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Resumen de bienes 1

Enviado por   •  24 de Diciembre de 2018  •  9.480 Palabras (38 Páginas)  •  369 Visitas

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Premisa menor: Hecho

Conclusión: Consecuencia

Acto jurídico: aquella situación en que existe directa o indirectamente la voluntad de una persona para actuar o generar una consecuencia. Genera una relación jurídica, pone en funcionamiento la norma. Ej: contrato

Hecho jurídico: situación en la que no existe la voluntad de actuar ni de generar una consecuencia. No busca crear una relación jurídica. Ej: muerte

Concepto de relación jurídica: Situación que el derecho objetico establece entre determinados sujetos, que originada en una situación jurídica particular implica poderes y deberes correlativos entre las personas

Estructura de la relación jurídica de carácter personal

→ Relaciones entre personas

→ Surgen los derechos personales (Art. 606 CC)

- Sujetos: Activo (acreedor)

Pasivo (deudor) → debe realizar un acto a favor del acreedor

Principio de relatividad: los derechos personales solo afectan a las partes, no participa ningún tercero de la relación jurídica (solo de manera excepcional)

- Objeto: Prestación

Dar → transferir un derecho real

Hacer → a favor del otro

No Hacer → abstenerse de determinada conducta

- Contenido: Facultad para exigir el cumplimiento de determinada prestación. Requiere de la mediación de otro para disfrutar de la relación jurídica (es mediata)

- Hecho o fuente: Acto jurídico, hecho jurídico o Ley

Estructura de la relación jurídica de carácter real

→ Genera derechos reales

→ Permiten que una persona actué sobre una cosa sin requerir de la intervención de otra persona

→ Las demás personas deben respetar el derecho del titular sobre la cosa

→ Potestad jurídica sobre el bien

→ Derecho sobre una cosa (Art. 665 CC)

→ Del incumplimiento de un derecho real surge un derecho personal

- Sujetos: Activo → titular del derecho real. Quien tiene el poder sobre el bien.

Pasivo → a. Determinado: afectado directamente.

b. Indeterminado: solo tiene el deber de respetarlo.

- Objeto: Cosa o bien. Material o inmaterial.

El derecho real recae, por regla general en cosas materiales.

- Contenido: Potestad (poder) sobre un bien que le permite ejercer los poderes que otorga el derecho. Es directo e inmediato.

→ Poderes: uso, goce y disposición

→ Debe ser acorde con lo establecido por la ley

- Hecho o Fuente: Titulo y Modo. Única manera en la que se transfieren derechos reales y entran o salen del patrimonio de una persona.

Diferencias entre los derechos reales y los derechos personales

Derechos Reales

Derechos personales

Sujetos

SA: Titular

SP: determinado o indeterminado

SA: Acreedor

SP: Deudor

Objeto

Cosa

Prestación (dar, hacer o no hacer)

Contenido

Potestad

Facultad

Fuente

Titulo- Modo

Acto, hecho o ley

Efectos

Erga omnis

Relatividad- interpartes

Publicidad

Todos los bienes sometidos a registro requieren que los actos que se desarrollen sobre ellos sean registrados

No requieren publicidad

Duración

Perpetuos: duran lo que dure la cosa

Deben tener un plazo de cumplimiento

Atributos

Si tienen*

No tienen

Régimen legal aplicable

Se rigen por normas de orden público (aquellas sobre las que no se puede pactar en contrario)

Se rigen por normas supletivas (llenan el espacio cuando no se ha pactado nada)

Acción

Buscan perseguir un bien

Buscan una conducta especifica

Posesión

Si

No

Clase de prescripción

Adquisitiva (adquirir por el paso del tiempo)

Extintiva (tiempo para cobrar)

Enumeración

Número cerrado (D,U, S, Hip, P, U, Hab)

Número abierto (tantos como las partes establezcan)

Semejanzas entre derechos reales y personales

1. Ambos son derechos subjetivos patrimoniales

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