Estudio de la Ciencia del Derecho Penal
Enviado por Eric • 13 de Noviembre de 2018 • 3.003 Palabras (13 Páginas) • 454 Visitas
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Determina que solo la ley penal es fuente directa y formal del Derecho Penal.
Este principo supone
- Que solo puede considerarse como punible el hecho que ha sido previamente señalado como delictivo por la ley.
- Que a un hecho delictivo solo puede imponérsele la sanción penal previamente establecida en la ley.
- Que la ley penal solo puede ser aplicada por los organismos jurisdiccionales creados para tal fin, de acuerdo con el procedimiento previsto en el ordenamiento jurídico y con las garantías de que goza todo sujeto.
B- La creación de la ley penal y sus características.
- La creación de la ley penal
La ley penal es una ley formal que emana del Órgano Legislativo, que como ley orgánica tiene la particularidad de que requiere ser aprobada por mayoría absoluta. Crea disposiciones penales para sancionar los delitos con penas o medidas de seguridad, luego de haberse cumplido con los procedimientos correspondientes.
- Etapa de iniciativa: se caracteriza porque la modificación, derogación o proposición de las leyes penales como la ley organica, exige iniciativa legislativa por parte de las Comisiones permanentes de la Asamblea de Diputados, por la Corte Suprema de Justicia, el Procurador General de la Nación y el Procurador de la Administración
- Etapa de discusión: el debate de las leyes penales debe realizarse en tres debates distintos, aprobándose la ley por mayoría absoluta.
- Etapa de la sanción: es en la que el órgano Ejecutivo dispone de treinta días para su respectiva sanción, aunque pueda proceder también a vetarla.
- Etapa de promulgación: no debe sobrepasar seis días después de la sanción del órgano ejecutivo.
- Etapa de la vigencia de la ley.
- Derogación o modificación de la ley penal: la ley penal no solo pierde vigencia por ser derogada, sino también cuando se declare su inconstitucionalidad.
- Caracteres de la ley penal
La fuente de los delitos y de las penas descansa de manera exclusiva en la ley penal, siguiendo el principio de legalidad, es la única que tiene capacidad de crear delitos e imponer sanciones.
En cuanto a la obligatoriedad, no cabe duda que por ser normas de orden público su observancia tiene carácter obligatorio para todas las personas.
Es ineludible o irrefragable, la ley penal solo puede ser derogada por otra ley.
Sobre su carácter igualitario, se advierte que tiene su fundamento en el principio de igualdad ante la ley del texto constitucional.
Su precisión y claridad, es un imperativo que las normas sean precisas, pues así lo impone el principio de legalidad de manera que debe evitarse términos excesivamente vagos que dejen de hehco en la definición el ámbito de lo punible.
Su esencia futurista descansa en que la ley penal es irretroactiva, rigiendo a partir de su vigencia, salvo el supuesto de ley favorable al reo.
III- Ámbitos de aplicación de la ley penal
- Validez de la ley penal en el tiempo
Una vez promulgada la ley, empieza a regir hacia el futuro para todos los hechos que ocurran con posterioridad a su vigencia, reconociéndole su carácter irretroactivo.
La norma transcrita consagra un principio fundamental de aplicación de la ley vigente al momento de la comisión del delito, en la que se reconoce que hay una excepción que es la retroactividad de la ley más favorable.
- El tiempo de la comisión del delito
- Teoría de la acción: considera que el momento del hecho delictivo es aquel donde se realiza la acción u omisión que genera el delito.
- Teoría del resultado: concreta el momento del delito, cuando se produce el resultado.
- Teoría unitaria o mixta: parte del criterio en que el momento se presenta ya sea cuando se realiza la acción o cuando se produce el resultado.
- Irretroactividad y retroactividad de la ley penal
El principio de irretroatividad es una garantía constitucional contemplada en el Código penal que permite al juzgador imponer sanciones con fundamento en la ley penal que no estaba vigente al momento de su comisión.
Lo retroactividad de la ley penal favorable, es aquella que implica la desaparición de una infraccion tipificada en la ley anterior o que conlleva una reducción de la sanción prevista en esa ley anterior.
Este precepto se estima que se trata de una excepción que tiene un fundamento profundamente humano, que se adhiere por un elemental y sentido de justicia por aplicar la norma incriminadora precedente que no resulta demasiado severa o que por el contrario no tiene delictuoso el hecho cometido.
- La Ultractividad
Es una manifestación máxima del principio tempus regit actum, según el cual el hecho cometido se rige por la ley vigente al tiempo de su comisión, partiendo del hecho que la nueva ley es más desfavorable que la vigente al tiempo de la comisión del delito, siendo imposible aplicar retroactivamente una ley que es más grave que la derogada.
- Otras consideraciones
Las leyes intermedias se presentan cuando un caso cualquiera acontece bajo el imperio de una norma penal, luego surge a la vida jurídica otra ley mas benigna, pero mas tarde el legislador dicta otra norma con carácter más severo.
Las leyes temporales son aquellas que tienen un plazo de vigencia.
Las excepcionales son aquellas que se dictan en circunstancias especiales para afrontar determinadas situaciones.
B- Validez de aplicación de la ley penal en el espacio
- Cuestiones fundamentales
Principio de territorialidad: La ley penal se aplicará a hechos punibles cometidos en territorio nacional y demás ligares sujetos a la jurisdicción del Estado, salvo las excepciones establecidas en las convenciones internacionales vigentes
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