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Administracion financiera.

Enviado por   •  7 de Marzo de 2018  •  7.486 Palabras (30 Páginas)  •  277 Visitas

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Redención antigua de obligaciones: debe ajustarse la amortización de los costos de transacción y descuento o de la prima i debe reconocerse formando parte de la utilidad o pérdida neta del periodo la parte proporcional que corresponde a las atribuciones redimidas anticipadamente. El importe del premio debe reconocerse en un rubro que forme parte de la utilidad o pérdida neta del periodo en que se redimen las obligaciones de acuerdo a párrafo 75.

El tratamiento contable de los montos que se venían amortizando es el siguiente:

- Cuando el valor presente de los flujos de efectivo futuros del nuevo instrumento descontados a la nueva tasa efectiva de interés, no difiera en más de 10% del valor presente de los flujos de efectivo.

- En caso de que la diferencia entre los flujos de efectivo descontados, mencionada en el inciso anterior sea mayor al 10%, se entenderá que se dio origen al nuevo instrumento.

Las obligaciones redimidas deben reconocerse como una disminución al pasivo.

Instrumentos financieros de deuda convertibles en acciones.

Cuando el tenedor corre los mismos riesgos que los accionistas del emisor, se deben considerar que se trata de un instrumento de capital y clasificarlo como tal, los rendimientos que se generan dichos instrumentos deben ser considerados como dividendos. Por el contrario, no corren los mismos riesgos que los accionistas que el emisor.

Pasivos por proveedores por obligaciones acumuladas, por retención de efectivo y cobros por cuenta de terceros y por anticipo de clientes.

Pasivos generados por la retención de montos de efectivo y cobros por cuenta de terceros se deben reconocer en el momento de efectuar la transacción o en el que se genera la obligación.

Los pasivos por obligaciones acumuladas deben ser reconocidos con cargo a los resultados de operación.

Los anticipos de clientes deben reconocerse como pasivos por el monto de efectivo o en su caso, por el valor razonable de los bienes o servicios recibidos en el momento de la transacción.

Extinción de pasivos.

Un deudor dejara de reconocer un pasivo solo si este ha sido extinguido. Se considera que un pasivo ha sido extinguido si reúne cualquiera de las siguientes condiciones:

- El deudor pagara al acreedor y es liberado de su obligación con respecto a la deuda. El pago puede consistir en la entrega de efectivo de otros activos financieros de bienes, servicios o la adquisición de obligaciones en circulación emitidas por la misma entidad, sin importar si dichas obligaciones se cancelan posteriormente o se retienen en tesorería

- Se libera legalmente a la entidad de ser el deudor principal ya sea por medios judiciales o directamente por el acreedor.

El pasivo a largo plazo está representado por los adeudos cuyo vencimiento sea posterior a un año, si este es mayor. Pasivos financieros e instrumentos financieros de deuda.

Los pasivos que representan financiamiento bancario a corto plazo deben manifestarse por separado.

Es importante presentar por separado los adeudos a favor de proveedores por la adquisición de los bienes o servicios que representan las actividades principales de la entidad.

Los saldos deudores de importancia que formen parte de las cuentas por pagar a proveedores, deben reclasificarse como cuentas por pagar o como inventarios, dependiendo de su procedencia o de la aplicación final que se estimen tendrán.

Reglas de revelación.

Se debe revelar en las notas a los estados financieros cualquier elemento de importancia atribuible a los pasivos que complemente la información presentada en el balance general, debe considerarse al menos lo siguiente:

- La existencia de pasivos, indicando de que moneda extranjera se trata.

- Restricción o hechos de importancia relacionados al pasivo, como montos mínimos de capital contable.

- Las garantías, si la hubiese de cualquier pasivo

- En dé caso de pasivo a largo plazo, debe mostrarse con tanto detalle como sea necesario describiendo la naturaleza de cada uno de los préstamos o financiamientos

- La porción de financiamientos aun no dispuestos y sus obligaciones inherentes.

- En el caso de obligaciones emitidas deben informarse, claramente las características de la emisión.

- Descripción general del convenio financiero y de los términos de cualquier nueva obligación incurrida o que se espere incurrir.

- Los incumplimientos a las cláusulas de contratos de crédito a largo plazo.

- Descripción de las transacciones distinción de pasivo.

PROVICIONES

Reglas de valuación.

Deben reconocerse una provisión cuando se cumplan las siguientes condiciones:

- Exista una obligación presente (legal o asumida) resultante de un evento pasado a cargo de la entidad.

- Es probable que se represente la salida de recursos económicos como medio para liquidar dicha obligación.

- La obligación puede ser estimada razonablemente.

De no cumplirse las tres condiciones antes mencionadas no debe reconocerse la provisión.

Obligación presente:

- Si la obligación presente es probable la entidad reconocerá una provisión (cuando se cumplan las condiciones para su reconocimiento) siempre que la probabilidad de existencia de la obligación presente, en la fecha de balance general sea mayor que la probabilidad de inexistencia.

- Si la obligación presente es posible la entidad revelara la existencia de un pasivo contingente, siempre que la probabilidad que exista la obligación presente sea menor que la probabilidad de que no exista.

Valor presente.

Al valor de dinero a través del tiempo, una provisión que se refiere a salidas de efectivo, cercanas a la fecha de serie, resulta más onerosa para la entidad que otra referida a salidas por igual importe

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