Essays.club - Ensayos gratis, notas de cursos, notas de libros, tareas, monografías y trabajos de investigación
Buscar

ENUNCIACION DE LOS HECHIOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA ACUSACION

Enviado por   •  28 de Febrero de 2018  •  4.723 Palabras (19 Páginas)  •  376 Visitas

Página 1 de 19

...

los hechos, por lo que, concluyó solicitando que su indicado patrocinado Danmer Ramírez Aguilar sea absuelto de la acusación fiscal.-

TRAMITE DEL PROCESO:

CUIARTO.- Que, el proceso se ha desarrollado de acuerdo a los cauces y trámites señalados en el vigente Código Procesal Penal, dentro del sistema acusatorio adversarial que informa este Código, habiéndose instalado la audiencia previa observancia de las prerrogativas del artículo 371 del Código Procesal Penal, al culminar los alegatos preliminares o teoría del caso, se efectuaros las instrucciones a los acusados, haciéndoles conocer sus derechos, de los cuales, Olsen Pierre Dueñas Mazuelos aceptó ser responsable de los cargos formulados en la acusación fiscal, llegando por intermedio de su abogado defensor a un acuerdo con la señora Fiscal para acogerse a la conclusión anticipada del juicio oral con respecto a este acusado, el mismo que fue aprobado por este Colegiado dictando la sentencia conformada a que se contrae la Resolución número cinco de fecha dieciséis de Junio del año en curso, en la cual se dispuso que continúe el proceso respecto del acusado no confeso Danmer Ramírez Aguilar, conforme a lo dispuesto en el inciso 4. del artículo 372 del Código Procesal Penal, de modo que se procedió a la actuación de las pruebas admitidas, que deben ser valoradas dentro del contexto que señala el artículo 393 del acotado Código Adjetivo, finalmente se procedió a escuchar los alegatos de clausura, pasando luego a deliberar, después de un breve lapso se reabrió la audiencia dándose lectura a la parte dispositiva de la sentencia y a una síntesis de los fundamentos que motivan la decisión, señalando el día de la fecha para la lectura integral de la sentencia, conforme faculta el inciso 2. del artículo 396 del Código Procesal Penal.-

ACTUACION DE MEDIOS PROBATORIOS:

QUINTO.- Que, dentro del debate probatorio, bajo el control de los sujetos procesales, observando el contradictorio, se han actuado las siguientes pruebas:

Declaración del agraviado Gerardo Aguirre Chico.- Dijo que el día de los hechos iba caminando por Vista Alegre cuando tres chicos lo cogotearon y le quitaron su celular y su dinero, de los tres chicos, dos de ellos lo cogieron y rebuscaron y el tercero le tiró un puñete y le mentó a la madre, luego del robo esas tres personas se fueron siendo perseguidos por el declarante, y al ver un vehículo del Serenazgo les dijo que había sido víctima de robo siendo invitado a subir al vehículo para seguir a los autores del robo, uno de los cuales fue cogido en la calle, mientras los otros dos ingresaron a una casa en donde fue cogido uno de ellos ya que el otro logró darse a la fuga, reconoció a los dos que fueron capturados como autores del robo, uno de ellos el acusado Danmer presente en la audiencia, sabe que se llama Danmer porque al ir a la Comisaría dijeron su nombre completo.-

Declaración del acusado ya sentenciado OLSEN PIERRE DUEÑAS MAZUELOS como testigo impropio.- Dijo que al acusado Danmer Ramírez Aguilar lo conoce de vista porque se lo presentó su ex enamorada Edith Lisset Zelada Vega, quién le alquila a dicho acusado la casa donde vive éste, que en el robo al agraviado participaron ambos, siendo el declarante el principal, desde el comienzo estuvo con Danmer Ramírez Aguilar, el declarante le quitó al agraviado un celular y un billete, al llegar el Serenazgo el declarante se corrió ingresando a la casa de su ex mujer de donde fue sacado por la policía y conducido a la Comisaría, al llegar ya encontró detenido a Danmer Ramírez Aguilar.-

Declaración del testigo SO2-PNP Christopher Rosado Jurado.- Dijo que el diez de Agosto del año dos mil catorce laboraba en la Comisaría de Buenos Aires, ese día se encontraba prestando servicio integrado en un vehículo del Serenazgo del distrito de Víctor Larco, al igual que su colega el Suboficial Wilmer Medina Troncoso que se encontraba en otro vehículo del Serenazgo, cuando fueron alertados por radio que habían asaltado a un joven acudieron al lugar, los pobladores de la zona le entregaron a uno de los autores, mientras otro fue capturado en la azotea de un edificio al que ingresaron con permiso de la dueña, el agraviado sindicó a los dos intervenidos como autores del robo, por eso los pusieron a disposición de la Comisaría. Se le puso a la vista el Acta de Intervención Policial y el Acta de Registro Personal, corrientes a fojas trece y quince del expediente judicial respectivamente, después de examinarlos los reconoció en su contenido y suscripción, agrega que intervino a los dos sujetos que participaron en el robo.-

Declaración del testigo SO1-PNP Wilmer Hugo Medina Troncoso.- Dijo que el diez de Agosto del año dos mil catorce prestaba servicios en el Departamento de Seguridad del Estado, en esa fecha se encontraba de servicio en una móvil del Serenazgo del distrito de Víctor Larco, al recibir por radio la información de que se había producido un robo y que el agraviado se encontraba persiguiendo a los autores, fueron al lugar a prestar apoyo, al llegar se les acercó un joven quién les dijo que momentos antes había sido víctima de robo por tres sujetos, que uno de ellos había entrado a una casa, a la cual ingresaron con permiso de la dueña hasta el tercer piso en donde encontraron al sujeto escondido detrás de unas planchas de triplay, el mismo que fue reconocido por el agraviado como uno de los autores del robo, siendo conducido a la Comisaría. Se le puso a la vista el Acta de Intervención Policial corriente a fojas trece del expediente judicial, después de examinarlo lo reconoció en el contenido y suscripción.-

TESTIMONIALES OFRECIDAS POR LA PARTE DEL ACUSADO DANMER RAMIREZ AGUILAR:

Declaración de la testigo Edith Lisset Zelada Vega.- Dijo que al acusado Danmer Ramírez Aguilar lo conoce por ser inquilino de la casa de la madre de la declarante, ubicada en la manzana A, lote 21 de Liberación Social, al acusado ya sentenciado Olsen Pierre Dueñas Mazuelos no lo conoce, la única vez que ha sabido de él ha sido el día de los hechos, cuando la policía llegó a mi casa diciendo que había ingresado una persona después de robar un celular, la declarante permitió que ingrese la policía, la que subió hasta la azotea en donde encontraron al mencionado Olsen Pierre Dueñas Mazuelos, solo vio que lo bajaron hasta la calle y se lo llevaron, el acusado Danmer Ramírez Aguilar vive en el tercer piso de esa casa con su hermano, no ha visto cuando intervinieron al acusado Danmer Ramírez Aguilar, los vecinos dijeron que lo habían visto a la vuelta de la casa en un problema, no conoce los detalles de ese problema, que a Olsen Pierre Dueñas Mazuelos lo vio por primera vez ese

...

Descargar como  txt (28.1 Kb)   pdf (73.6 Kb)   docx (21.2 Kb)  
Leer 18 páginas más »
Disponible sólo en Essays.club