LA CONSTITUCIÓN DE 1946 Y LA CONSTITUYENTE QUE LE DIO ORIGEN.
Enviado por Jerry • 23 de Febrero de 2018 • 3.490 Palabras (14 Páginas) • 533 Visitas
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Es a través de la Ley 3 de 1904, que se erradica en nuestro país la pena de muerte en la legislación penal. Mediante la Ley 2 de 22 de agosto de 1916, se aprueba el primer Código Penal panameño, que en su disposición final consagró lo siguiente: "El presente Código comenzará a regir el 1 de julio de 1917, y desde esa fecha queda derogado el Código Penal colombiano de 18 de octubre de 1990, vigente hoy en esta República, así como todas las leyes y disposiciones que se opongan a las del presente". Sin embargo, es el Acto Legislativo de 26 de diciembre de 1918, que reforma la Constitución de 1904, deroga definitivamente la pena de muerte, que en el artículo 1 estableció lo siguiente: "No habrá pena de muerte en Panamá". Las posteriores constituciones han establecido el mismo principio, la supresión de la pena de muerte en nuestra legislación.
También incluyó derechos a la igualdad, a peticionar, a libre tránsito, a ser juzgado por tribunal independiente e imparcial, a la inviolabilidad del domicilio, libertad personal, libertad de pensamiento, expresión, culto oficio u ocupación y a contratación entre otras. Se prohíbe la esclavitud según la iniciativa de las constituciones del siglo XIX. En síntesis se puede señalar que existe una ausencia de derechos de carácter social.
Se permite la intervención de Estados Unidos en materia militar en cualquier lugar del país “para establecer la paz pública y el orden constitucional si hubiese sido turbada”.
Con posterioridad a 1904 se produjeron reformas al texto constitucional, sin mayor trascendencia, en 1906, 1916, 1918, 1924, 1928, 1932, enmarcadas aun en el liberalismo individualista. Producto de esto se levantan autores como José Dolores Moscote realizando aportes dentro del liberalismo social para empujar reformas sustanciales a la constitución.
Bajo el gobierno de Arnulfo Arias es otorgada la constitución de 1946, que en plena guerra mundial iniciaba su periodo presidencial (1940-1944). Se toma la decisión de una nueva constitución, la cual es aprobada por la Asamblea Nacional el 22 de noviembre de 1940, pero la misma no fue sometida a la Asamblea como prescribía la de 1904 sino que se somete a plebiscito convocado por el propio presidente de la República, que asume la representación suprema del Estado. La consulta popular se dio a lugar el 15 de diciembre de 1940 y mediante este procedimiento se deroga la constitución de 1904 y es reemplazada por la de 194, rigiendo desde el 2 de enero de ese mismo año.
Finamente, no era ya inclinada al individualismo liberal clásico y tradicional si no que su influjo tiene injerencia en el constitucionalismo social de la época, plasmado en constituciones como la española, la colombiana y la cubana.
El periodo presidencial se establece durante seis años, prohibiendo la reelección inmediata. Se le faculta al presidente para nombrar al Contralor General, a loa magistrados de la Corte Suprema de Justicia, al Gerente del Banco Nacional y a la facultad de reglamentación de las leyes. En este estatuto se regula la figura del consejo de Gabinete.
La duración de los diputados en el cargo pasa de ser cuatro años a seis; nombra al Procurador General y ratifica todos los nombramientos que realice el presidente.
En el órgano Judicial, se mantiene el número de cinco magistrados de la Corte, se les aumenta la de edad para ser elegibles, sería de 30 a 35 años y se exige que dispongan de la profesión de abogacía titular para poder calificar. Escogidos por el presidente cada dos años, con duración de 10 años como se mantiene en la actualidad.
Se constitucionalizan por vez primera algunos derechos sociales como el matrimonio, la patria potestad, la igualdad de los hijos, la protección de la maternidad y la familia, la protección de trabajo, la huelga, la asistencia social y la educación.
De igual manera se establecen nuevas disposiciones sobre la nacionalidad e inmigración por ejemplo no serían considerados panameños los nacidos en territorio nacional, cuyos padres sean de inmigración prohibida. Se entiende por tal los de “raza negra cuyo idioma original no fuese el castellano, la raza amarilla, las razas oriundas de India, Asia menor y Norte de África.” (Art. 12, 13, 14, 15, 23) Se crea la figura de la contraloría general de la república y la carrera administrativa. La constitución de 1946 se aprobó, siendo presidente Enrique A. Jiménez. Según el historiador César Quintero, esta carta perfeccionó, depuró y amplió las instituciones creadas por su antecesor. Considera que ha sido, sin duda, la más ponderada y democrática que ha tenido Panamá en su llamada era republicana. Fue debatida y aprobada públicamente por una Asamblea Constituyente en un ambiente de completa libertad.
PROCESO POLÍTICO QUE DIO ORIGEN A LA CONSTITUYENTE.
Para iniciar a dar una concesión de este proceso político debemos resaltar aquellas disputas entre los partidos y a los comicios electorales y se refieren a dos fenómenos que gravitaban sobre el escenario político en aquella época: el fraccionamiento del liberalismo y la aparición de nuevos destacamentos partidarios, como lo fueron el partido Nacional Revolucionario que emergió de Acción Comunal y el Partido Socialista.
Entre otras concepciones el abogado Domingo H. Turner señalaba que habrían sido tres los factores que determinaron los resultados electorales: la intervención norteamericana, cuando la hubo; la presión oficial; y la manipulación de las corporaciones electorales.
El liberal y el conservador, los dos grandes partidos de Colombia, llegaron a un pacto al momento de la constituyente de 1904: la preservación del Estado naciente bajo la supeditación norteamericana, en aras de mantener los intereses económicos de sus jefes políticos tras la puesta en ejecución del Tratado del canal del 1903. El liberalismo que derivó de las revoluciones burguesas del siglo XVII y XVIII propugnaba por el imperio de las libertades individuales.
Posteriormente se dio la coalición liberal-conservadora la cual llevo a la presidencia a dos conservadores en los dos primeros periodos, estos por su parte fueron Manuel Amador Guerrero y José Domingo de Obaldía quien gobernó con muchos ministros liberales, lo cual a su muerte, posibilitó la liquidación del conservadurismo con el ascenso de Carlos A. Mendoza como presidente sucesor.
Posterior a este, asciende al poder Belisario Porras en 1912 produciendo la consolidación del liberalismo; la utilización del aparato estatal para imponer los sucesivos presidentes, los sucesos de la primera Huelga Inquilinaria y la derrota recibida
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