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“NUEVOS TITULOS DE CREDITO”

Enviado por   •  11 de Marzo de 2018  •  2.972 Palabras (12 Páginas)  •  425 Visitas

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Nombramiento del Representante Común.

En el acta de emisión podrá designarse un representante común de los tenedores de las Obligaciones Subordinadas, en cuyo caso se deberá indicar sus derechos y obligaciones, así como los términos y condiciones en que podrá procederse a su remoción y a la designación de nuevo representante. No será aplicable a estos representantes lo previsto en la LTOC, para los representantes comunes de obligacionistas. Los títulos de crédito respectivos deberán contener en lo conducente los mismos requisitos que los Bonos Bancarios y las menciones a que se refiere el segundo párrafo del Art. 48 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

4.- Los Certificados de la Tesorería de la Federación.

El Gobierno Federal tiene la facultad de emitir Títulos de Crédito, al portador, a su cargo, denominados Certificados de la Tesorería de la Federación y estos no devengaran intereses, pudiendo ser colocados bajo par, conferirán a sus tenedores idénticos derechos y están representados por títulos múltiples o colectivos, el otorgamiento obedece a decretos del Congreso de la Unión que autoriza al Gobierno Federal para emitirlos y en ellos se hará constar:

I.- El número de la emisión.

II.- Fecha de la emisión.

III.- Valor nominal de cada título.

IV.- Fecha de vencimiento.

V.- Amortización.

5.- pagares de la Tesorería de la Federación.

La Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, con la intervención del C. Tesorero de la Federación y en cumplimiento del acuerdo que se expide al C. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, podrá emitir títulos denominados Pagares de la Tesorería de la Federación, a cargo del Gobierno Federal, obligándose incondicionalmente a pagar a la orden del Banco de México una suma determinada en dólares, estos pagares no devengaran intereses, pudiendo ser colectivos a descuento bajo par, entre el público inversionista y confieren a sus tenedores idénticos derechos y están representados por títulos de crédito múltiple que ampara la totalidad de la emisión y sus requisitos son:

I.- Lugar y fecha de emisión.

II.- Valor nominal de cada título.

III.- Fecha de vencimiento.

IV.- Amortización; y

V.- lugar de pago (normalmente en el Banco de México).

6.- Los Bonos del Gobierno Federal para el Pago de la Indemnización Bancaria.

El gobierno autorizo la creación de bonos del Gobierno Federal para el pago de la Indemnización Bancaria, 1982 para cubrir el monto de la indemnización de las expropiaciones respectivas, estos están representados por títulos múltiples que ampara la totalidad de la emisión y se canjearan por los títulos de las acciones emitidas por la institución de crédito apropiada, devengaran intereses sobre saldos insolutos a partir del 1 de Septiembre de 1983, serán negociables y contendrán las siguientes características:

I.- Emisión.

II.- Fecha de emisión.

III.- Valor total de la emisión.

IV.- Valor nominal de cada título.

V.- Fecha de vencimiento.

VI.- Plazos de gracia para el pago principal.

En el caso de cada banco nacionalizado se hace la emisión correspondiente y de hecho prácticamente han quedado satisfechos los intereses de las instituciones expropiadas.

7.- Los Petrobonos.

Son títulos de crédito colectivos, en virtud de los cuales la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico como fideicomitente único del Gobierno Federal, cede sin reserva alguna en fideicomiso irrevocable a Nacional Financiera, S.N.C., quien adquiere en su carácter de institución fiduciaria los derechos derivados de un contrato de compra-venta el cual se otorgó por una parte, por Petróleos Mexicanos(PEMEX), como vendedor y el Gobierno Federal, como comprador, teniendo por objeto una cantidad determinada de barriles de petróleo crudo. Al efecto se determinó un precio determinable que la compradora se obligó a pagar al vendedor en determinada fecha. Los impuestos y los posibles gastos de venta, acordaron los otorgantes, son de exclusiva cuenta de PEMEX.

8.- Certificados de Participación de Nacional Financiera, S.N.C.

Nacional Financiera, S.N.C., como fiduciaria se cerciora de que los derechos que destina en fideicomiso el Gobierno Federal tiene el valor requerido para que sea cobertura suficiente, con margen de seguridad prudente, de los certificados de participación que emite la propia Nafinsa, con base en el fideicomiso que otorgan las partes:

a).-Fideicomitente: el Gobierno Federal.

b).-Fideicomisario: el Gobierno Federal y los tenedores de los certificados de participación que se emiten, con cobertura de los derechos fideicometidos.

C.-Fiduciaria: Nacional Financiera, S.N.C.

Son fines del fideicomiso que Nacional Financiera, como institución fiduciaria, emita certificados de participación ordinarios, amortizables en tres años, al portador y con un rendimiento mínimo garantizado y revisable del 7% anual. Los certificados de participación que emite Nafinsa, confiere a los tenedores los siguientes derechos:

a).- Derechos a la amortización y reembolso del valor de los certificados el día equis.

b).- Derecho a participar, en forma alícuota, en el excedente que hubiera entre el valor nominal de los certificados de participación y el precio que tuviese a determinada fecha.

Nafinsa procurara que en la colocación de la emisión de los certificados de participación ordinarios, entre el público inversionista, las personas físicas y morales, sean tenedores de un máximo de certificados equivalente a equis millones de pesos, en su valor nominal.

Que Nafinsa entregue al Gobierno de inmediato, el producto de la venta de los certificados de participación.

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