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NGENIERIA QUE TRANSFORMA Y CONSERVA. LEY DE MYPE.

Enviado por   •  14 de Febrero de 2018  •  1.077 Palabras (5 Páginas)  •  262 Visitas

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Durante los tres primeros años, desde su inscripción en el Remype, las nuevas empresas no serán sancionadas al primer error si cometen una falta laboral o tributaria, sino que tendrán la posibilidad de enmendarlo sin tener que pagar multas. Las pequeñas, medianas y microempresas que capaciten a su personal podrán reducir este gasto del pago del Impuesto a la Renta por un monto máximo similar al 1% del costo de su planilla anual.

El Remype, que permanece hoy bajo la administración del Ministerio de Trabajo, pasará a la Sunat. Las empresas individuales de responsabilidad limitada podrán estar en el Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo Rus) que antes solo estaba dirigido a las personas naturales. Con esto tendrán algunos beneficios tributarios. En cuanto a las compras estatales, las instituciones tendrán a partir de la vigencia de la ley como máximo 15 días para pagarles a sus proveedores mypes. El Estado tiene la obligación de comprarle a las mypes al menos el 40% de lo que requiere.

En el Perú existen más de 3.5 millones de micro o pequeña empresa (Mype) de las cuales el 84.7 por ciento produce dentro de la informalidad. Gran parte de estas empresas desconocen los beneficios de pasar a la legalidad, tanto para el empleador como para los trabajadores. La microempresa que se inscriban en el Régimen Especial de Renta (RER), sólo pagaran el 1.5 por ciento de sus ingresos netos mensuales, las MYPES estarán exoneradas del pago de tasas a las Municipalidades por trámites tales como renovación, actualización de datos entre otros relacionados a la misma, excepto en el cambio de uso, sólo asumirán el 30 por ciento de los derechos de pago por trámites realizados ante el Ministerio de Trabajo.

Para los Empleados: Tienen derecho a percibir una Remuneración Mínima Legal, jornada laboral de 8 horas, tienen derecho a percibir remuneración por sobretiempo, gozan de descanso semanal y en días feriados, tienen derecho a 15 días de vacaciones, tienen acceso al seguro de salud, tanto el asegurado como sus derechohabientes, el aportar a una Administradora Privada de Pensiones (AFP) o a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), aunque es opcional de suscribirse. Para el Empleador: No hay obligación de realizar el pago por CTS, los trabajadores sólo gozan de 15 días de vacaciones, no está obligada a pagar recarga del 35 por ciento por trabajo nocturno, no realiza pago de gratificaciones por Fiestas Patrias o Navidad, no hay obligación de pagar Asignación Familiar, tiene acceso al seguro de salud, tanto el asegurado como sus derechohabientes, podrá optar por el Sistema Integral de Salud (SIS) por el cual solo realizará el pago mensual de 15 Nuevos Soles, ya que será subsidiado por el estado y cuya cobertura es de 12,000 soles anuales por enfermedad, el aportar a una Administradora Privada de Pensiones (AFP) o a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), es opcional

REFERENCIAS

- elcomercio.pe

- mintra.gob.pe

- andina.com.pe

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