ACTIVIDADES TEMA 1 Y 2 (INTRODUCCION AL DERECHO)
Enviado por Kate • 26 de Diciembre de 2018 • 1.782 Palabras (8 Páginas) • 590 Visitas
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Se puede ver la coercibilidad en cuanto leemos la ley y nos damos cuentas las estipulaciones que la componen, y notamos que ejercen una presión para forzar un cambio en su conduta o e su pensamiento
Y para concluir, podemos notar la generalidad cuando vemos que esta ley va en caminada solo a un grupo determinado de la población española
- El matrimonio de Juan y Clara, padres de una joven de 16 años – y atendiendo los deseos (casi “presiones”, decían) de ésta para contraer matrimonio –, le habían concedido la emancipación ante el Registro Civil en enero de 2017; lo cierto es que la hija abandonó el hogar familiar pero el matrimonio nunca llegó a celebrarse pues la relación sentimental se rompió, probablemente por la lógica falta de madurez y responsabilidad de ambos para asumir la convivencia diaria. Ahora, la hija emancipada vive en otra ciudad pero prácticamente en la indigencia y frecuentando malas compañías; estaban angustiados, desesperados, querían actuar para obligar a su hija a que volviese a casa.
- Contesta a las siguientes cuestiones:
- Define la emancipación. ¿Qué requisitos debe cumplir el menor para poder emanciparse?
Emancipar o emanciparse equivale a independizar o independizarse, pese a no haber alcanzado la mayoría de edad.
La emancipación es un estado que se permite atribuir a quien ya haya cumplido los dieciséis años, una capacidad de obrar general. De tal modo que no acceden todos los menores, sino solamente algunos.
- ¿Cómo se adquiere la emancipación?
Se otorga mediante escritura pública ante notario y debe ser inscrita en el registro civil, una vez concedida, la emancipación no puede ser revocada, se considera que un hijo esta emancipado cuando siendo mayor de 16 años y con consentimiento de sus padres, vive de forma independiente.
- ¿Qué efectos jurídicos comporta la emancipación de un menor? ¿Qué actos de disposición puede realizar? ¿Para cuáles necesita autorización?
Una persona emancipada puede pedir prestamos, vender bienes e inmuebles, establecimientos mercantiles o industriales. Disponer de bienes de extraordinario valor, ser defensor de los bienes de un desaparecido y otorgar un testamento ológrafo
No puede aceptar herencias por si mismo sin beneficio de inventario, pedir la participación de una herencia ni repartir con los demás coherederos y tampoco podrá ser tutor o curador porque su capacidad de obrar no es completa.
- ¿Pueden revocarse la emancipación concedida?
No, la emancipación es irreversible.
ACTIVIDADES TEMA 2
- Señale en un contrato los elementos del contrato, diferenciando entre esenciales y accidentales.
En un contrato se pueden destacar varios elementos, entre estos elementos se pueden diferenciar dos tipos, que son: elementos esenciales y elementos accidentales.
Los elementos esenciales son aquellos requisitos sin los cuales el contrato no puede llegar a existir; sin alguno de ellos, el contrato es inválido, o sea, nulo.
Se diferencia de los elementos accidentales, en que pueden por voluntad de las partes agregarse al contrato; y de los elementos naturales, que son caracteres que el contrato tiene a menos que las partes los hayan voluntariamente suprimido.
Los elementos esenciales de todo contrato son el consentimiento, el objeto y la causa. No obstante, en algunos contratos se añade otro elemento esencial: la forma
Elementos esenciales:
-El consentimiento: El consentimiento contractual es la conjunción de las voluntades.---El objeto: Es aquello a lo que las partes se obligan, es decir, los bienes o servicios sobre los que se comprometen y que han de quedar determinados o bien ser determinables para saber si es posible y lícita su contratación.
-La causa: La causa es el fin que persiguen las partes según el tipo de contrato. No es el motivo íntimo que lleva a una persona a contratar, sino el fin objetivado de una especie contractual.
-La forma del contrato: La forma es el vehículo de la exteriorización del consentimiento..
Elementos accidentales:
-Condición: Se trata de una limitación puesta por el sujeto a su declaración de voluntad, conforme establece el artículo 1.114 CC,
-Término: El negocio jurídico a término o a plazo es aquel negocio en el que las partes han señalado un día cierto en el que la obligación acordada será exigible (art. 1.125 CC).
-Modo: Obligación accesoria que puede imponerse al beneficiario, en los negocios a título gratuito.
- Ana y Juan firmaron una hipoteca en 2010 donde constaba una clausula suelo donde se decía que “El tipo de interés máximo amparado por la hipoteca no será superior al 11,00 % nominal anual, ni inferior al 4 % nominal anual”. ¿Es abusiva esta clausula? ¿por qué?
En la siguiente situación, nos encontramos ante una clausula abusiva, puesto a que,
causa un desequilibrio en perjuicio del consumidor, elevando el interés por encima de lo habitual
- Juan recibe la herencia de su padre donde aparece que tiene acciones preferentes, pero no recuerda que su padre las suscribiera, pues le había comentado que, aun habiéndoselas ofrecido en la entidad bancaria, se había negado. De manera que Juan decide pedir al banco la documentación y descubre que su padre no firmó. ¿Podemos entender que el contrato ha quedado perfeccionado? ¿Por qué?
En este caso, el contrato no quedaría perfeccionado del todo, ya que el fallecido no llego a firmar dicho documento, pero no obstante el hijo puede recurrir como heredero, entregando la documentación pertinente y demostrando ser el único heredero, de los bienes de su padre, además de presentar dos testigos, que conociesen al fallecido y puedan declarar que no hay otros familiares autorizados a recibir dicha herencia.
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