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LA MODERNIDAD ALTERNATIVA Y DU PARADÓJICA CONSECUENCIA

Enviado por   •  21 de Junio de 2018  •  965 Palabras (4 Páginas)  •  332 Visitas

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La rama germanista contribuyó de manera positiva al desarrollo de la ciencia de la historia del derecho depurando propiamente historiográficos y propiciando a si vez extraordinaria edición de fuentes mediante la publicación de la enciclopedia Monumenta germaniae histrorica

La rama romanista sufrió a su vez una ulterior división entre

- Los grandes humanistas e historiadores concentrados en la reconstrucción y edición de fuentes, así como en la propia exposición histórica y crítica de las instituciones romanísticas

- Una corriente dogmática y sistemática que conformaría a su vez la escuela de la pandectística alemana o de la jurisprudencia de los conceptos.

En cierto modo la dirección seguida por la pandectística alemana fue anticipada por el mismo itinerario científico del propio fundador de la escuela histórica, quien, en un principio, fiel su ideario histórico, se abocó entre 1815 y 1831 a redactar su célebre Historia del derecho romano en la Edad Media.

En esta obra Sivigny emprendió un estudio un estudio historiográfico enciclopédico de la configuración del derecho medieval a partir del elemento romanista como factor fundamental para la creación del derecho alemán vigente.

El sistema del derecho actual (1840-1849) importante obra del mismo cuyo título mismo es sugerente a indicativo del giro copernicano que experimento su pensamiento, así como también su obra indicaba El derecho de obligaciones como parte del derecho romano actual (1851-1853), donde se reivindica la condición paradigmática de este derecho en la construcción de un derecho alemán unificado.

En específico, los pandectistas proceden, con base en el análisis de los materiales romanísticos y su progresiva abstracción, a la confección de conceptos lógico-jurídicos sintéticos generales, llamados a ofrecer amplias reconducciones y dilatados esquemas ordenados.

Su trabajo no se agotaba en la sola reelaboración jurisprudencial de conceptos, sino que buscaba ante todo conformar un sistema orgánico a partir de la conexión lógica entre éstos.

Esta conexión se desarrollaba con base en la noción de la relación sistemática, de donde la labor del jurista, junto con la elaboración de los propios conceptos, consistía fundamentalmente en configurar una especie de “genealogía conceptual”.

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