptos de orden público establecidos en las leyes mexicanas; y

c) Que establezca en México una sucursal.

Gastos deducibles

Los gastos deducibles son todos aquellos que sean indispensables para la realización de la actividad y que al mismo tiempo reúnan ciertos requisitos, entre otros se incluyen como deducciones pérdidas por cuentas incobrables, gastos de transportación, depreciaciones y amortizaciones, intereses a cargo, primas de seguros, rentas, reparaciones, investigación, regalías, salarios, impuestos sobre nóminas, gastos de alimentación y algunos impuestos, entre otros. Entran las devoluciones que se reciban, o los descuentos o bonificaciones que se hagan en el ejercicio; las inversiones, los créditos incobrables y las pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor; las aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal; las cuotas pagadas por los patrones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), incluso cuando éstas sean a cargo de los trabajadores; los intereses devengados a cargo en el ejercicio, sin ajuste alguno. En el caso de los intereses moratorios, a partir del cuarto mes, se deducirán únicamente los efectivamente pagados, los anticipos y los rendimientos que paguen las sociedades cooperativas de producción.

Los principales requisitos para efectuar las deducciones:

- Que sea para fines propios de la actividad del contribuyente.

- Todo debe tener una documentación soporte que cumpla con los pormenores establecidos en la ley fiscal.

- Se deben realizar con cheque nominativo del contribuyente los pagos cuyo monto sea superior de dos mil pesos, o también con tarjeta de crédito, débito, de servicios, o monedero electrónico autorizado por el SAT.

- Lo anterior no será posible cuando el pago sea por la prestación de un servicio personal subordinado.

- Esto debe de estar debidamente registrado en la contabilidad, por sólo una ocasión, verificando que el importe fijado para cada persona no sea mayor que el sueldo anual devengado por el miembro de mayor jerarquía de la sociedad.

Penas del delito de defraudación fiscal.

El articulo 108 del Código Fiscal de la Federación señala que: comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamientos de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal. La omisión total o parcial de alguna contribución a que nos referimos anteriormente comprende, indistintamente, los pagos provisionales o definitivos o el impuesto del ejercicio en los términos de las disposiciones fiscales.

El delito de defraudación fiscal se sancionara con las penas siguientes:

- Con prisión de tres meses a dos años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de $989,940.00.

- Con prisión de dos años a cinco años cuando el monto de lo defraudado exceda $989,940.00, pero no de $1,484,911.00

- Con prisión de tres años a nueve años cuando el monto defraudado fuere mayor de $1,484,911.00

- Cuando no se pueda determinar la cuantía de lo que se defraudo, la pena será de tres meses a seis años de prisión. Si el monto de lo defraudado es restituido de manera inmediata en una sola exhibición, la pena aplicable podrá atenuarse hasta en un cincuenta porciento.

El delito por defraudación fiscal y los previstos en el articulo 109 de este código, serán calificados cuando se originen por:

- Usar documentos falsos

- Utilizar datos falsos para acreditar o disminuir contribuciones

- Manifestar datos falsos para realizar la

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