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Activos a corto plazo (circulantes)

Enviado por   •  22 de Octubre de 2018  •  19.630 Palabras (79 Páginas)  •  426 Visitas

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Los saldos acreedores en las cuentas por cobrar, deben reclasificarse como cuentas por pagar, si su importancia relativa lo amerita. Los intereses por cobrar no devengados que hayan sido incluidos formando parte de las cuentas por cobrar, deben presentarse deduciéndose del saldo de la cuenta en la que fueron cargados

Cuando el saldo en cuentas por cobrar de una entidad, incluya partidas importantes a cargo de una sola persona física o moral, su importe deberá mostrarse por separado dentro del rubro genérico cuentas por cobrar o, en su defecto, revelarse a través de una nota a los estados financieros. Cuando existan cuentas por cobrar y por pagar a la misma persona física o moral, deberán, cuando sea aplicable, compensarse para efectos de presentación en el balance general, mostrando el saldo resultante como activo o pasivo según corresponda.

Las estimaciones para cuentas incobrables, descuentos, bonificaciones, etc., deben ser mostradas en el balance general como deducciones a las cuentas por cobrar. En caso de que se presente el saldo neto, debe mencionarse en nota a los estados financieros el importe de la estimación efectuada. Los saldos a cargo de propietarios, accionistas o socios de una entidad, que representen capital suscrito no exhibido, no deberán incluirse dentro del rubro de cuentas por cobrar.

NORMAS DE REVELACIÓN

Debe quedar claramente establecido en el balance general o en las notas a los estados financieros, la situación de las cuentas por cobrar con respecto a gravámenes de cualquier tipo que recaigan sobre ellas, restricciones que tengan por estar condicionada su recuperabilidad a terminación de obras, prestación de servicios, etcétera. Cuando existan cuentas y documentos por cobrar en moneda extranjera deberá revelarse este hecho en el cuerpo del balance general o en una nota a los estados financieros. Deberá revelarse el monto del pasivo contingente para la entidad, por documentos y cuentas por cobrar vendidos o descontados con responsabilidad para la entidad.

e) Inventarios, neto (NIF C-4).

NORMAS DE VALUACIÓN

El costo de los inventarios se modificara sobre la base del "Costo o valor de mercado, el que sea menor, excepto que: el valor de mercado no debe exceder del valor de realización y que el valor de mercado no debe ser menor que el valor neto de realización. Debe hacerse únicamente sobre la base del valor neto de realización.

NORMAS DE PRESENTACIÓN

La presentación en el estado de posición financiera de los inventarios neto de las estimaciones creadas sobre ellos debe hacerse clasificándolos como integrantes de los activos a corto plazo (circulantes) a menos que, debido a la naturaleza de las operaciones de la entidad, ésta tenga en existencia inventarios que serán vendidos o utilizados después de doce meses posteriores a la fecha del estado de posición financiera o en un plazo que exceda al ciclo normal de operaciones de la entidad, según sea el caso.

NORMAS DE REVELACIÓN

El importe de los inventarios reconocido en resultados durante el periodo, cuando en el costo de ventas se incluyen otros elementos o cuando una parte del costo de ventas se incluye como parte de las operaciones discontinuadas o cuando el estado de resultados se presenta clasificado conforme a la naturaleza de los rubros que lo integran y no se presenta un rubro de costo de ventas sino que los elementos que integran a éste se presentan en diferentes rubros y revelación del importe de cualquier pérdida por deterioro de inventarios reconocido como costo en el periodo.

f) Activos biológicos (Boletín E-1).

NORMAS DE VALUACIÓN

Deben ser valuados en su fecha inicial y a la fecha de cada balance general a su valor razonable menos los costos estimados de punto de venta.

NORMAS DE PRESENTACIÓN

Debe presentarse por separado el valor en libros de activos biológicos en el balance general.

NORMAS DE REVELACIÓN

Debe presentarse la utilidad acumulada durante el periodo.

La naturaleza de sus actividades relacionadas con cada grupo.

g) Pagos anticipados y otros activos (NIF C-5).

NORMAS DE VALUACIÓN

Los pagos anticipados deben reconocerse como un activo por el monto pagado.

Los pagos anticipados deben valuarse al monto de efectivo o equivalentes pagados y reconocerse como activo a partir de la fecha en que se hace el pago.

Pagos anticipados por bienes:

Al momento de recibir los bienes, la entidad debe reconocer el importe relativo a los pagos anticipados efectuados para su adquisición:

Como gasto en resultados del periodo, al igual parte del rubro de activo que corresponda ya sea de los anticipos de inventarios, inmuebles maquinaria y equipo y de activos intangibles.

Pagos anticipados por servicios:

La entidad debe reconocer como un gasto en resultados el importe relativo a los pagos anticipados efectuados para reconocer dicho servicio.

NORMAS DE PRESENTACIÓN

Los pagos anticipados deben presentarse como el último rubro del activo circulante cuando el periodo en el cual se espere obtener sus beneficios económicos futuros.

Particularmente, los pagos anticipados por bienes deben presentarse dentro del rubro de pagos anticipados.

NORMAS DE REVELACIÓN

La entidad debe revelar en notas a los estados financieros la siguiente información sobre pagos anticipados:

Su desglose, las políticas que utiliza para su reconocimiento contable y las pérdidas por deterioro y las reversiones de pérdidas por deterioro.

h) Activos de larga duración disponibles para su venta (Boletín C-15).

NORMAS DE VALUACIÓN

Las entidades deben determinar la posible pérdida de deterioro, si no

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